Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente Nº 124-2005/SBN-JAR, correspondiente al tramite de desafectacion de uso a favor del Estado del area de 445,30 m², ubicada en la esquina formada por la avenida Escuela Militar y la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad, y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, el Estado es propietario del terreno de 445,30 m², ubicado en la esquina formada por la avenida Escuela Militar y la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, el cual se encuentra inscrito en la ficha Nº 57501 del Registro de Predios de MORDAZA, y registrado en el asiento Nº 1143 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 127-74-VIDB de fecha 9 de MORDAZA de 1974, expedida por el entonces Ministerio de Vivienda, se afecto en uso el predio en cuestion con un area mayor de 885,00 m², a favor del Instituto de Neonatologia y Proteccion MORDAZA Infantil para la ampliacion del Hogar Transitorio San Luis; Que, posteriormente el Ministerio de Vivienda emitio la Resolucion Suprema Nº 309-74-VI-5700 de fecha 1 de agosto de 1974, aclarando la Resolucion Suprema Nº 127-74-VI-DB precitada, en el sentido de que el area materia de afectacion en uso era de 445,30 m² y que estaba destinada a la construccion del local del Instituto de Neonatologia y Proteccion MORDAZA Infantil; Que, de conformidad con la Directiva Nº 005-2002/ SBN sobre "Procedimientos para afectacion en uso y desafectacion de predios del Estado", aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN, con fechas 15 de setiembre de 2004 y 26 de MORDAZA del ano en curso se realizaron inspecciones tecnicas al inmueble sub materia, constatandose que en este se ha construido un area de recreacion infantil, conformada por 2 piscinas para ninos, servicios higienicos y juegos, denominada "Enrejado 5º Complejo", administrada por la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Que, el Ministerio de Salud mediante Oficio Nº 2292002-CGP-MINSA-P de fecha 14 de noviembre de 2002, y Oficio Nº 216-2005-CGP-MINSA-P de fecha 28 de MORDAZA de 2005, informo a esta Superintendencia que el Instituto de Neonatologia y Proteccion MORDAZA Infantil habia sido un organismo descentralizado del Ministerio de Salud, pero que conforme a lo senalado por la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, este ya no habia sido considerado dentro de la estructura organica de dicho sector, asi como que ninguna dependencia especializada en la materia MORDAZA infantil habia asumido su patrimonio; Que, en tal sentido, habiendose verificado que la entidad afectataria no existe en la actualidad, y dado que el predio de 445,30 m² submateria se encuentra bajo la administracion de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, procede su desafectacion conforme a lo estipulado por el literal f) del articulo 96º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y por el numeral 3.2.7 de la Directiva Nº 005-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN, que regula los procedimientos para la afectacion en uso y desafectacion de predios del Estado; Que, los incisos f) y s) del Articulo 39º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a desafectar los inmuebles de propiedad estatal, y a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, Resolucion Nº 315-2001/SBN, Directiva

Nº 005-2002/SBN, aprobada mediante Resolucion Nº 022-2002/SBN; Y estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0242-2005/SBN-GO-JAR de fecha 30 de setiembre de 2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la desafectacion de uso a favor del Estado del area de 445,30 m², ubicada en la esquina formada por la avenida Escuela Militar y la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, inscrita en la ficha Nº 57501 del Registro de Predios de MORDAZA, que fuera afectada en uso a favor del Instituto de Neonatologia y Proteccion MORDAZA Infantil, mediante Resolucion Suprema Nº 127-74-VI-DB de fecha 9 de MORDAZA de 1974 modificada por Resolucion Suprema Nº 309-74-VI-5700 de fecha 1 de agosto de 1974. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 18605

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran nulidad de resolucion y procesos de seleccion relativos a la adquisicion de alimentos balanceados y medicinas para ganado vacuno
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 605-2005-GRA/PRES MORDAZA, 21 de octubre de 2005 VISTOS: el Informe Nº 023-2005-GRA/ORADMOAPF-UPA-EVM de fecha 19-10-05 e Informe Legal Nº 021-05-GR/AYAC/ORAJ de fecha 19/10/05; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 101-2005-EF, de fecha 10 de agosto del 2005 se incorporo via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Pliego 006 INDECI, la suma de S/. 4'397,665.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno, provenientes del Credito Extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 257-2005INDECI del 18 de agosto del 2005, se aprobo la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional MORDAZA, con cargo a los recursos provenientes del Credito Extraordinario permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, hasta por un monto de S/. 2, 640,745.00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecucion de cuarenta y siete (47) Proyectos, orientados a la atencion de la emergencia del sur de Ayacucho; Que, conforme al literal c) articulo 19º del D.S Nº 0832004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de desabastecimiento inminente o de emergencia, siempre y cuando se configuren las causales taxativamente previstas en la normativa; Que, de acuerdo a los Articulos 146º, 147º y 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen los

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