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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2005 (24/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G31/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de mayo de 2005 Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondiciona- miento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la crea-ción del Consejo Regional para la Persona Adulta Mayorde la Región Huánuco; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales emanan de la volun- tad popular, son personas jurídicas de derecho público,con autonomía política, económica y administrativa,teniendo por misión organizar y conducir la gestión pú-blica regional de acuerdo a sus competencias exclusi-vas, compartidas y delegadas en el marco de las políti-cas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollointegral y sostenible de la región, conforme lo expresanlos artículos dos, cuatro, cinco de la Ley número veinti-siete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica deGobiernos Regionales, sus normas y disposiciones serigen por los principios de exclusividad, territorialidad,legalidad y simplificación administrativa; Que, mediante Decreto Supremo número cero diez del dos mil PROMUDEH, aprobó la Política Nacional para pro-teger a las Personas Adultas Mayores (Nominación otorga-da por la Organización de las Naciones Unidas, medianteResolución número cincuenta/ ciento cuarenta y uno, apro-bada en su Asamblea General de 1996); asimismo la Orga-nización Panamericana de la Salud, considera personasadultas mayores a quienes tienen sesenta a más años deedad; Que, este Gobierno Regional, dentro de sus acciones integrales, como principios rectores de las políticas de ges-tión regional, promueve la inclusión económica, social dejóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales(Adultos Mayores) tradicionalmente excluidos y marginadospor parte del Estado y la sociedad, sin distingos por cues-tiones de etnia, religión o genero, evitando cualquier otraforma de discriminación; Que, es política de este Gobierno Regional de Huánuco, promover y orientar el desarrollo sostenible de la Regiónen estrecha coordinación con las instituciones públicas yprivadas y población organizada, aprovechando las po-tencialidades externas e internas a fin de mejorar la cali-dad de vida de la persona adulta mayor de la RegiónHuánuco, teniendo como objetivo el mejorar la calidad devida de toda la población adulta mayor, brindandooportunidades para una vida digna e independiente parael contexto de sus familias y comunidad; promover el de-sarrollo integral de los adultos mayores; asegurar servi-cios idóneos de salud y seguridad social, vivienda digna yrecreación cultural que permitan a los adultos mayoresmantener una actividad física, intelectual, afectiva social,priorizando a los sectores de mayor pobreza; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treintay ocho de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesen-ta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, y estando alo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de ConsejoRegional de la referencia; ORDENA:Artículo Primero.- CREAR EL CONSEJO REGIONAL PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LAREGIÓN HUÁNUCO - COREPAM. Artículo Segundo.- El COREPAM estará conformado por: - El Presidente Regional del Gobierno Regional de Huánuco. - Un representante de las CODS.- El Director Regional de Salud.- El Coordinador Sectorial de Huánuco del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. - El Gerente General de ESSALUD - Huánuco.- El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huánuco.- Un representante de la Defensoría del Pueblo.- Cinco representantes de las organizaciones compro- metidas con el tema de acción con Personas Adultas Ma-yores. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regio- nal de Desarrollo Social, en coordinación con los Repre-sentantes señalados en el artículo segundo de la presenteordenanza dentro del plazo de treinta días de publicada lapresente, elaboren el Reglamento correspondiente. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) dela Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidenta 09490 /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G46/G65/G73/G74/G69/G76/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G48/G6F/G6A/G61 /G64/G65/G20/G43/G6F/G63/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73 /G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G6E/G75/G74/G72/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6D/G65/G64/G69/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G72/G65/G67/G69/GF3/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2005-E-CR-GRH Huánuco, nueve de mayo de 2005 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fe- cha veintisiete de abril del dos mil cinco, el oficio númerocero treinta y ocho del dos mil cinco presentado por laComisión de Desarrollo Económico de este Gobierno Re-gional por el cual remiten el proyecto de Institucionalizacióndel Festival de la Hoja de Coca y el reconocimiento de susvalores nutricionales y medicinales en la Región Huánuco;y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendopor misión organizar y conducir la gestión pública regionalde acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas ydelegadas en el marco de las políticas nacionales y secto-riales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible dela región, conforme lo expresan los artículos dos, cuatrocinco de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesentay siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, son competencias compartidas de acuerdo al ar- tículo treinta y seis de la Ley Orgánica de Bases de laDescentralización número veintisiete mil setecientos ochentay tres, artículo diez punto dos, inciso c) Promoción, gestióny regulación de actividades económicas y productivas ensu ámbito y nivel correspondientes a los sectores agricultu-ra…..” concordante con lo previsto en el artículo cincuentay uno de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesentay siete inciso d) Promover la transformación, comercializa-ción, exportación, y consumo de productos naturales yagroindustriales de la Región; Que, es política de este Gobierno Regional rescatar las raíces ancestrales, enfatizando el sentido de la identidadcultural y regional para promocionar nuestros valores cultu-rales, y en este orden de ideas promover la investigación eindustrialización de la hoja de coca, buscando implementarpolíticas para su revalorización como recurso natural ymedicinal, rescatando sus bondades y atributos. Debiendode incluirse en el calendario Regional y Nacional las feriasy eventos agropecuarios; Que, mediante Ordenanza Regional número cero quin- ce del dos mil cuatro de fecha ocho de julio del dos milcuatro, este Gobierno Regional reconoce a la Hoja de Cocacomo Patrimonio Cultural y de Seguridad Alimentaria de laRegión Huánuco; Que, se advierte de la documentación adjuntada al expediente que contiene el oficio del visto, diversas institu-ciones públicas y privadas a nivel regional como el Ministe-rio de Salud - MINSA, Instituto Nacional de Salud - INS,Cáritas Diocesanas Huánuco, Cámara de Comercio e In-dustria de Huánuco, Dirección Regional de Comercio Exte-rior y Turismo, Dirección Regional de Agricultura, EmpresaEcotima - IRL, recomiendan el uso de la hoja de coca en ladieta alimentaria y en los tratamientos medicinales, suindustrialización, comercialización , así como la ejecucióndel plan de desarrollo concertado que corresponda a la