Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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cobranza coactiva en caso que este se hubiese iniciado. 5.- MORDAZA simple del recibo de pago por concepto de la cuota inicial. b) Persona Juridica: 1.- MORDAZA simple de la ficha registral de inscripcion de la persona juridica en los Registros Publicos, donde figure el nombre del gerente, apoderado o representante legal, con la capacidad juridica necesaria para solicitar este MORDAZA de beneficios. 2.- En caso de que la representacion la ejerza una persona distinta a la que figura en la ficha registral se debera presentar MORDAZA simple del poder legalizado vigente y suficiente por Notario Publico o certificado por Fedatario de la Municipalidad, y MORDAZA simple del documento de identidad del representante y/o apoderado. 3.- Declaracion Jurada de domicilio legal de la empresa. 4.- MORDAZA simple del recibo de pago, por concepto de pago de las costas y los gastos del procedimiento de cobranza coactiva en caso que este se hubiese iniciado. 5.- MORDAZA simple del recibo de pago por concepto de la cuota inicial. Sin perjuicio de lo establecido en el literal a) del presente articulo, de solicitarse un fraccionamiento excepcional, la Persona Natural a efectos de acreditar grave falencia economica, podra mostrar los documentos que estime conveniente. Las Personas Juridicas no pueden solicitar fraccionamiento excepcional en concordancia al articulo 12º del presente Reglamento. Articulo 6º.- LUGAR DE MORDAZA Las solicitudes de fraccionamiento deberan presentarse en el modulo de atencion personalizada de la Gerencia de Fiscalizacion. La Sub Gerencia de Control Sanciones, sera la responsable de aprobar el fraccionamiento respectivo. TITULO IV APROBACION DEL FRACCIONAMIENTO Articulo 7º.- RESOLUCION DE BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO El fraccionamiento sera autorizado mediante resolucion expresa emitida por la Sub Gerencia de Control de Sanciones, una vez cumplida y verificada las condiciones generales establecidas en los Titulos II y III del presente Reglamento. A merito de la Resolucion de Fraccionamiento la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva Administrativa suspendera el MORDAZA de cobranza coactiva, de conformidad a lo establecido en el articulo 16º numeral 16.1 literal g) de la Ley Nº 26979 modificada por Ley Nº 28165, dando cuenta a la Sub Gerencia de Control de Sanciones. Articulo 8º.- PROHIBICION PARA OTORGAR BENEFICIO Los infractores que se acojan al 50% de descuento por pagar dentro de los 10(diez) dias habiles de haber sido notificada la Resolucion Sub Gerencial mediante la cual se le sanciona con el pago de la multa, no podran acogerse al beneficio del fraccionamiento, en concordancia al numeral 35.2 del articulo 35º de la Ordenanza Nº 212-MSS. Articulo 9º.- PLAZOS El deudor podra solicitar, dentro de los plazos establecidos en el presente articulo, la cantidad de cuotas en que desea pagar la multa administrativa para cada caso: Caso 1.- Si el monto adeudado es igual o superior al 6% de la UIT y menor a 2 UIT: Plazo minimo: 02 meses (incluyendo la cuota inicial) Plazo maximo: 12 meses (incluyendo la cuota inicial) Caso 2.- Si el monto adeudado es igual o superior a 2 UIT y menor a 4 UIT:

Plazo minimo: 02 meses (incluyendo la cuota inicial) Plazo maximo: 24 meses (incluyendo la cuota inicial) Caso 3.- Si el monto adeudado es igual o superior a 4 UIT y menor a 6 UIT: Plazo minimo: 02 meses (incluyendo la cuota inicial) Plazo maximo: 36 meses (incluyendo la cuota inicial) Caso 4.- Si el monto adeudado es igual o superior a 6 UIT: Plazo minimo: 02 meses (incluyendo la cuota inicial) Plazo maximo: 48 meses (incluyendo la cuota inicial) Articulo 10º.- INTERES CERO La deuda fraccionada no devengara ningun MORDAZA de interes. Articulo 11º.- PAGO ANTICIPADO Si se produce el pago anticipado del saldo pendiente este tendra un descuento del 20%. Siempre y cuando no sea la MORDAZA cuota. Articulo 12º.- FRACCIONAMIENTO EXCEPCIONAL Excepcionalmente se podra conceder fraccionamiento por plazos mayores a los establecidos en el articulo 9º del presente Reglamento, siempre y cuando se trate de pensionistas y/o jubilados reconocidos como tales por la Municipalidad, o de personas naturales que acrediten grave falencia economica. De manera adicional a los requisitos solicitados en el articulo 5º literal a), y a los documentos que presenten los administrados para demostrar la grave falencia economica por la que pasan, se requerira a la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, que emita un informe socioeconomico al respecto. En cualquier caso sera el Sub Gerente de Control de Sanciones quien concedera o denegara el pedido del administrado. El administrado que acceda a este MORDAZA de fraccionamiento, podra hacerlo por plazos mayores a los establecidos en el articulo 9º del presente Reglamento, pero nunca por un plazo mayor a los 48 meses. Las cuotas constantes asi como la cuota inicial, para este MORDAZA de fraccionamiento no podran ser menores a S/. 50.00 (cincuenta nuevos soles), en concordancia al articulo 1º literales e) y f) del presente Reglamento. Articulo 13.- OBLIGACIONES DEL DEUDOR ADMINISTRATIVO El deudor a quien se le hubiera autorizado el fraccionamiento de la multa administrativa, se encuentra obligado a pagar el integro del monto de las cuotas dentro del plazo establecido para cada una, sin perjuicio que pueda realizar pagos anticipados a la fecha de vencimiento y estas cubran cuotas completas. Articulo 14º.- SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE OTRAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Para solicitar el fraccionamiento de otras multas administrativas, se debera estar al dia en el pago de las cuotas, que por concepto de beneficio de fraccionamiento de multas administrativas, se adeude a la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo 15º.- INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE CUOTAS El incumplimiento en la fecha de pago de hasta dos cuotas, acarreara la perdida del beneficio de fraccionamiento, y la derivacion respectiva de los actuados a la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva Administrativa, para el cobro de la deuda por el saldo pendiente. Articulo 16º.- PROHIBICION DE PAGO PARCIAL No esta permitido el pago parcial del monto consignado en cada cuota. Articulo 17º.- SEGUIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DE FRACCIONAMIENTO Corresponde a la Sub Gerencia de Control de Sanciones efectuar el seguimiento de las Resolu-

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