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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G34/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de noviembre de 2005 Guerrero, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Condorcanqui del departamento de Amazonas, por el que comunica la renuncia de don Merino Trigoso Pinedo al cargo de Alcalde del citado municipio, en cumplimiento del artículo 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley Nº 28607; CONSIDERANDO:Que el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley Nº 28607 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de octubre de 2005, establece que los Alcaldes para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, miembro del Parlamento Nacional o Presidente del Gobierno Regional deben renunciar al cargo seis meses antes de la elección respectiva; Que este Colegiado estableció, mediante Resolución Nº 292-2005-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de octubre de 2005, que el 8 de octubre de 2005 es el último día para que los Alcaldes que deseen postular a la Presidencia, Vicepresidencias de la República, Parlamento Nacional y Parlamento Andino, puedan presentar su renuncia irrevocable al cargo que ostentan, con firma legalizada ante notario público o juez de paz de su localidad, en caso de no existir notario; Que a fojas 2, obra el Acuerdo Municipal Nº 003- 2005-MPC/A de 10 de octubre de 2005, mediante el cual se aprobó por unanimidad la renuncia formulada por don Merino Trigoso Pinedo al cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Condorcanqui, correspondiente al período municipal 2003 - 2006; Que a fojas 8 aparece copia certificada de la renuncia formulada por don Merino Trigoso Pinedo al cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Condorcanqui del departamento de Amazonas, en atención a lo dispuesto por la mencionada Ley Nº 28607; advirtiéndose del sello de recepción que ésta ha sido presentada el 6 de octubre de 2005 y no se encuentra con la firma legalizada, esta circunstancia puede deberse a que ese mismo día se público la resolución señalada en el segundo considerando; Que, sin embargo, de fojas 3 a 7 aparece copia certificada del acta de sesión extraordinaria de 9 de octubre del 2005 en la que se aprobó por unanimidad la renuncia formulada, expresando el alcalde renunciante, en forma oral, sus motivos; Que en aplicación del principio de informalismo que precisa que las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público; este Colegiado es del criterio de convalidar el acto de renuncia presentado; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a don Rolando Alcides Quiñones Guerrero para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Condorcanqui del departamento de Amazonas, para completar el período de gobierno municipal 2003-2006, otorgándose la respectiva credencial; dejándose sin efecto la credencial otorgada a don Merino Trigoso Pinedo. Artículo Segundo.- Convocar a doña Edelmira López Chiarmach, candidata no proclamada de la Alianza Electoral Unidad Nacional, para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Provincial de Condorcanqui del departamento de Amazonas, para completar el período de gobierno municipal 2003-2006, otorgándose la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELARDE URDANIVIA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 19475/G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F/G73/G20/G79 /G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G73/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G54/G61/G72/G6D/G61/G2C/G20 /G41/G74/G61/G6C/G61/G79/G61/G2C /G41/G63/G6F/G6D/G61/G79/G6F/G20/G79/G20/G48/G75/G61/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN Nº 340-2005-JNE Exp. Nº ADM- 2005-005983 Lima, 15 de noviembre de 2005VISTO el Oficio Nº 188-ALC-MPT/2005 de fecha 6 de octubre de 2005 presentado por el regidor de la Municipalidad Provincial de Tarma, departamento de Junín, don Fernando David Salazar Vásquez, por el que comunica la renuncia irrevocable del cargo de Alcalde de don Mario Néstor Jaime Monteverde Pomareda, en cumplimiento del artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 publicada el 4 de octubre de 2005 en el Diario Oficial El Peruano, establece que para postular al cargo de Presidente de la República, Vicepresidente, miembro del Parlamento Nacional o Presidente del Gobierno Regional, los Alcaldes deben renunciar al cargo seis meses antes de la elección respectiva; Que, mediante Resolución Nº 292-2005-JNE publicada el 6 de octubre de 2005 en el Diario Oficial El Peruano, el Jurado Nacional de Elecciones dispuso como última fecha, el 8 de octubre de 2005, para que los Alcaldes que postulen a la Presidencia, Vicepresidencias de la República, Parlamento Nacional y Parlamento Andino, presenten su renuncia irrevocable al cargo que ostentan, con firma legalizada ante notario público o juez de paz de su localidad, en caso de no existir notario; Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 103-2005- CTM de fecha 7 de octubre de 2005, que obra a fojas 7, se aceptó la renuncia irrevocable formulada por don Mario Néstor Jaime Monteverde Pomareda al cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Tarma, correspondiente al período municipal 2003 - 2006; renuncia que fue presentada mediante escrito del 6 de octubre de 2005, conforme aparece a fojas 8, con firma legalizada ante la Notario Público; Que habiéndose cumplido con las formalidades establecidas, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a don César Augusto Olivos Laos para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín, para completar el período de gobierno municipal 2003- 2006, otorgándose la respectiva credencial; dejándose sin efecto la credencial otorgada a don Mario Néstor Jaime Monteverde Pomareda. Artículo Segundo.- Convocar a don Luis Herrera Huamán, candidato no proclamado de la organización política "Fuerza Progresista" para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín, para completar el período de gobierno municipal 2003-2006, otorgándose la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELARDE URDANIVIA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 19482