Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2005 (23/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2005

de los valores que dieron origen al procedimiento de ejecucion coactiva y de sus respectivas constancias de notificacion, dentro de un plazo de 10 dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de dicha resolucion; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 008565-2005, de fecha 9 de febrero de 2005, se reitera al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cumpla con proporcionar la informacion solicitada, otorgandosele un plazo de 10 dias habiles, debiendo mantenerse la suspension del procedimiento de cobranza coactiva iniciado contra el quejoso; Que, el Tribunal Fiscal, mediante Resolucion Nº 02209-5-2005, de fecha 8 de MORDAZA de 2005, senala que la Administracion no ha cumplido con proporcionar la informacion solicitada, por lo que declara fundada la queja interpuesta en el extremo referido al procedimiento de cobranza coactiva, disponiendo oficiar al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas a fin que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 19864

Aprueban condiciones financieras a considerar en Licitacion Publica Internacional para ejecucion del proyecto "Rehabilitacion Integral del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 595-2005-EF/75 MORDAZA, 22 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 9º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, y el articulo 25º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, se establece que las entidades que requieran convocar a licitaciones publicas para la ejecucion de un proyecto que conlleve endeudamiento, deben contar previamente con la resolucion ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas que apruebe las condiciones financieras a considerar en dichas licitaciones publicas; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el Oficio Nº 1955-2005-MTC/01, ha solicitado al Ministerio de Economia y Finanzas la expedicion de la resolucion ministerial correspondiente, que apruebe las condiciones financieras a considerar en la referida licitacion publica internacional con financiamiento, en tanto conlleva la contratacion de una operacion de endeudamiento concesional para ejecutar el Proyecto "Rehabilitacion Integral del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica"; Que, sobre el particular la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas han opinado favorablemente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las condiciones financieras a considerar en la Licitacion Publica Internacional para la ejecucion del proyecto "Rehabilitacion Integral del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica", que conllevara la concertacion de una operacion de endeudamiento publico, segun el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO Nº 1 CONDICIONES FINANCIERAS REFERENCIALES A SER CONSIDERADAS EN EL MORDAZA DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL PARA FINANCIAR EL PROYECTO REHABILITACION INTEGRAL DEL FERROCARRIL HUANCAYO-HUANCAVELICA
Principales caracteristicas del prestamo a ser contratado Monto del credito Plazo de pago total Plazo de MORDAZA Tasa de interes Rangos referenciales a ser considerados 1/ No mayor de US$ 18,0 millones. No menor de veinte (20) anos No menor de cinco (05) anos No mayor a LIBOR a seis meses, en Dolares Americanos, mas 0,5% anual o su tasa fija anual equivalente.

1/ En caso de que las ofertas financieras involucren condiciones mixtas de financiamiento, concesionales y comerciales, el Ministerio de Economia y Finanzas previa evaluacion, determinara si procede su contratacion en el MORDAZA de las condiciones establecidas en la presente Resolucion Ministerial.

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