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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G34/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de noviembre de 2005 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARANGO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G63/G75/G6E/G69/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G49/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6E/G61/G6C/G20/G53/G61/G6E/G41/G6E/G74/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G6E/G67/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 063-2005-MDH/A Huarango, 11 de noviembre del 2005 VISTO: El Acuerdo de Concejo de fecha 3 de octubre del 2005, relacionado con la donación por parte del FONDO ITALO PERUANO; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal d) del artículo 42º de la Ley Nº 27783 es competencia de los Gobiernos Locales aprobar su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, conforme a lo establecido por el numeral 22.4 del artículo 22º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Estado- cada Municipalidad Provincial y Distrital aprueba su respectivo Presupuesto Institucional, en concordancia con lo prescrito en el artículo 195º de la Constitución Política del Perú; Que, según Acta de Sesión de Concejo Nº 40-2005 se acuerda incorporar en el Presupuesto Institucional, la Donación del importe de S/. 2´641,710.07 por parte del FONDO ITALO PERUANO para la ejecución del Proyecto CONSTRUCCIÓN DE LA II ETAPA DEL CANAL SAN ANTONIO DE HUARANGO; De conformidad con lo prescrito en el artículo 22º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades-; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la donación hasta por un importe de S/. 2´641,710.07 por parte del Fondo Italo Peruano para la ejecución del Proyecto CONSTRUCCIÓN DE LA II ETAPA SAN ANTONIO DE HUARANGO. Artículo 2º.- Incluir en el Presupuesto Institucional para el Año fiscal 2005, el importe de la donación por parte del Fondo Italo Peruano, según el detalle siguiente: INGRESOS 13 Donaciones y Transferencias 2'641,710.07 TOTAL INGRESOS 2'641,710.07 EGRESOS 6 Gastos de Capital 2'641,710.07 TOTAL EGRESOS 2'641,710.07 Aretículo 3º.- Hacer de conocimiento la presente a la Dirección Nacional de Presupuesto Público y organismos competente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERMÍN TARRILLO VÁSQUEZ Alcalde Distrital 19508 /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G49/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G6C /G43/G61/G6E/G61/G6C/G20/G53/G61/G6E/G20/G41/G6E/G74/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G6E/G67/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 064-2005-MDH/A Huarango, 11 de noviembre del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARANGO VISTO: El Informe Nº 029-2005-MDH/ADM emitido por la Oficina de Administración, mediante el cual indica la necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2005, incluyendo el proyecto CONSTRUCCIÓN DE LA II ETAPA DEL CANAL SAN ANTONIO DE Huarango; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - en su Título Preliminar, artículo II, establece que: “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM y la Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE, que regula el procedimiento de elaboración y contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las entidades del sector público, que establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas Públicas o Selectivas que se realizan durante el Año Fiscal correspondiente; Que, el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- en su artículo 22º al 27º establece y regula lo referido al Plan Anual de Adquisiciones específicamente el artículo 27º en cuanto a la modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones siendo en el presente caso el correspondiente al Año Fiscal 2005; Que, mediante documento el informe de visto, la Oficina de Administración manifiesta que es importante efectuar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde la Municipalidad Distrital de Huarango correspondiente al Año Fiscal 2005, incluyendo el Proceso de Selección para la ejecución de la CONSTRUCCIÓN DE LA II ETAPA DEL CANAL SAN ANTONIO DE HUARANGO, el mismo que debe aprobarse mediante Resolución; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º inciso 6 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la segunda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio Fiscal 2005 incluyendo el ítem correspondiente a la CONSTRUCCIÓN DE LA II ETAPA DEL CANAL SAN ANTONIO DE HUARANGO, por un importe de S/. 2’623,068.18 según anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado, se ponga a disposición de los interesados mediante su publicación dentro de los plazos de Ley. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE- y organismos competentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERMÍN TARRILLO VÁSQUEZ Alcalde Distrital 19509 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G49/G49/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6E/G61/G6C/G20/G53/G61/G6E/G20/G41/G6E/G74/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G48/G75/G61/G72/G61/G6E/G67/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 065-2005-MDH/A Huarango, 11 de noviembre del 2005