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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 304354 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 Que el artículo 6º de la Ley de Bases de Descentralización aprobada por Ley Nº 27783 señala que se cumplirán los siguientes objetivos ambientales: Ordenamiento territorial y del entorno ambiental; Gestiónsostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental y coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos losniveles del Sistema Nacional de Gestión del Ambiente; Que el artículo 2º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por LeyNº 28245 decreta que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones públicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales; contando con laparticipación del sector privado y la sociedad civil; Que el artículo 24º de la referida Ley Marco establece que los gobiernos locales ejercen sus funcionesambientales sobre la base de sus leyes, en concordancia con las Políticas Nacionales, Sectoriales y Regionales, en el marco de los principios de la Gestión Ambiental; Que el numeral 7º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistemade Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional; Que el numeral 3º de la “Guía del Sistema de Gestión Ambiental Local”, aprobada por Decreto del Consejo Directivo Nº 003-2004-CD/CONAM publicado en juniodel 2004, señala que dicho Sistema coadyuva al cumplimiento de los objetivos de la Política Ambiental Local; Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó la: ORDENANZA MARCO QUE CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO DE LA PUNTA Artículo 1º.- Aprobación de Sistema Local de Gestión Ambiental: Mediante esta ordenanza se aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental que se presenta comoanexo a esta disposición , el cual tiene como objetivo establecer los mecanismos necesarios que permitan definir las normas, lineamientos y disposiciones quelogren articular e integrar las decisiones, organizaciones y acciones conducentes al fortalecimiento de una gestión ambiental integrada para alcanzar el desarrollo humanosostenible de la localidad. La presente ordenanza y el anexo con el contenido del Sistema Local de Gestión Ambiental serán publicadosen la página Web de la Municipalidad y se realizarán acciones de difusión para que esta norma sea de conocimiento público. Artículo 2º.- Ámbito Lo dispuesto en la presente ordenanza es de cumplimiento obligatorio para toda persona natural y jurídica, de derecho público y privado, residente, visitante o en tránsito por la localidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Comisión de Regidores de Servicios Públicos Locales podrá ser denominada como Comisiónde Regidores de Servicios Públicos Locales. Segunda.- Modifíquese el artículo 57º del Reglamento de Organización y Funciones por el siguientetexto: El Departamento de Medio Ambiente y Sanidad es el órgano encargado de prevenir y controlar la contaminación ambiental en todo el distrito en cumplimiento de la Política Ambiental y en el marco delSistema Local de Gestión Ambiental; realiza la evaluación ambiental de los impactos de los proyectos que se ejecutan en el distrito y que pueden causar impactos enel ambiente; efectúa acciones de restauración ambiental y controla cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos naturales que puedan interferir en elnormal desarrollo de toda forma de vida. Se encarga de la recuperación de las playas litorales, así como de la conservación de acuarios y miradores del distrito; elaborapropuestas de instrumentos de gestión ambiental y coordina con el Directorio Punteño los temas de interés. Así mismo es responsable de la implementación y operación del Sistema Local de Gestión Ambiental y delas inspecciones sanitarias en el distrito. Este Departamento está a cargo de un Jefe de Departamento. Tercera.- Los Reglamentos y otros instrumentos de gestión ambiental que se requieran para laaplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza, deberán aprobarse en un plazo que no sea mayor de 60 días. Cuarta.- Esta ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 19370 Aprueban Plan de Acción Ambiental, el Diagnóstico Ambiental y la AgendaAmbiental 2006 - 2007 del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2005-MDLP/ALC La Punta, 4 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Punta en sesión de fecha 4 de noviembre del 2005 aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL, EL DIAGNÓSTICO AMBIENTAL Y LA AGENDA AMBIENTAL 2006 - 2007 DEL DISTRITO DE LA PUNTA CONSIDERANDO: Que el inciso 22 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozarde un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; así mismo el artículo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la PolíticaNacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, establece el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente así como sus componentes; Que, la referida Ley, en su artículo 62º señala que los Gobiernos Locales deben implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental integrando a las entidades públicasy privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como la sociedad civil, en el ámbito de actuación delgobierno local; Que el artículo 2º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por LeyNº 28245 decreta que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicosdescentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así comopor los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil; Que, el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Decreto Supremo Nº 008- 2005-PCM, establece en sus artículos 44º y 45º que elSistema Local de Gestión Ambiental se regula mediante Ordenanza Municipal; y así mismo, que le corresponde al gobierno local implementar dicho Sistema, en