Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (27/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 305106 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de noviembre de 2005 en la ciudad de Puno, a partir del 1 de diciembre de 2005. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertospor el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20110 Autorizan viaje de Director Ejecutivo de la APCI a Japón, en comisión deservicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1294-2005-RE Lima, 24 de noviembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 314-2005/APCI-DE de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la Carta Nº 01-A/194/05 de laEmbajada de Japón, el Facsímil Nº 250 de la Embajada de Perú en Japón, el mensaje cablegráfico Nº L- TOKIO20050651, y el Memorándum Nº 411-2005/APCI-GG de la Gerencia de Gestión de APCI; CONSIDERANDO:Que, con fecha 20 de agosto de 1979, se suscribió el Acuerdo Básico sobre Cooperación Técnica entre elGobierno de la República del Perú y el Gobierno de Japón, el cual fue aprobado mediante Decreto Ley Nº 22883, de 12 de febrero de 1980; Que, mediante Oficio Nº 314-2005/ APCI-DE el Director Ejecutivo de la Agencia informó al Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores respecto ala invitación efectuada por el Gobierno de Japón para que éste realice una visita de trabajo a Tokio en el marco del Convenio antes citado; Que, mediante Carta Nº 01-A/194/05, la Embajada del Japón en el Perú transmitió formalmente la invitación realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores delJapón al Director Ejecutivo de APCI, señalando que la citada invitación se extiende a aquellas personas que mantienen un rol de liderazgo en sus respectivos países,entre otras, en las áreas de política, economía y administración con el propósito de ofrecer una oportunidad para profundizar su conocimiento del Japóna través del intercambio de opiniones con expertos japoneses del ámbito gubernamental, de la cooperación económica y asistencia técnica del sector privado, y através de visitas a instituciones industriales y culturales; Que, asimismo en la Carta a que se refiere el párrafo anterior, se precisó que el costo del pasaje aéreo y estadíaserán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Japón, lo que incluye el transporte para el Programa Oficial; alojamiento, comida, intérprete/guía y seguro deviaje; Que, el financiamiento de la tasa por concepto de uso de aeropuerto que irrogue el viaje del DirectorEjecutivo a dicho país será asumido con cargo a los recursos de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, conforme al Memorando Nº 352- 2005/APCI-OAFI de la Oficina de Administración, Finanzas e Informática de APCI; Que, del Facsímil Nº 250 remitido por la Embajada del Perú en Japón y del mensaje cablegráfico Nº L- TOKIO20050651, se observa que la Agenda Tentativa prevista para el viaje del Director Ejecutivo de APCIcontiene, entre otros, reuniones con el Director del Departamento de Asuntos Países Latinoamericanos y Caribe y Director del Departamento de CooperaciónEconómica de Japón, Director de JICA, Director de Desarrollo Cuarto de JBIC, presentación en la Universidad de Waseda, así como reuniones de trabajo conrepresentantes del sector privado japonés, principalmente con inversionistas del sector infra- estructura, construcción, salud, educación, tecnología,quienes se encuentran interesados en conocer las necesidades del país y como opera nuestro sistema de cooperación técnica internacional; Que, resulta importante la participación del Director Ejecutivo en dichas reuniones por cuanto es una oportunidad para profundizar su conocimiento del Japón a través del intercambio de experiencias y opinionescon expertos japoneses tanto del ámbito gubernamental incluyendo la cooperación económica y asistencia técnica como del privado, así como visitas a institucionesindustriales y culturales; De conformidad con la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, LeyNº 27692, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 053- 2003-RE, Ley que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27619, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Oscar Schiappa Pietra Cubas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional (APCI), a Japón del 27 de noviembre al 6 de diciembre de 2005, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El gasto por concepto de uso de aeropuerto será asumido con cargo al presupuesto del Pliego 080: Agencia Peruana de CooperaciónInternacional debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo al siguientedetalle: Tarifa Nombres y Apellidos Aeropuerto S/. Oscar Schiappa-Pietra Cubas 99.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario presentará un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas en el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20111 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Civila CanadÆ, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 858-2005-MTC/02 Lima, 24 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;