Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2005 (23/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2005

Autorizan viaje de profesional de PROMPERU para realizar diversas actividades durante la XIX Feria Internacional del Libro de Guadalajara
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 375-2005-MINCETUR/DM MORDAZA, 22 de noviembre de 2005 Vista la Carta Nº C.971.2005/PP.GG del Gerente General (e) de la Comision de Promocion del Peru PromPeru. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru - PromPeru es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las politicas y estrategias de promocion del turismo interno y receptivo, asi como de promover y difundir la imagen del Peru en materia de promocion turistica; Que, las autoridades de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara cursaron una comunicacion para que el Peru sea el Invitado de Honor de la XIX edicion de la referida feria a llevarse a cabo del 26 de noviembre al 4 de diciembre del ano 2005, en la MORDAZA de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos; Que, los Ministros de Relaciones Exteriores de Peru y Mexico, dentro del MORDAZA de la VI Reunion del Mecanismo Permanente de Consultas Politicas en Materias de Interes Mutuo, acordaron que el Peru seria el Invitado de Honor de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 246-2004RE, se constituyo la Comision Multisectorial encargada de organizar la MORDAZA del Peru en la XIX edicion de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos, senalando que PromPeru cuenta con un representante en la referida Comision; Que, la Feria Internacional del Libro de Guadalajara es la MORDAZA mas importante a nivel hispanoamericano, y constituye un interesante espacio para que el Peru muestre, ademas de su produccion editorial, su cultura a traves de espectaculos de danza, festivales gastronomicos, muestras de arte del Peru antiguo y contemporaneo, y un ciclo de conferencias y mesas redondas con los escritores peruanos mas destacados; Que, dada la trascendencia de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara, el Gerente General (e) de PromPeru ha solicitado se autorice el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional que presta servicios en la Gerencia de Marketing e Imagen de PromPeru, para que se encargue de las acciones logisticas y de coordinacion de las actividades mencionadas en el considerando anterior a desarrollarse en el MORDAZA de la referida feria, debiendo precisarse los organizadores de dicha feria asumiran los gastos referidos a transporte aereo y viaticos; Que, la participacion de PromPeru en la citada feria se encuentra dentro del MORDAZA del Plan Anual del Fondo de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional para el 2005, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 4352004-MINCETUR/DM; Contando con la visacion de la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia Legal y la Gerencia General de PromPeru; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 28427, 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 modificado por Decreto de Urgencia Nº 025-2005, Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional que presta servicios en la Gerencia de Marketing e Imagen de PromPeru, del 23 de noviembre al 6 de diciembre de 2005 para que se encargue de la ejecucion de diversas actividades durante

la MORDAZA del Peru como Invitado de Honor en la "XIX Feria Internacional del Libro de Guadalajara". Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comision de Promocion del Peru - PromPeru, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Tarifa Corpac : US$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza. Asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 19865

ECONOMIA Y FINANZAS
Precisan alcance del concepto de gasto a que se refiere el Art. 29º del D.S. Nº 070-92-PCM para dar cumplimiento a obligaciones asumidas por el Estado
DECRETO SUPREMO Nº 153-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, el articulo 29º del Decreto Supremo Nº 070-92PCM establece que los recursos del Fondo de Promocion de la Inversion Privada ­ FOPRI pueden ser utilizados directamente para financiar acciones orientadas a la racionalizacion o al saneamiento economico financiero, administrativo, legal, laboral y otros en una determinada empresa, asi como cualquier gasto vinculado con el MORDAZA, sin excepcion alguna; Que, es necesario determinar el alcance del concepto de gasto MORDAZA aludido, a efectos de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Estado dentro de los contratos a que se refiere el inciso a) del articulo 2 del Decreto Legislativo Nº 674; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1.- Alcance del concepto de gasto Los gastos a que se refiere el primer parrafo del articulo 29º del Decreto Supremo Nº 070-92-PCM, incluyen las contingencias que se deriven de la ejecucion de los contratos a que se refiere el inciso a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, que MORDAZA aprobados por el Comite Especial. Articulo 2.- Autorizacion para el pago de contingencias El pago de las contingencias referidas en el articulo anterior debera ser autorizado mediante Resolucion Ministerial del titular del sector al cual se encuentra adscrita la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, siempre que se cuente con los respectivos recursos, previo acuerdo del Consejo Directivo de dicha entidad. Articulo 3.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

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