Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2005 (27/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de noviembre de 2005

en la MORDAZA de MORDAZA, a partir del 1 de diciembre de 2005. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 20110

Autorizan viaje de Director Ejecutivo de la APCI a Japon, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1294-2005-RE MORDAZA, 24 de noviembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 314-2005/APCI-DE de la Direccion Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), la Carta Nº 01-A/194/05 de la Embajada de Japon, el Facsimil Nº 250 de la Embajada de Peru en Japon, el mensaje cablegrafico Nº LTOKIO20050651, y el Memorandum Nº 411-2005/APCIGG de la Gerencia de Gestion de APCI; CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de agosto de 1979, se suscribio el Acuerdo Basico sobre Cooperacion Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de Japon, el cual fue aprobado mediante Decreto Ley Nº 22883, de 12 de febrero de 1980; Que, mediante Oficio Nº 314-2005/ APCI-DE el Director Ejecutivo de la Agencia informo al Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores respecto a la invitacion efectuada por el Gobierno de Japon para que este realice una visita de trabajo a Tokio en el MORDAZA del Convenio MORDAZA citado; Que, mediante Carta Nº 01-A/194/05, la Embajada del Japon en el Peru transmitio formalmente la invitacion realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Japon al Director Ejecutivo de APCI, senalando que la citada invitacion se extiende a aquellas personas que mantienen un rol de liderazgo en sus respectivos paises, entre otras, en las areas de politica, economia y administracion con el proposito de ofrecer una oportunidad para profundizar su conocimiento del Japon a traves del intercambio de opiniones con expertos japoneses del ambito gubernamental, de la cooperacion economica y asistencia tecnica del sector privado, y a traves de visitas a instituciones industriales y culturales; Que, asimismo en la Carta a que se refiere el parrafo anterior, se preciso que el costo del pasaje aereo y estadia seran cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Japon, lo que incluye el transporte para el Programa Oficial; alojamiento, comida, interprete/guia y seguro de viaje; Que, el financiamiento de la tasa por concepto de uso de aeropuerto que irrogue el viaje del Director Ejecutivo a dicho MORDAZA sera asumido con cargo a los recursos de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, conforme al Memorando Nº 352- 2005/ APCI-OAFI de la Oficina de Administracion, Finanzas e Informatica de APCI; Que, del Facsimil Nº 250 remitido por la Embajada del Peru en Japon y del mensaje cablegrafico Nº LTOKIO20050651, se observa que la Agenda Tentativa prevista para el viaje del Director Ejecutivo de APCI contiene, entre otros, reuniones con el Director del Departamento de Asuntos Paises Latinoamericanos y Caribe y Director del Departamento de Cooperacion Economica de Japon, Director de JICA, Director de Desarrollo MORDAZA de JBIC, MORDAZA en la Universidad de Waseda, asi como reuniones de trabajo con representantes del sector privado japones, principalmente con inversionistas del sector infraestructura, construccion, salud, educacion, tecnologia,

quienes se encuentran interesados en conocer las necesidades del MORDAZA y como opera nuestro sistema de cooperacion tecnica internacional; Que, resulta importante la participacion del Director Ejecutivo en dichas reuniones por cuanto es una oportunidad para profundizar su conocimiento del Japon a traves del intercambio de experiencias y opiniones con expertos japoneses tanto del ambito gubernamental incluyendo la cooperacion economica y asistencia tecnica como del privado, asi como visitas a instituciones industriales y culturales; De conformidad con la Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, Ley Nº 27692, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0532003-RE, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27619, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA Schiappa MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), a Japon del 27 de noviembre al 6 de diciembre de 2005, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- El gasto por concepto de uso de aeropuerto sera asumido con cargo al presupuesto del Pliego 080: Agencia Peruana de Cooperacion Internacional debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision de servicios, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos MORDAZA Schiappa-Pietra MORDAZA Tarifa Aeropuerto S/. 99.00

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario presentara un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas en el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 20111

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Canada, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 858-2005-MTC/02 MORDAZA, 24 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;

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