Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 021-MDMM, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo el Arancel de Costas y Gastos Administrativos del Procedimiento de Cobranza Coactiva, estableciendo entre los aranceles el de apersonamiento en el procedimiento de ejecucion coactiva; Que, es politica de esta administracion municipal disminuir la carga economica asumida por los administrados en los procedimientos coactivos a fin promover su legitimo derecho a defensa, resultando por ello conveniente eliminar el arancel por el concepto de Apersonamiento de la Tabla de Arancel de costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva aprobada por la Ordenanza Nº 021-MDMM; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Eliminese el Arancel por el concepto de Apersonamiento de la Tabla de Arancel de costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva aprobada por la Ordenanza Nº 021-MDMM. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, a traves del Departamento de Ejecutoria Coactiva, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 18562

Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. 135-99-EF; Que, asimismo el articulo 41° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, es politica de esta administracion municipal conceder beneficios tributarios a los miembros de la Policia Nacional del Peru que son contribuyentes del distrito quienes, a traves del Fondo de Vivienda Policial ­ FOVIPOL, hayan adquirido inmuebles utilizando dicho fondo, ello con la finalidad de mejorar la calidad de MORDAZA de los miembros de dicha institucion, lo cual redundara indirectamente en el servicio que estos prestan; resultando por ello adecuado condonar sus obligaciones tributarias en materia de arbitrios, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por MAYORIA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Condonese el pago de las deudas tributarias en materia de arbitrios generados hasta el 31 de diciembre del 2004 a los propietarios- miembros de las fuerzas policiales- de predios que hayan sido adquiridos a traves del Fondo de Vivienda Policial ­ FOVIPOL, ubicados en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA del Mar. El beneficio se aplicara unicamente a aquellos policias que MORDAZA uso de su bien inmueble como vivienda, MORDAZA habitacion. Articulo Segundo.- Para acogerse al beneficio otorgado en el articulo primero, los contribuyentes senalados deberan presentar una solicitud dirigida al MORDAZA en el plazo MORDAZA de 30 dias naturales contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano adjuntado a dicha solicitud la documentacion que acredite la adquisicion del predio a traves del Fondo de Vivienda Policial ­ FOVIPOL y una declaracion jurada que refiera que se le esta dando uso como vivienda MORDAZA - habitacion. Articulo Tercero.- No son materia de devolucion y/o compensacion por efectos de la presente ordenanza los pagos que se hubiesen efectuado por deudas tributarias en materia de arbitrios respecto de los predios senalados en el articulo primero. Articulo Cuarto.- Establezcase que para el ejercicio 2005 y siguientes, los contribuyentes beneficiados con los alcances de la presente Ordenanza podran acogerse a las disposiciones sobre Canje de deuda tributarias y no tributarias aprobada por la Ordenanza N° 142-MDMM y demas normas pertinentes prestando preferentemente servicios que favorezcan al distrito en materia de seguridad ciudadana. Articulo Quinto.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 18707

Condonan deuda de arbitrios a contribuyentes de predios que MORDAZA sido adquiridos a traves del Fondo de Vivienda Policial - FOVIPOL, ubicados en el distrito
ORDENANZA Nº 230-MDMM MORDAZA MORDAZA, 27 de octubre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el articulo 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 195° de la Carta Magna y en la MORDAZA IV del

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran con efecto vinculante los alcances de la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el MORDAZA Nº 0053-2004/PI/TC
ORDENANZA Nº 069-MDPP MORDAZA MORDAZA, 17 de octubre de 2005

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