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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2005 (29/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 293540 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de mayo de 2005 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban celebración del "Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2005" enel distrito ORDENANZA Nº 202-MDMM Magdalena del Mar, 17 de mayo de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Se- sión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es función específica de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y ad- ministrar la prestación de los servicios públicos esen-ciales, como es el caso del Registro Civil; Que, las Municipalidades dentro de su política de tra- tamiento social con su comunidad brinda facilidades asus vecinos para que regularicen su estado civil me- diante la celebración del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Fami-liar como célula básica de la sociedad; Que, dentro de ese contexto, el Departamento de Registros Civiles mediante Informe Nº 016-05-DRRCC/MDMM, de fecha 28 de abril de 2005, propone la realiza- ción del Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2005, a llevarse a cabo el día sábado 2 de julio del presente año,en el auditorio del Colegio ROSENTHAL DE LA PUENTE ubicado en Jr. Grau Nº 525, Magdalena del Mar; Estando de conformidad con las facultades conferi- das por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal ha aprobado por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámitede lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “SE- GUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2005”, elmismo que se realizará el día 2 de julio del 2005, a las 11.00 a.m., en el auditorio del Colegio ROSENTHAL DE LA PUEN- TE ubicado en Jr. Grau Nº 525, Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contra- yentes que se presenten al Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2005 abonen como pago por Apertura deExpediente Matrimonial el monto de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) y por examen prenupcial S/. 25.00 (Veinticinco y 00/100 nuevos soles) por pareja. Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberán presentar los siguientes documentos: - Partida de Nacimiento de ambos certificadas. - Copia autenticada por Fedatario de la Municipalidad, de los documentos de identidad (DNI) vigente con la cons- tancia del último sufragio, CIP, Pasaporte o Carné de Extran-jería, según sea el caso, debiendo mostrar los originales. - Una fotografía tamaño carné y/o pasaporte de cada contrayente. - Certificado Médico Prenupcial extendido por la Mu- nicipalidad. - Certificado Domiciliario y/o Declaración Jurada de residir en el distrito, adjuntando cualquiera de los siguien- tes recibos: de agua, teléfono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años, los cuales deberán portar sus documentos de identidad original, adjuntando copias autenticadas por el Fedatario de laMunicipalidad.Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar de este SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2005, deberán cumplir con presentar la documentación adicional, se-gún sea el caso. El plazo límite para presentar el expediente matrimo- nial será hasta el 24 de junio del 2005. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunita-rio de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difu- sión y publicación que corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a los Departamentos de Registros Civiles y de Imagen Institucional de esta Municipalidad,quienes deberán realizar las acciones necesarias para cumplir con los fines encargados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 10020 Prohíben instalación de elementos de publicidad exterior en parques y víadel distrito ORDENANZA Nº 203-MDMM Magdalena del Mar, 17 de mayo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Se- sión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades son ór- ganos de Gobierno Local con autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6.3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgá- nica de Municipalidades, establece entre las funcionesespecíficas exclusivas que ejercen las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y fiscalizar la ubicaciónde avisos publicitarios; Que, a efectos de preservar y proteger el ornato de los parques y la Av. Parque González Prada de estajurisdicción, resulta necesario restringir la instalación de elementos de publicidad exterior en tales zonas a fin de mantener sus características de homogeneidad y usoresidencial, de conformidad con las atribuciones confe- ridas por la Ley Orgánica de Municipalidades; Conforme a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispen- sa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Prohíbase la instalación de ele- mentos de publicidad exterior de cualquier tipo, en losparques de la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar y en la Av. Parque González Prada, con excepción del Parque Túpac Amaru; así como en los predios ubica-dos con frente a los referidos parques y vía. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia deDesarrollo Urbano y Obras. Regístrese, comuníquese, públíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 10021