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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (01/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G34/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de octubre de 2005 POR CUANTO: Visto, en la XXII-2005 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 065-2005-MSB-CAL yDictamen Nº 029-2005-MSB-CER, de la Comisión deAsuntos Legales y Comisión de Economía y Rentas,respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 346-MSB el Concejo Municipal de San Borja aprobó el Cuadro de Tasas yDerechos de Procedimientos Administrativos, así comoel TUPA de la Municipalidad; Que, a efecto de continuar con el proceso de ratificación del Cuadro de Tasas y Derechos de losprocedimientos y estando a lo dispuesto en el numeral36.1 del artículo 36º de la Ley de ProcedimientoAdministrativo General - Ley Nº 27444, que establece quelos procedimientos, requisitos y costos administrativosse establecen exclusivamente, en el caso de gobiernoslocales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos quedeben ser comprendidos y sistematizados en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos - TUPA; espreciso efectuar las modificaciones necesarias al Cuadrode Tasas y Derechos de Procedimientos Administrativos,así como del TUPA de la Corporación con la consiguientemodificatoria de la Ordenanza Nº 346-MSB; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite deaprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó porunanimidad la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 346-MSB Artículo Primero.- Aprobar la modificatoria del Cuadro de Tasas y Derechos de los Procedimientos Administrativos,contenido en la Ordenanza Nº 346-MSB; el mismo que enanexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la modificatoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA yServicios Prestados en Exclusividad de la Municipalidadde San Borja, contenido en la Ordenanza Nº 346-MSB;el mismo que en anexo forma parte integrante de lapresente Ordenanza. POR TANTO Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 16688 /G44/G65/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G32/G30/G2D/G4D/G53/G42 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 356-MSB San Borja, 28 de septiembre de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto, en la XXII-2005 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 066-2005-MSB-CAL de laComisión de Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 120-MSB de fecha 1 deprimero y quinto, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Artículo Primero.- Declarar zona rígida para efectos de la presente Ordenanza, el área de la Plaza Bolívar yel Boulevard San Martín y sus zonas de influenciainmediata, según el siguiente detalle: - Av. General Vivanco cuadras Nº 8 y 9. - Jr. Carlos de los Heros (antes Junín) cuadra Nº 2.- Jr. Antonio Polo (antes Julio C. Tello) cuadra Nº 8.- Plaza Bolívar cuadra 1.- Av. San Martín cuadras 9, 10, 11 y 12.- Calle José Barreda (antes Jorge Chávez) cuadra 3.- Calle Rosa Toledo (antes Santa Rosa) cuadra 2." "Artículo Quinto.- Prohibir el otorgamiento de nuevas autorizaciones de funcionamiento para el giro deestablecimiento de expendio de bebidas alcohólicas(licorerías) en la zona rígida establecida en la presenteordenanza. Prohibir el funcionamiento de locales político- partidarios y nuevos locales comerciales, restaurantes yafines en la zona rígida antes indicada, con la finalidadde cautelar el carácter histórico urbanístico que ladistingue". Artículo Segundo.- Incorporar a la Ordenanza Nº 58- MPL el siguiente artículo: "Artículo Décimo Primero.- Los establecimientos comerciales y político-partidarios existentes, no deberángenerar ruidos que excedan los 60 decibeles, mismosque al ser molestos y nocivos, afectan la salud de laspersonas que se encuentran en su interior, así como delvecindario." Artículo Tercero.- Incorporar a la Ordenanza Nº 155- MPL que aprueba el Reglamento de Aplicación ySanciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, lasiguiente infracción: Código InfracciónSanciones Reincidencia Otros CBA 2º vez 3º vez (% de U.I.T.) 2.18 Por generar rui dos que 10 25 50 Clausura excedan los 60 decibeles Temporal en la zona materia de la Ordenanza Nº 193-MPL Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia deSeguridad Ciudadana el cumplimiento de la presenteOrdenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 16771 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G73/G61/G73/G20/G79/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73 /G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G79/G64/G65/G6C/G20 /G54/G55/G50/G41/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G33/G34/G36/G2D/G4D/G53/G42 ORDENANZA Nº 355-MSB San Borja, 28 de setiembre de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA