Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2005 (01/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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incisos a), d), f), h) y j) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276. - Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta Comision de Faltas Administrativas de caracter disciplinario tipificadas en el Inc. b) del Art. 21º, e), incisos a), d), f), h) y j) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. - Que, el Procurador Publico Municipal, inicie las acciones judiciales que le franquea la ley, a fin de que se declare la nulidad de la Resolucion de Alcaldia Nº 2488-2002-MDSSP/ A de fecha 27 de diciembre del 2002 que reconocio montos excesivos tanto en el pago de CTS, Compensacion Vacacional y Remuneraciones Devengadas a favor del ex funcionario Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se practique una nueva liquidacion del mencionado ex funcionario. - Que, el Procurador Publico Municipal inicie las acciones judiciales que le franquea la ley, a fin de que se declare la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 007-2001-MDSSP/ DM de fecha 20 de setiembre del 2001 que reconoce y otorga el 25% (quinto quinquenio) por Bonificacion Personal, asimismo resuelve acceder y conceder a favor del ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la suma de S/. 6,300.00 Nuevos Soles equivalente a dos Remuneraciones Mensuales Totales como "Asignacion por cumplir 25 anos de Servicios al Estado" y finalmente se proceda al recupero del pago indebido. - Que, en cuanto se refiere a la responsabilidad administrativa civil y/o penal que hubiere del Sr. MORDAZA MORDAZA SAL Y MORDAZA ex MORDAZA por su condicion de autoridad electa la Procuraduria Municipal debera iniciarle las acciones judiciales pertinentes. - Que, el presente informe se derive a la Gerencia de Asesoria Juridica para su evaluacion por existir la presuncion de haberse cometido ilicitos penales por parte de los funcionarios involucrados. De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Ley Nº 27444, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director Municipal, FREDY MORDAZA YAYA ex Director de la Oficina de Asesoria Juridica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de la Unidad de Personal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Secretario General por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Procurador Publico Municipal efectue las acciones ante el Poder Judicial conducentes a la nulidad de la R.A. Nº 2488-2002-MDSSP/ A de fecha 27 de diciembre del 2002 y la Resolucion Directoral Nº 007-2001-MDSSP/DM de fecha 20 de setiembre del 2001, via MORDAZA Contencioso Administrativo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la notificacion de la presente resolucion a traves del Diario Oficial " El Peruano", conforme a ley, a los ex funcionarios comprendidos en el Art. 1º de la presente resolucion en un plazo de 72 horas contados a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Los ex funcionarios procesados deberan presentar sus descargos respectivos en el termino de 5 dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion conforme a lo previsto en el D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa del Decreto Legislativo Nº 276. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 16679

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Amplian alcances de la Ordenanza Nº 58-MPL que declaro MORDAZA rigida al Boulevard San MORDAZA y sus zonas de influencia inmediata y modifican la Ordenanza Nº 155-MPL
ORDENANZA Nº 193-MPL Pueblo Libre, 28 de septiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO, en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 012-2005-MPL/CPL-CPDU de la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA, con relacion al proyecto de Ordenanza que amplia los alcances de la Ordenanza Nº 58-MPL que declaro MORDAZA rigida al Boulevard San MORDAZA y zonas de afluencia inmediata; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, senala que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme a lo establecido por el numeral 3.6.4 inciso l) del ar ticulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, es funcion especifica de las municipalidades normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; Que, conforme a lo dispuesto por los articulos 11º y 12º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, se establece que la inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas le otorga personeria juridica al partido politico, no se requiere de autorizacion para la apertura y funcionamiento de locales par tidar ios, salvo el cumplimiento de las normas municipales relativas a zonificacion, urbanismo, salud e higiene; Que, mediante Ordenanza Nº 58-MPL de fecha 26 de MORDAZA del 2001, se declaro MORDAZA rigida al Boulevard San MORDAZA y zonas de afluencia inmediata, con la finalidad de resguardar su caracter historico - urbanistico en beneficio del vecindario; Que, es preciso ampliar los alcances de la citada ordenanza, con la finalidad de proteger aun mas, la MORDAZA historica del distrito, la que constituye Patrimonio Cultural de la Nacion; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por MAYORIA y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 58-MPL de fecha 26 de MORDAZA del 2001, que declaro MORDAZA rigida al Boulevard San MORDAZA y sus zonas de influencia inmediata, modificandola en sus articulos

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