Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005 VISTO:

NORMAS LEGALES

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La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 307-2005-PR/ G.R.TACNA de fecha 11 de agosto del 2005, que aprueba la conformacion de la Comision Regional de Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional Sectorial de Salud de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo de la Duodecima Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902, establece los mecanismos necesarios para llevar a cabo el Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales, MORDAZA que se inicia con la aprobacion de la respectiva convocatoria de concurso; Que, habiendo concluido el plazo de vigencia de los dos (2) anos de la designacion del Director Regional de Salud de Tacna, conforme lo estipula la Directiva Nº 001-CND-P2003, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 012-CNDP-2003 y su modificatoria la Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003, se hace necesario realizar una nueva convocatoria de concurso publico para la seleccion del MORDAZA Director Regional de Salud de Tacna; Que, el tercer parrafo del Numeral 5.3.1 de la Directiva precitada en el considerando anterior, precisa que la convocatoria debe ser aprobada por Resolucion Ejecutiva Regional y publicada por lo menos, en un diario de mayor circulacion nacional; Que, mediante la Resolucion del visto, se ha conformado de manera oficial la Comision Regional del Concurso, habiendose elaborado asimismo las Bases del mencionado Concurso Publico, conforme lo preve la normatividad al respecto; Estando a lo previsto en la Directiva Nº 001-CDN-P2003, aprobada con Resolucion Presidencial Nº 012CND-P-2003 y su modificatoria la Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nºs. 27902 y 28013; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la Convocatoria de Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional de Salud de Tacna, conforme al Anexo que adjunto forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR, las Bases del Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional Sectorial de Salud de Tacna, que contiene: Aspectos Generales del Concurso Publico, 23 Articulos, Aspectos Administrativos, Seis (6) Disposiciones Finales, Factores de Evaluacion y 2 Anexos; el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion de la Convocatoria en un diario de mayor circulacion nacional y en otro de circulacion regional, asimismo, en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Tacna. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 18706

VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 3 de octubre del 2005, el Proyecto de Ordenanza sobre establecer disposiciones administrativas para el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional publicada el 17 de agosto del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales: autonomia Politica, Economica y Administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga competencia tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Concejo Distrital de Comas ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos a traves de Ordenanzas las cuales tienen rango de Ley en el ambito de la Jurisdiccion Municipal, de conformidad a lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica y de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº816, y pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias o la exoneracion de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que la ley senala; Que la presente Ordenanza tiene como objeto establecer disposiciones de caracter administrativo a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolucion del Tribunal Constitucional recaida en el expediente Nº00053-2004-TC presentada por la Defensoria del Pueblo, para que se declare la Inconstitucional de las Ordenanzas promulgadas por la Municipalidad de Miraflores, que regula el regimen de arbitrio de ese distrito disponiendo en su numeral 8 de la parte resolutiva, que dicha sentencia tiene fuerza de ley, de modo que tiene calidad de cosa juzgada y es de obligatorio cumplimiento en todos sus terminos, estando las autoridades municipales obligadas a respetar el MORDAZA de su contenido y cumplir, bajo responsabilidad , las reglas vinculantes establecidas; De conformidad con las facultades establecidas en el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972 y la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF y sus normas modificatorias y complementarias, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- ESTABLECER, disposiciones administrativas para el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 000053-2004-TC. Articulo Segundo.- FACULTAR a la Gerencia de Administracion Tributaria para que evalue las Ordenanzas expedidas por la Municipalidad de Comas, respecto a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, a efectos de determinar si contienen vicios de inconstitucionalidad que determinen la aplicacion de las reglas contenidas en el MORDAZA parrafo del numeral 3º de la parte resolutiva y medidas correctivas correspondientes de la Sentencia del Tribunal Constitucional. Articulo Tercero.- FACULTAR, a la Gerencia de Administracion Tributaria, a recibir pagos a cuenta de los contribuyentes por concepto de arbitrio de limpieza Publica, parques y jardines, por los ejercicios no prescritos con cargo a la determinacion o liquidacion de dichos tributos que realice la Municipalidad de Comas, en cumplimiento a la MORDAZA que expida, precisandose que los documentos que se hayan emitido o se emitan relacionados con el pago de Arbitrios Municipales, no constituyen en ningun caso ni bajo ninguna forma o modalidad, actos de cobranza de tributos, esto en tanto se materialize la aplicacion y vigencia de la alternativa que determine el Concejo Municipal de Comas, conforme al articulo 2º de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- FACULTAR, al MORDAZA de la Municipalidad de Comas para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias y

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Establecen disposiciones administrativas para dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 0000532004-TC
ORDENANZA Nº 162.C/MC Comas, 3 de octubre de 2005

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