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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G31/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 15 de noviembre de 2005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E /G4E/GBA/G20/G31/G30/G33/G36/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G43/G4E/G4D/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G73/G65/G20/G72/G65/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/GF3/G20/G61/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G7A/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1117-2005-CNM Lima, 8 de noviembre de 2005 VISTO:El escrito del doctor José Santos Ayquipa Monroy, de fecha 10 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución Nº 1036-2005-CNM, de fecha 18 de julio de 2005, reincorporó al recurrente en el cargo de Juez de Paz Letrado de Ica, Distrito Judicial de Ica, recobrandovigencia su título que ostentaba; Que, el doctor José Santos Ayquipa Monroy, mediante escrito presentado con fecha 11 de octubre del presenteaño, solicita que se aclare el primer considerando de la citada resolución, al consignarse como demandante de la acción de amparo, al doctor José Leandro AyquipaAlfaro, por lo que de conformidad con lo dispuesto por elartículo 201º de la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, procede la rectificación de la misma; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en la sesión de fecha 3 de noviembre de 2005; y de conformidad con lasfacultades conferidas por la Ley Nº 26397 -Ley Orgánicadel Consejo Nacional de la Magistratura-; RESUELVE: Primero.- Rectificar el primer considerando de la Resolución Nº 1036-2005-CNM, de fecha 18 de julio de2005, en el extremo que dice: "José Leandro AyquipaAlfaro", debiendo decir: "José Santos Ayquipa Monroy". Segundo.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 19325 /G45/G78/G70/G69/G64/G65/G6E/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G6F/G63/G61/G6C/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79 /G4A/G75/G65/G7A/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1118-2005-CNM Lima, 8 de noviembre de 2005 VISTO: La solicitud de la doctora Enma Rosaura Benavides Vargas, presentada con fecha 13 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la recurrente mediante escrito presentado con fecha 13 de octubre del presente año, solicita al ConsejoNacional de la Magistratura que se le expida el título de Vocal Superior del Distrito Judicial de Lima; en mérito a queel Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por ResoluciónAdministrativa Nº 152-2002-CE-PJ, de fecha 15 de julio de 2005, declaró fundada su solicitud de traslado, por razones de seguridad, en calidad de Vocal Titular de la Corte Superiorde Justicia de Huaura, disponiendo su traslado a una plazade igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a loprevisto por el artículo 154º inciso 4 de la ConstituciónPolítica del Perú, así como el único facultado para cancelardichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; y teniendo en cuenta que los traslados de magistrados corresponden a unareglamentación interna propia del Poder Judicial y delMinisterio Público, deben encontrar correlación con laexpedición del título respectivo; Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha valorado las circunstancias que subyacen al traslado solicitado por la recurrente por razones de seguridad,trasladándola a una plaza de Vocal Superior del DistritoJudicial de Lima; Que, el título de juez o fiscal, y el juramento respectivo, son elementos intrínsecamente vinculados que determinan el ejercicio de la función jurisdiccional o fiscal, de manera que la competencia territorial para dichoejercicio no debe verse desnaturalizado por un trasladocon carácter definitivo para aquél al cual se le otorgóoriginalmente el mismo, esto significa que, al ejecutarseun traslado con las formalidades y procedimientos que corresponden al Poder Judicial o al Ministerio Público, de manera complementaria el Consejo Nacional de laMagistratura en el ejercicio de sus atribuciones debeproceder con la expedición del título respectivo y lacancelación consecuente del título original, sin perjuiciode la anotación correspondiente de dicho acto administrativo en el registro jurisdiccional; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión de fecha 3 de noviembre de 2005, acordó porunanimidad, declarar fundada la solicitud de la recurrente;por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y deconformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica delConsejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la solicitud de la doctora ENMA ROSAURA BENA VIDES VARGAS; en consecuencia, cancelar el título de Vocal Superior del Distrito Judicial deHuaura, otorgado a favor de la recurrente. Segundo.- Expedir el título de Vocal Superior del Distrito Judicial de Lima, a favor de la doctora ENMA ROSAURA BENAVIDES VARGAS. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 19326 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1119-2005-CNM Lima, 8 de noviembre de 2005 VISTO: La solicitud de la doctora Mariela Yolanda Rodríguez Vega, presentada con fecha 19 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la recurrente mediante escrito presentado con fecha 19 de octubre del presente año, solicita al Consejo