Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2005 (24/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- Las propuestas de politicas, programas, proyectos y acciones que presente el Consejo Regional de la Mujer tendran atencion prioritaria en todos los niveles de elaboracion del presupuesto participativo. Dichas propuestas, concertadas con el Gobierno Regional, tendran caracter vinculante. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la elaboracion de una propuesta de lineamientos de politica del Gobierno Regional con la finalidad de darle el MORDAZA general a las funciones del Consejo Regional de la Mujer. Dichos lineamientos seran los ejes transversales para la elaboracion de todos los programas, proyectos y acciones que ejecute el Gobierno Regional. Articulo Sexto.- DESIGNAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social como responsable de la constitucion e instalacion del Consejo Regional de la Mujer, en un plazo no mayor de sesenta dias, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente norma. Articulo Septimo.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el articulo cuarenta y dos (42) de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 09493

les en los cuales estan asentadas las Comunidades Bilingues hablantes, asi como Ashaninkas, Shipibo, Cashibo, Yaneza, Cashibo Cacateybo, sociedad campesina, todos ellos organizados por comunidades y federaciones, teniendo asimismo comunidades campesinas que hablan quechua en la MORDAZA MORDAZA de nuestra Region; Que, el proposito de la presente ordenanza es mejorar la Educacion en las zonas mas alejadas del Gobierno Regional de MORDAZA, en bien de los educandos del presente y futuro, siendo de primordial interes una propuesta de integracion educativa dentro de nuestro ambito territorial, que contemple una educacion bilingue intercultural; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos quince, treinta y siete, y treinta y ocho de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia; ORDENA: Articulo Primero.- OFICIALIZAR EL USO DEL IDIOMA MORDAZA (QUECHUA Y LENGUAS AMAZONICAS), el respeto y la practica de las manifestaciones culturales en todas las Instituciones Educativas Publicas y Privadas en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, generalizando el uso del quechua y las lenguas amazonicas tanto en la comunicacion oral como escrita. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Asuntos Sociales, en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion elaboren el reglamento correspondiente dentro del plazo de treinta dias de publicada la presente ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER que la Direccion Regional de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local - UGELS asignen en cada una de las Comunidades Campesinas y Nativas, docentes que tengan dominio de la lengua MORDAZA, asi como del castellano, en las cuales el Quechua, el Shipibo, el Cashibo, Cacateybo, Yaneza y otras lenguas y dialectos constituyen su lengua materna, debiendo asimismo asegurar la capacitacion permanente de los docentes, como politica de gestion regional. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el articulo cuarenta y dos (42) de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 09494

Disponen la obligatoriedad de mantener y cultivar la lengua materna en Comunidades Bilingues en el ambito del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 0012-2005-E-CR-GRH
MORDAZA, nueve de MORDAZA de 2005 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintisiete de MORDAZA del dos mil cinco, el Dictamen numero cero tres del dos mil cinco presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Social, que propone que se norme la Educacion Bilingue Intercultural en el ambito del Gobierno Regional de Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos dos, cuatro, cinco de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, la Constitucion Politica del Estado y la Ley General de Educacion numero veintiocho mil cuarenta y cuatro, reconocen la importancia y la necesidad de promover y conservar la lengua materna en las comunidades bilingues mediante la direccion del MORDAZA ensenanza - aprendizaje, a cargo de profesores bilingues debidamente seleccionados y capacitados por el Sector Educacion; Que, es politica de este Gobierno Regional, la Conservacion y Promocion de los valores culturales heredados de nuestro pasado MORDAZA y pre Inca; asi como recuperar nuestra lengua vernacular y cultura ancestral MORDAZA y selvatica, oficializando el uso de las lenguas quechua y amazonica en la comunicacion oral y escrita, en las Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular, Educacion Basica Alternativa y Tecnico Productiva en el ambito del Gobierno Regional de Huanuco; Que, la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA por su riqueza cultural tiene espacios provinciales y distrita-

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de transporte de personal docente y familiares directos en la ruta del ADE 01 Putumayo
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 006-2005-SE-GRL
Iquitos, 6 de MORDAZA del 2005 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de Consejo de fecha 6 de MORDAZA del 2005, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902. ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la Contratacion del Servicio de Transporte de Personal Docente y Familiares Directos, en la ruta del ADE 01 Putumayo, la misma que permitira resolver la Situacion de Desabastecimiento Inminente de Embarcaciones que reunan la capacidad y brinden

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