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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G37/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de noviembre de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G52/GDA/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G58/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4C/G69/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G61/G64/G61/G6C/G61/G6A/G61/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2005-MINCETUR/DM Lima, 22 de noviembre de 2005 Vista la Carta Nº C.971.2005/PP.GG del Gerente General (e) de la Comisión de Promoción del Perú -PromPerú. CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutarlas políticas y estrategias de promoción del turismo interno y receptivo, así como de promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística; Que, las autoridades de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara cursaron una comunicación para que el Perú sea el Invitado de Honor de la XIX edición de lareferida feria a llevarse a cabo del 26 de noviembre al 4 de diciembre del año 2005, en la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos; Que, los Ministros de Relaciones Exteriores de Perú y México, dentro del marco de la VI Reunión del Mecanismo Permanente de Consultas Políticas enMaterias de Interés Mutuo, acordaron que el Perú sería el Invitado de Honor de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara; Que, mediante Resolución Suprema Nº 246-2004- RE, se constituyó la Comisión Multisectorial encargada de organizar la presentación del Perú en la XIX ediciónde la Feria Internacional del Libro de Guadalajara a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos, señalando que PromPerú cuenta con un representante en la referidaComisión; Que, la Feria Internacional del Libro de Guadalajara es la segunda más importante a nivel hispanoamericano,y constituye un interesante espacio para que el Perú muestre, además de su producción editorial, su cultura a través de espectáculos de danza, festivalesgastronómicos, muestras de arte del Perú antiguo y contemporáneo, y un ciclo de conferencias y mesas redondas con los escritores peruanos más destacados; Que, dada la trascendencia de la Feria Internacional del Libro de Guadalajara, el Gerente General (e) de PromPerú ha solicitado se autorice el viaje de la señoraPatricia Salinas Castro, profesional que presta servicios en la Gerencia de Marketing e Imagen de PromPerú, para que se encargue de las acciones logísticas y decoordinación de las actividades mencionadas en el considerando anterior a desarrollarse en el marco de la referida feria, debiendo precisarse los organizadores dedicha feria asumirán los gastos referidos a transporte aéreo y viáticos; Que, la participación de PromPerú en la citada feria se encuentra dentro del marco del Plan Anual del Fondo de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el 2005, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 435-2004-MINCETUR/DM; Contando con la visación de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, la Gerencia deAdministración y Finanzas, la Gerencia Legal y la Gerencia General de PromPerú; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 28427, 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 modificado por Decreto de Urgencia Nº 025-2005, Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETURy el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, de la señoraPatricia Salinas Castro, profesional que presta servicios en la Gerencia de Marketing e Imagen de PromPerú, del 23 de noviembre al 6 de diciembre de 2005 para que seencargue de la ejecución de diversas actividades durantela presentación del Perú como Invitado de Honor en la “XIX Feria Internacional del Libro de Guadalajara”. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión dePromoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Tarifa Córpac : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución, presentaráal Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza. Asimismo, deberá presentar larendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y FinanzasEncargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 19865 ECONOMÍA Y FINANZAS /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G67/G61/G73/G74/G6F /G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G32/G39/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G4E/GBA/G20/G30/G37/G30/G2D/G39/G32/G2D/G50/G43/G4D/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G61/G72/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G61/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G73/G75/G6D/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F DECRETO SUPREMO Nº 153-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º del Decreto Supremo Nº 070-92- PCM establece que los recursos del Fondo de Promoción de la Inversión Privada – FOPRI pueden ser utilizadosdirectamente para financiar acciones orientadas a la racionalización o al saneamiento económico financiero, administrativo, legal, laboral y otros en una determinadaempresa, así como cualquier gasto vinculado con el proceso, sin excepción alguna; Que, es necesario determinar el alcance del concepto de gasto antes aludido, a efectos de dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Estado dentro de los contratos a que se refiere el inciso a) del artículo 2 delDecreto Legislativo Nº 674; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Artículo 1.- Alcance del concepto de gasto Los gastos a que se refiere el primer párrafo del artículo 29º del Decreto Supremo Nº 070-92-PCM, incluyen las contingencias que se deriven de la ejecución de los contratos a que se refiere el inciso a) del artículo2º del Decreto Legislativo Nº 674, que sean aprobados por el Comité Especial. Artículo 2.- Autorización para el pago de contingencias El pago de las contingencias referidas en el artículo anterior deberá ser autorizado mediante ResoluciónMinisterial del titular del sector al cuál se encuentra adscrita la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, siempre que se cuente con losrespectivos recursos, previo acuerdo del Consejo Directivo de dicha entidad. Artículo 3.- RefrendoEl presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.