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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 15 de noviembre de 2005 Artículo 2º.- El egreso por concepto de viáticos para cada una de las personas integrantes de la Delegaciónde Apoyo, por la suma de US$ 260.00 por día, seráasumido por el Pliego Presupuestal respectivo, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referidacomisión. Esta disposición no comprende a la PrensaInvitada. Artículo 3º.- Esta resolución no dará derecho a la exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 19356 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G43/G61/G72/G74/G65/G72/G61/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 371-2005-PCM Lima, 11 de noviembre del 2005 CONSIDERANDO: Que, el 3 de mayo de 2004, el Gobierno de los Estados Unidos de América anunció formalmente la inclusión de Perú y Ecuador, junto con la ratificación de Colombia, enlas Rondas de Negociaciones del Tratado de LibreComercio (TLC), las mismas que se iniciaron el 18 demayo de 2004, con el propósito de acceder a losbeneficios de dicho tratado; Que, mediante Facsímil Nº 77-2005-MINCETUR/ VMCE, de fecha 8 de noviembre de 2005, el Ministro deComercio Exterior y Turismo invitó al Ministro de laProducción a participar en la XIII Ronda deNegociaciones para la suscripción de un Tratado de LibreComercio con los Estados Unidos de América, el cual se realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 al 22 de noviembre de 2005; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias, la Ley Nº 28427,Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y laPrimera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28425, Leyde Racionalización de los Gastos Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del ingeniero David Lemor Bezdin, Ministro de la Producción,a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos deAmérica, del 17 al 23 de noviembre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos porel Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes US$ 2 2 42,52 Viáticos US$ 1 540,00Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de la Producción al señor Javier Sota Nadal, Ministro de Educación, mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho de exoneración o liberación de impuestosy/o derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 19357 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G20/G61/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64 /G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G65/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 372-2005-PCM Lima, 11 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que el señor Presidente de la República, doctor Alejandro Toledo, viajará entre los días 13 al 21 denoviembre de 2005, a las ciudades de Seúl y Busán,República de Corea, con el objeto de cumplir diversas actividades de la agenda presidencial internacional; Que es necesario el envío de una misión de avanzada con la finalidad de coordinar los aspectos deseguridad durante la participación del señor Presidentede la República y de la Delegación Oficial que loacompaña; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28427, Ley del Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2005; la Tercera Disposición Transitoria de laLey Nº 28562; la Ley Nº 27619, Ley que regula laautorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto deUrgencia Nº 006-2005; el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Tte. 1º AP Otto Guevara Bernedo a las ciudades de Seúl y Busán,República de Corea, los días 10 al 21 de noviembre delpresente año, como agente encargado de coordinar los aspectos de seguridad durante la participación del señor Presidente de la República y de la Delegación Oficial quelo acompaña. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1 931,01 - Viáticos US$ 260,00 por día- Tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración deimpuesto o de derechos aduaneros de ninguna clase odenominación. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 19358