Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2005 (01/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, martes 1 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Por efecto del Decreto Supremo Nº 038-2005-EM, OSINERG expidio 2 Resoluciones publicadas el 14 de octubre de 2005: La Resolucion OSINERG Nº 363-2005OS/CD mediante la cual se sustituyeron diversos articulos de la MORDAZA "Procedimiento para la determinacion de los precios de referencia de energeticos usados en generacion electrica", aprobada por Resolucion OSINERG Nº 062-2005-OS/CD; y, la Resolucion OSINERG Nº 364-2005-OS/CD mediante la cual se modificaron las definiciones de PD2 y PR6 contenidas en la Resolucion OSINERG Nº 066-2005OS/CD, se dejo sin efecto la MORDAZA "Procedimiento para el Reajuste de las Tarifas en los Sistemas aislados, aprobada por la Resolucion OSINERG Nº 098-2005-OS/ CD y se reitero el criterio previsto en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 0382005-EM para el calculo del reajuste que las empresas concesionarias y autorizadas debian efectuar por el periodo comprendido entre el 9 de octubre de 2005 y 3 de noviembre de 2005; es decir, considerar como precios actuales de los combustibles liquidos y gas natural, para dicho periodo, a los precios vigentes al 30 de agosto de 2005. De acuerdo con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 450-2005-MEM/DM publicada el 29 de octubre de 2005, el reajuste de las Tarifas en MORDAZA aplicable a partir del 4 de noviembre de 2005 y aquellos reajustes que se realicen en adelante, en ningun caso tomaran en cuenta los precios de los combustibles liquidos y gas natural considerados para el reajuste realizado al MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 038-2005-EM. Los criterios previstos en la Resolucion Ministerial Nº 450-2005-EM/DM, a efectos de evitar conflictos de interpretacion, hacen necesario que OSINERG precise, mediante resolucion, los respectivos factores de actualizacion tarifaria que deberan utilizar las empresas concesionarias y autorizadas al efectuar los calculos para la aplicacion de la formula de reajuste correspondiente. 18530

SUNARP
Cancelan la Licitacion Publica Internacional Nº 002-2004-SUNARP para la "Adquisicion , de Equipamiento Informatico a Nivel Nacional Compatible con el Sistema de Informacion Registral - SIR"
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 112-2005-SUNARP/GG MORDAZA, 28 de octubre de 2005 Vistos los Oficios Nºs. 510-2005-SUNARP/GI y 12492005-SUNARP/GAF, de fechas 18 y 24 de octubre de 2005, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 077-2004-SUNARP/GG, de fecha 15 de noviembre de 2004, se aprobo la realizacion de la Licitacion Publica Internacional Nº 002-2004-SUNARP, para la "Adquisicion de Equipamiento Informatico a Nivel Nacional Compatible con el Sistema de Informacion Registral - SIR", por un valor referencial de S/. 1999,899,72 (Un millon novecientos noventinueve mil ochocientos noventinueve y 72/100 nuevos soles); Que, mediante acto recaido en el Oficio Nº 11082004/SUNARP/CE de fecha 9 de diciembre de 2004, la

Gerencia General aprobo las bases del referido MORDAZA por relacion de items, al MORDAZA de los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; Que, realizado el indicado MORDAZA de seleccion, con fecha 28 de marzo de 2005, se adjudicaron los items 2 (15 Impresoras Laser) y 5 (39 Refrendadoras), declarandose desierto los items 1 (352 PC's), 3 (10 Teclados con Lector de Huella Digital), 4 (09 Dispositivos Externos de Huella Dactilar) y 6 (1 Impresora Scanner de Alta Productividad); Que, mediante Oficio Nº 510-2005-SUNARP/GI, de fecha 18 de octubre de 2005, el Gerente de Informatica precisa que para efectos de la MORDAZA convocatoria de la referida Licitacion, es indispensable modificar las caracteristicas tecnicas de los equipos no adjudicados, dada la vigencia tecnologica y la necesidad de contar con equipos adecuados para su implementacion y funcionamiento; Que, mediante Oficio Nº 1249-2005-SUNARP/GAF, de fecha 24 de octubre de 2005, el Gerente de Administracion y Finanzas, senala que al requerirse en la actualidad equipos con caracteristicas tecnicas distintas a las caracteristicas tecnicas de los equipos materia de la primera convocatoria del referido MORDAZA, ha desaparecido la necesidad de adquirir los bienes objeto de la Licitacion Publica Internacional Nº 002-2004SUNARP, por lo que corresponderia la cancelacion del proceso; Que, mediante Oficio Nº 875-2005-SUNARP-GL, el Gerente Legal, informa que uno de los supuestos para la cancelacion de un MORDAZA de seleccion se encuentra constituido por la desaparicion de la necesidad de adquirir o contratar, conforme a lo previsto en el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; MORDAZA aplicable al presente MORDAZA por haberse iniciado este durante su vigencia, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria del actual TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, en consecuencia, habiendo desaparecido la necesidad de adquirir los bienes objeto de la Licitacion Publica Internacional Nº 002-2004-SUNARP, corresponde la cancelacion del MORDAZA de seleccion; Con las visaciones de los Gerentes de Informatica, Administracion y Finanzas y Legal; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 0122001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la Licitacion Publica Internacional Nº 002-2004-SUNARP, para la "Adquisicion de Equipamiento Informatico a Nivel Nacional Compatible con el Sistema de Informacion Registral - SIR", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Comite Especial encargado de la organizacion y ejecucion de la referida Licitacion y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, para que proceda conforme a sus atribuciones. Articulo 3º.- La Secretaria General queda encargada de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la convocatoria, dentro de los cinco dias de expedida la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ANTONIOLI Gerente General 18483

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