Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2005 (24/05/2005)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2005

las garantias necesarias para el transporte de los docentes y familiares; permitiendo asi iniciar el ano escolar en la MORDAZA del Putumayo, en el mas breve plazo. Asimismo, se autoriza a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA a desarrollar las acciones pertinentes para evaluar las mejores posibilidades de costo tanto via aerea como fluvial, debiendose de mantener el presupuesto consignado originariamente. Articulo Segundo.- La Presidencia Regional, la Gerencia General Regional, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, quedan encargadas de dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a sus atribuciones, el mismo que queda dispensado del tramite de lectura y aprobacion del acta. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 09639

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Denominan al Programa de Incentivos y Promocion del Desarrollo Economico Social como Sistema SAN MORDAZA PREMIUM - SMP
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2005/MDSM San MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 119-2004/MDSM, de fecha 10 de setiembre de 2004, por el que se aprueba el Programa de Incentivos y Promocion de Desarrollo Economico Social y la creacion de la tarjeta respectiva; y,

Que, conforme a lo establecido por los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en uso de las facultades senaladas en el parrafo precedente, asi como lo dispuesto en los Articulos I; IV del Titulo Preliminar y articulo 86º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 119-2004/MDSM, de fecha 10 de setiembre de 2004, aprueba en su Articulo Primero, el Programa de Incentivos y Promociones del Desarrollo Economico Social y la Creacion de la tarjeta respectiva; Que, del mismo modo, en el Articulo MORDAZA del citado Acuerdo de Concejo, se establece que el senor MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia dictara las disposiciones complementarias para la implementacion y cumplimiento del Programa de Incentivos y Promociones del Desarrollo Economico Social; y la creacion, denominacion y otorgamiento de la tarjeta; Que, en ese sentido y habiendose identificado 7,596 contribuyentes que cumplen puntualmente con el pago de sus tributos ante esta Corporacion MORDAZA, corresponde que se les otorgue la tarjeta respectiva la que podran utilizar en diversos establecimientos comerciales afiliados, cumpliendose con los fines de promocion del Desarrollo Economico y Social en el distrito; y, Estando a las facultades conferidas en el numeral 6 del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; asi como el Articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 119-2005-MDSM; SE DECRETA: Articulo Primero.- DENOMINESE al Programa de Incentivos y Promocion del Desarrollo Economico Social, Sistema SAN MORDAZA PREMIUM - SMP. Articulo Segundo.- CREESE la Tarjeta de Atencion del Sistema SAN MORDAZA PREMIUM - SMP, la cual se denominara tarjeta SAN MORDAZA PREMIUM - SMP. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Secretaria de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 09631

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

LA DIRECCION

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