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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de noviembre de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G65/G6E /G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G2C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G2C/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G22 ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2005-REGIÓN CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Artículos 188º, 189º y 190º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-, la Ley de Bases de Descentralización -Ley Nº 27783-, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en su artículo 188º, señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituyeuna política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso dedescentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias ytransferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, la Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización- en su artículo 35º, sobre Competencias de los Gobiernos Regionales, señala en el inciso a) que entre las competencias exclusivas delos Gobiernos Regionales, está la de lanificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socio- económicos correspondientes; Que, la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en el artículo 9º incisos e) y g) que son competencias constitucionales, el de promoverel desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; asimismo el de promover y regular actividades y/o servicios en materiade agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente,conforme a Ley; asimismo el artículo 46º, establece que dentro del contexto de las funciones específicas que ejercen los Gobiernos Regionales, precisa que éstas sedesarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia, es dentro de este contexto que el artículo56º de la acotada Ley señala que en materia de transportes los Gobiernos Regionales deben formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir controlar y administrarlos planes y políticas en materia de transportes de la Región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales; asimismo el artículo 57º, precisaque en materia de Telecomunicaciones, los Gobiernos Regionales deben formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir controlar y administrar los planes y políticas enmateria de telecomunicaciones de la Región de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales; Que, asimismo la Ley Nº 28273- Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales,establece que el Sistema de Acreditación comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios,instrumentos, procedimientos y normas necesarias para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales y Locales para recibir y ejercer las funcionesmateria de transferencia, señalando en el artículo 7º, que uno de los requisitos para acceder a la acreditación es que el Gobierno Regional respectivo cuente conLineamientos de Políticas Sectoriales Regionales y Locales aprobados por los respectivos Consejos Regionales (...); Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, se Reglamenta la Ley Nº 28273, el mismo que en su artículo 21º señala que, entre los requisitos generalesque los Gobiernos Regionales y Locales que deben cumplir para poder certificar su acreditación, está la de contar con Lineamientos de Políticas SectorialesRegionales aprobados por los respectivos Consejos Regionales (...); Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional yreglamentan materias de su competencia; Que, mediante Informe Nº 103-2005-Región Callao/ GRI-OCTCyT, el Jefe de la Oficina de Vialidad,Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones, eleva al Gerente Regional de Infraestructura, el Informe Técnico Nº 001-2005-OVTCyT, en el cual precisa queha procedido a elaborar los Linea mientos de Política en materia de Vialidad, Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones del Gobierno Regional del Callao,documento que ha tomado como referencia la propuesta contenida en el “Plan de Desarrollo concertado de la Región Callao 2003- 2011 en Transportes yComunicaciones” elaborado y presentado por el Ing. Eduardo Timorán de la Haza y la Ing. Gladys Romaní López, así como lo dispuesto por el artículo 7º de la LeyNº 28273, en concordancia con el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM; documento de gestión que permitirá incrementar y mejorar la infraestructura vial,área y acuática regional, así como velar por que los servicios de transporte se brinden de manera eficiente, segura y sostenible, así como promover el desarrollosostenible de los servicios de comunicaciones y el acceso universal a los mismos, fomentar la innovación tecnológica y velar por la asignación racional y el usoeficiente de los recursos, dicho instrumento permitirá además cumplir con uno de los requisitos del proceso de certificación de Acreditación, para la transferencia defunciones y competencias sectoriales, motivo por el cual propone se apruebe el proyecto de Lineamientos de Política en materia de Vialidad, Transportes,Comunicaciones y Telecomunicaciones de la Región Callao” por lo que recomienda su aprobación por parte del Consejo Regional; Que, asimismo mediante Informe Nº 1427-2005-GOB. REG. CALLAO/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta conveniente atender la solicitudplanteada por la Gerencia Regional de Infraestructura, a través de la Oficina de Vialidad, Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones para laaprobación dentro del Gobierno Regional del Callao de “Lineamientos de Política en materia de Vialidad, Transportes, Comunicaciones y Telecomunicaciones delGobierno Regional del Callao”, en razón de constituir un documento de gestión que permitirá acceder a la acreditación de funciones y competencias sectorialesen materia de transportes y comunicaciones e incrementar y mejorar la infraestructura vial, área y acuática regional, así como velar porque los serviciosde transporte se brinden de manera eficiente, segura y sostenible, así como el de promover el desarrollo sostenible de los servicios de comunicaciones y el accesouniversal a los mismos, fomentando la innovación tecnológica y velar por la asignación racional y el uso eficiente de los recursos, dicho instrumento permitiráademás cumplir con uno de los requisitos del proceso de certificación de Acreditación para la transferencia de