Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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d) No haber cesado en el cargo para el que fue elegido en anteriores procesos vecinales." Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18561

Modifican la Ordenanza Nº 128-MDL que aprueba el Reglamento de Funciones de las Juntas Vecinales
ORDENANZA Nº 147-MDL Lince, 28 de octubre del 2005 VISTO: En la Sesion de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 031-2005-MDL-CAL-CSCPV de las Comisiones de Asuntos Legales y de Servicios a la MORDAZA y Participacion Vecinal; referente a modificacion de la Ordenanza Nº 128-MDL que aprobo el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de Lince; CONSIDERANDO: Que, las Juntas Vecinales de conformidad a lo establecido en los articulos 107º y 116º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se encuentran encargadas de supervisar la prestacion de los servicios publicos locales, el cumplimiento de las normas municipales y la ejecucion de obras municipales, entre otras funciones; Que, mediante Ordenanza Nº 128-MDL de fecha 30 de noviembre del 2004 y publicado el 18 de diciembre del 2004, se aprobo el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de Lince; Que, segun Informe Nº 608-2005-MDI-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica, considera modificar el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de Lince, respecto al Articulo 13º, adicionar el Articulo 13ºA, asimismo modificar el Articulo 14º, adicionar el Articulo 14ºA y modificar el Articulo 15º del mencionado Reglamento, con la finalidad de lograr un Reglamento mas eficaz y de esa manera obtener un mejor funcionamiento de las Juntas Vecinales; Estando a lo expuesto y de conformidad en lo establecido en los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por Mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICAN LA ORDENANZA Nº 128-MDL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE LINCE Articulo Unico.- Modificar la Ordenanza Nº 128-MDL de fecha 30 de noviembre del 2004 la que debera denominarse Reglamento de Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de Lince, y respecto al Articulo 13º, adicionar el Articulo 13ºA, modificar el Articulo 14º, adicionar el Articulo 14ºA y modificar el Articulo 15º, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 13º.- Son causas de cese al cargo de Presidente y Miembros de la Junta Directiva, las siguientes: a) Renuncia voluntaria. b) Tres o mas inasistencias injustificadas a las reuniones convocadas por la Municipalidad. c) Imposibilidad fisica, mental o legal por un plazo mayor a los tres (3) meses. d) Por mal uso del cargo o por utilizar en beneficio propio el nombre de la Municipalidad de Lince y/o pedir donaciones, dinero o utilizar el cargo para realizar cualquier tramite personal en otra Municipalidad o Entidad Publica o Privada con la credencial que se le otorga.

e) Por ausencia de la localidad por mas de treinta (30) dias consecutivos sin conocimiento de la Jefatura de Promocion Social. f) Por celebrar contrato directo o indirectamente con la Municipalidad o por tener interes en la celebracion de los mismos. g) Por cambio de domicilio fuera de la MORDAZA para la que se eligio. h) Tener deudas por obligaciones provenientes de contratos o concesiones y los que tengan MORDAZA judicial pendiente con la Municipalidad, o los que hubiera otorgado fianza y garantia para asegurar el cumplimiento de alguna obligacion a favor de aquellos. i) Tener vinculo laboral directo o indirecto y bajo cualquier modalidad con la Municipalidad. j) Por fallecimiento. k) Por condena penal por delito doloso. l) Por realizar actividades politicas o proselitismo partidario dentro de las reuniones vecinales. m) Por suspension en mas de una oportunidad en el plazo de 1 ano, por cualquiera de las causales que se senalan en el siguiente articulo. Articulo 13º A.- Son causas de suspension de 30 hasta 60 dias para el Presidente y los Miembros de la Junta Directiva de la Junta Vecinal, las siguientes: a) Manifiesto mal comportamiento en las reuniones vecinales. b) Por mostrar conducta deshonrosa y/o falta de respecto a las autoridades, funcionarios, Presidentes de las Juntas Vecinales y a los asistentes en las reuniones convocadas. c) Asistir en estado etilico o drogadiccion a las reuniones, actividades o cualquier evento en que participe en calidad de Miembro de la Junta Vecinal. Articulo 14º.- La suspension debidamente fundamentada del Presidente y/o Miembros de la Junta Directiva se ejecutara automaticamente por la Jefatura de Promocion Social. Articulo 14º A.- El cese del Presidente y los Miembros de la Junta Directiva se iniciara en la Jefatura de Promocion Social, quien remitira el cese a la Comision de Servicios a la MORDAZA y Participacion Vecinal, luego de lo cual dicha Comision emitira su pronunciamiento, contra MORDAZA procede reclamo a ser interpuesto dentro del plazo de 5 dias habiles, con la finalidad que el Concejo Municipal de Lince en Sesion de Concejo lo resuelva en MORDAZA instancia. Articulo 15º.- En los casos de cese el Presidente sera reemplazado por el Vicepresidente de su Junta Directiva, en caso de impedimento de este por el que le sigue en el cargo, en caso de existir impedimento o no aceptacion, el Concejo designara un Presidente. El mismo procedimiento se seguira para el cese de cualquier otro Miembro de la Junta Directiva. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18563

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Eliminan arancel por concepto de Apersonamiento en procedimiento de cobranza coactiva
ORDENANZA Nº 229-MDMM MORDAZA MORDAZA, 27 de octubre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

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