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PÆg. 305104 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de noviembre de 2005 aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; la Ley Nº 26920; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el artículo 3º delDecreto Supremo Nº 003-2000-PE, y por el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel yCaballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001- PE; el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos,aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003- PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 026-2000-PRE/P, en el extremo correspondiente a la extracción de los recursos jurel y caballa, a partir de las diez (10) millas de la costa. Artículo 2º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 026- 2000-PRE/P, para operar la embarcación pesquera debandera nacional “ALMIRANTE GRAU 1”, de matrícula Nº SY-19960-CM, a favor de JORGE SANTISTEBAN BANCES, en los mismos términos y condiciones en quefue otorgado. Artículo 3º.- El acceso a los recursos sardina, jurel y caballa será ejercido conforme lo dispuesto por elDecreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, a las normasque lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En estesupuesto, la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyofuncionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolución DirectoralNº 026-2000-PRE/P al señor JOSÉ DE LA ROSA SANTISTEBAN BANCES para operar la embarcación pesquera “ALMIRANTE GRAU 1”, de matrícula Nº SY-19960-CM. Artículo 5º.- Excluir a JOSÉ DE LA ROSA SANTISTEBAN BANCES y a la Resolución DirectoralNº 026-2000-PRE/P del literal B) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- Incorporar a JORGE SANTISTEBAN BANCES como titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 026-2000-PRE/P para operar la embarcación pesquera denominada“ALMIRANTE GRAU 1”, de matrícula Nº SY-19960-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I del literal B) de la Resolución Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a lasDirecciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarseen el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 20096 Autorizan cambio de titular de licencia de operación a favor de Pesquera Libertad S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 335-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 11 de noviembre del 2005Visto los escritos con registro Nº CE-02351003 de fechas 16 de abril y 20 de agosto del 2004 y 9 de marzo de 2005 y Nºs. 00007430 y 00007517 de fecha 1 de julio de 2005, presentados por PESQUERA CHICAMA S.A.C.y PESQUERA LIBERTAD S.A.C. CONSIDERANDO:Que el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión delestablecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolución Directoral Nº 143-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 28 de mayo del 2003, se autoriza hasta el 3 de enero de 2005, el cambio de titularde la licencia de operación otorgada a PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. mediante Resolución Directoral Nº 179-2001-PE/DNEPP de fecha 23 de agostode 2001, a favor de PESQUERA HARINAS ESPECIALES S.A.C., para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos en la planta de harina depescado de alto contenido proteínico con una capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en laAv. San Martín Nº 680, distrito de Carquín, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que a través de los escritos del visto, PESQUERA CHICAMA S.A.C. solicita el cambio del titular de la licencia de operación otorgada mediante Resolución Directoral Nº 143-2003-PRODUCE/DNEP a PESQUERA HARINASESPECIALES S.A.C., que actualmente es de propiedad de la empresa PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C. y como arrendataria a favor de PESQUERA CHICAMAS.A.C., en virtud a los Contratos de Compra Venta de Bienes Inmuebles y Bienes Muebles, los mismos que forman parte del establecimiento industrial pesqueroubicado en la Av. San Martín Nº 680, distrito de Carquín, provincia de Huaura, departamento de Lima, contratos por los cuales PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C.adquirió la propiedad de estos bienes de su anterior propietaria PESQUERA CAPITAN S.A.C., asimismo, al Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles de fecha1 de enero de 2004 y su respectiva subsanación, donde se señala a PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C. en calidad de arrendadora y PESQUERA CHICAMA S.A.C.en calidad de arrendataria; y, la Cesión de Derechos y Acciones, entre otros actos, celebrada entre PESQUERA HARINAS ESPECIALES S.A.C. en calidad de cedente yPESQUERA CHICAMA S.A.C. en calidad de cesionaria, con la intervención de PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C., por el cual la primera cede de manera definitiva eirrevocable a favor de la segunda, todos los derechos y acciones que le corresponden sobre los inmuebles conformantes del citado establecimiento industrialpesquero; Que posteriormente, PESQUERA CHICAMA S.A.C. y PESQUERA LIBERTAD S.A.C. comunican a laDirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero que a través de la “Cesión de Derechos y Acciones”, entre otros actos, celebrado por EscrituraPública de fecha 23 de junio de 2005, entre PESQUERA CHICAMA S.A.C. (en calidad de cedente y arrendataria), PESQUERA LIBERTAD S.A.C. (en calidad de cesionaria)y PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C. (en calidad de interviniente y arrendador), la cedente transfiere sus derechos y acciones referentes a los inmuebles dondese encuentra ubicada la planta de procesamiento pesquero, entre otros bienes inmuebles, a favor de la cesionaria. Asimismo, presentan el documento de 30 dejunio del 2005, donde consta la Resolución de Contrato de Arrendamiento de Establecimiento Industrial, suscrito entre PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C. yPESQUERA CHICAMA S.A.C. por el cual dejan constancia que se resuelve el acto jurídico contenido en el contrato privado de fecha 1 de enero de 2004, referenteal arrendamiento de bienes muebles conformantes de la planta de procesamiento. Por otro lado, presentan el Contrato de Arrendamiento de Establecimiento Industrialde fecha 1 de julio del 2005, celebrado entre PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C. en calidad de arrendadora y PESQUERA LIBERTAD S.A.C. en calidad