Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2005 (01/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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incluidos los omisos, asi como a los deudores que gocen o hayan gozado de algun regimen ordinario de fraccionamiento de deudas. Podran acogerse tambien aquellos deudores que hubieran perdido los beneficios otorgados por fraccionamientos anteriores. Articulo Tercero.- Alcances del Beneficio. El beneficio comprende la condonacion de intereses moratorios, intereses legales, reajustes, gastos y costas procesales de las deudas, incluido los generados por convenios de fraccionamiento, asi como la extincion de multas tributarias, cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 30 de setiembre del 2005, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentre la deuda, o respecto de las cuales se MORDAZA presentado algun medio impugnatorio y se encuentre pendiente de resolucion. En el caso de las deudas generadas por multas tributarias, estas seran extinguidas siempre y cuando el deudor tributario u omiso cumpla o MORDAZA cumplido con la regularizacion de la MORDAZA de la declaracion jurada respectiva. Articulo Cuarto.- Forma de Pago. Todas las deudas, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, incluso si estuvieran en cobranza coactiva, podran acogerse a las siguientes formas de pago: 1. Al contado. 2. En forma fraccionada. Articulo Quinto.- Pago Fraccionado. El numero MORDAZA de cuotas aplicables es de 15 cuotas. Si se tuviera un fraccionamiento vigente, se podra renunciar al mismo y suscribir uno MORDAZA, de conformidad con el articulo MORDAZA y segun el procedimiento dispuesto en la presente Ordenanza. No podran ser materia de fraccionamiento las deudas generadas por los Impuestos de Alcabala y a los Espectaculos Publicos No Deportivos, por contravenir lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal. Los fraccionamientos que se realicen durante la vigencia de la presente Ordenanza quedaran exonerados del pago de los derechos de fraccionamiento. Excepcionalmente, atendiendo a la situacion economica del deudor, el Ejecutivo de la Gerencia de Administracion Tributaria autorizara cuotas de fraccionamiento en condiciones distintas a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Del Plazo de Acogimiento. El plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Deudas establecido en la presente Ordenanza, vence el 2 de noviembre del 2005. Articulo Setimo.- De los Pagos Efectuados. Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son validos y no se encuentran sujetos a compensacion y/o devolucion. Articulo Octavo.- Desistimiento. En el caso que se hubiera interpuesto recursos impugnatorios tendientes a cuestionar las deudas materia de acogimiento al procedimiento de regularizacion, los contribuyentes y/o responsables, deberan presentar su escrito de desistimiento ante la Gerencia de Tramites y Autorizaciones. Si el procedimiento se encontrara tramitandose ante otro organo se debera presentar MORDAZA del escrito de desistimiento presentado. Articulo 10º.- Notificaciones y Multas Administrativas. Extinguir las notificaciones y multas administrativas generadas hasta el 31 de diciembre del 2000. Extinguir las notificaciones y multas administrativas generadas desde el 1 de enero del 2001 hasta el 30 de setiembre del 2005, cuyo valor insoluto sea igual o menor a S/. 250.00 nuevos soles. Condonar el 75% del monto de las notificaciones y multas generadas hasta el 30 de setiembre del 2005 por el pago al contado.

Si, como consecuencia de la aplicacion del presente articulo, se extingue la obligacion principal, se entenderan extinguidas las accesorias; es decir, los reajustes, derechos de emision, gastos administrativos y costas procesales segun corresponda. En ningun caso, el pago de la sancion administrativa exime al obligado a cumplir con la obligacion formal pendiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargatura. Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Fiscalizacion y Control el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Facultades Delegadas. Delegar en el MORDAZA la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. Tercera.- Aplicacion Supletoria. Para todo lo no regulado en la presente Ordenanza se aplicara el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16772

Aprueban Reglamento de Organizacion, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduria Publica Municipal
ORDENANZA Nº 203 Miraflores, 29 de setiembre de 2005 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, confor me dispone el ar ticulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a Ley; Que, en el ambito de los Gobiernos Locales, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por su parte, el articulo 29º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, dispone que la representacion y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en juicio se ejercitan a traves del organo de defensa judicial, el cual esta a cargo de procuradores publicos municipales designados por el MORDAZA, quienes dependen administrativamente de la Municipalidad y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, asimismo, el tercer parrafo del precitado articulo 29º, establece que el Concejo Municipal, a propuesta del MORDAZA, aprueba el Reglamento de Organizacion, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduria Publica Municipal;

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