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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 75

PÆg. 304353 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 626-2005-AL/MSMP San Martín de Porres, 4 de noviembre de 2005VISTO, El Memorándum Nº 830-2005-GDU-MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el InformeNº 236-2005-MDSMP/DHU-GDU de la División de Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, solicitando se rectifique de oficio la Resoluciónde Alcaldía Nº 544-2005-AL/MDSMP, por haberse incurrido en error material; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 544-2005-AL/ MDSMP, se aprobó la Habilitación Urbana de Oficio de conformidad con el Plano Nº 026-05-MDSMP-GDU-DHU, para uso Comercial C3 del terreno de 1,600.00 m2,ubicado en el predio rústico ubicado entre el Jr. Gregorio II y la Calle Justo Pastor Bravo, del Proyecto de la Urbanización del fundo San José o Coronel del BarrioObrero, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de propiedad de INVERSIONES UNICACHI' S.A., inscrito en la Partida Nº 1159636 delRegistro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, mediante Informe Nº 236-2005-DHU-GDH/ MDSMP, de la División de Habilitaciones Urbanas señalaque de la revisión efectuada a la citada Resolución, se advierte errores materiales, por lo que resulta necesario rectificar de oficio con efecto retroactivo a la fecha de suemisión, sin alterar la sustancial de su contenido, ni el sentido de la misma; Que, el inciso 201.1. del artículo 201º de la Ley Nº 27444 establece que "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o ainstancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; Que, la rectificación del error material no altera el contenido, ni el sentido de la Resolución de Alcaldía Nº 544-2005-AL/MDSMP; Que, estando el Informe Nº 236-2005-DHU-GDH/ MDSMP de la División de Habilitaciones Urbanas, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar de oficio la Resolución de Alcaldía Nº 544-2005-AL/MDSMP, en los términos que se indican a continuación: En el Segundo Considerando: DICE: "...hoy Jr. Gregorio II y la Calle Justo Pastor, desarrollado sobre el terreno de 1,600.00 m2, inscrito en la Partida Nº 1159636 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao,adjuntando documentos de acuerdo al artículo 10º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por los DecretosSupremos Nºs. 010 y 11-05-VIVIENDA;". DEBE DECIR: "...hoy Jr. Gregorio Séptimo y la Calle Justo Pastor, desarrollado sobre el terreno de 1,600.00 m2, inscrito enla Ficha Nº 1159636 y en la Partida Nº 49046207 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao, adjuntando documentos de acuerdo alartículo 10º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por los Decretos Supremos Nºs. 010-05 y 011-05-VIVIENDA;". En el ARTÍCULO PRIMERO de la parte ResolutivaDICE: "APROBAR la Habilitación Urbana de oficio de conformidad con el Plano Nº 026-05-MDSMP, para uso Comercial C3 del terreno de 1,600.00 ubicado m2 ubicadoen el predio rústico entre el Jr. Gregorio II y la CalleJusto Pastor Bravo del Proyecto de la Urbanización del fundo San José o Coronel del Barrio Obrero, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de Propiedad de INVERSIONES UNICACHI S.A., inscritoen la Partida Nº 1159636 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima". DEBE DECIR: "APROBAR la Habilitación Urbana de oficio de conformidad con el Plano Nº 026-05-MDSMP, para uso Comercial C3 del terreno de 1,600.00 ubicado m2 ubicado en el predio rústico entre el Jr. Gregorio Séptimoy la Calle Justo Pastor Bravo del Proyecto de la Urbanización del fundo San José o Coronel del Barrio Obrero, distrito de San Martín de Porres, provincia ydepartamento de Lima, de Propiedad de INVERSIONES UNICACHI'S S.A., inscrito en la Ficha Nº 1159636 y la Partida Nº 49046207 del Registro de la PropiedadInmueble de Lima". Artículo Segundo.- Confirmar que la Resolución de Alcaldía Nº 544-2005-AL/MDSMP de la fecha 23 de septiembre de 2005 queda subsistente en todos los demás extremos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ALVARO VELIZ DUARTE Alcalde 19382 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban el Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2005-MDLP/ALC La Punta, 21 de octubre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:El Concejo Distrital de La Punta en Sesión de Concejo Municipal de fecha 21 de octubre del 2005 aprobó losiguiente: ORDENANZA MARCO QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL CONSIDERANDO:Que, el inciso 22 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial delEstado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de susrecursos naturales; Que, el artículo 1º del Título Preliminar del Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, DecretoLegislativo Nº 613, establece que es obligación de todas las personas la conservación del medio ambiente; Que, el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Decreto Supremo Nº 008- 2005-PCM, establece que las municipalidades, en el marco de la autonomía reconocida por ley y sin perjuicioa las responsabilidades que corresponde al Alcalde, promoverán, mediante el Concejo Municipal la identificación o creación de instancias de coordinación yconcertación ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;