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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G37/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de noviembre de 2005 EDUCACIÓN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G2D/G20/G46/G4F/G4E/G44/G45/G50 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2005-ED Lima, 22 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28332 se establece la organización y los mecanismos para el funcionamiento del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP), creado por Ley Nº 28044, LeyGeneral de Educación; así como el marco general para el financiamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 28332 establece que el Consejo de Administración del FONDEP es el máximo órgano encargado de la administración del Fondo,constituido, entre otros, por un representante del Ministerio de Educación, quien lo presidirá; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministerio de Educación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el artículo 9º de la Ley Nº 28332; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al R.P. Ricardo Morales Basadre, como representante del Ministerio de Educación, ante el Consejo de Administración del FondoNacional de Desarrollo de la Educación Peruana - FONDEP, quien lo presidirá. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 19905 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G2D/G20/G46/G4F/G4E/G44/G45/G50 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2005-ED Lima, 22 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28332 se establece la organización y los mecanismos para el funcionamientodel Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana (FONDEP), creado por Ley Nº 28044, Ley General de Educación; así como el marco general parael financiamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 28332 establece que el Consejo de Administración del FONDEP es el máximo órgano encargado de la administración del Fondo, constituido, entre otros, por un representante del ConsejoNacional de Educación; Que, mediante Carta s/n del Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Educación, pone en conocimientodel Ministerio de Educación la designación del representante de dicho Consejo ante el Fondo Nacionalde Desarrollo de la Educación Peruana; Que, en consecuencia resulta necesario formalizar mediante Resolución Suprema dicha designación; De conformidad con la Ley Nº 27594 y el artículo 9º de la Ley Nº 28332; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Fernando G. VILLARAN DE LA PUENTE, como representante del Consejo Nacional de Educación, ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de laEducación Peruana - FONDEP. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 19906 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0691-2005-ED Lima, 17 de noviembre de 2005Vistos, el Oficio Nº 2602-2005-PP/ED del Procurador Público del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 58092-2005 ydemás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe del Examen Especial Nº 002- 2002-/CTAR.P.SR”LCC”.DSRSES.DAI, emitido por laOficina de Auditoría de la Dirección Subregional de Educación de “Luciano Castillo Colonna” - Sullana, se detectó la presunta comisión de actos ilícitos por laspersonas individualizadas que en éste se señalan, al haber ocasionado un perjuicio económico aproximado al Estado ascendente al monto de doscientos treintinuevemil ochocientos trece y 36/100 Nuevos Soles (S/. 239,813.36); Que, en atención al referido Informe de Control, se emitió la Resolución Ministerial Nº 0085-2003-ED, de fecha 14 de enero de 2003, por la cual se autorizó al Procurador Público del Estado a cargo de los AsuntosJudiciales del Ministerio de Educación a interponer las acciones judiciales pertinentes contra las personas señaladas en Informe de Control antes indicado por lapresunta comisión de los delitos contra la Administración Pública en las modalidades de Concusión Impropia, Aprovechamiento de Cargo, Peculado y EnriquecimientoIndebido y contra la Fe Pública en las modalidades de Falsificación de Documentos, Falsa Declaración en Documento y Falsedad Genérica; Que, a través del Oficio Nº 2602-2005-PP/ED, de fecha 6 de octubre de 2005, el Procurador Público del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Educación solicita la expedición de la Resolución Ministerial Autoritativa que lo faculte a interponer una demanda de Indemnización por Daños y Perjuicios contralas personas señaladas en el Informe de Control a fin de resarcir el perjuicio económico irrogado al Estado Peruano; Que, los hechos descritos se encuentran acreditados con el Informe del Examen Especial Nº 002-2002-/ CTAR.P.SR”LCC”.DSRSES.DAI, emitido por la Oficinade Auditoría de la Dirección Subregional de Educación