TEXTO PAGINA: 83
PÆg. 302067 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de octubre de 2005 convenios suscritos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. La evaluación de las operaciones de deuda pública se realizará con un enfoque integral que comprenda lanegociación, concertación y utilización de los recursos,debiendo verificar la existencia de políticas de endeudamiento orientadas a generar recursos para atender el pago del servicio de la deuda, así como la rentabilidadeconómica y social de los proyectos de inversión. 5. El control del medioambiente estará orientado a examinar los resultados de gestión obtenidos por losorganismos públicos u órganos competentes, en términos del logro de los objetivos y metas; evaluando el cumplimiento de los Convenios Internacionales suscritospor el Gobierno Peruano sobre medioambiente, recursosnaturales y patrimonio cultural; así como los convenios ocontratos suscritos de manera particular por la entidad. Se examinará, si las acciones de supervisión y fiscalización desarrolladas por los órganos sectoriales y regionales competentes se enmarcan dentro de un plande control estructurado orientado a prevenir y preservarel medio ambiente, y a corregir los impactos ambientalesnegativos; apoyados en límites máximos permisibles,estándares de contaminación, sistemas de información, indicadores de monitoreo, registros de verificación u otros; así como el grado de cumplimiento de la programación. 6. En apoyo al proceso de modernización del Estado, se incidirá en el control de gestión a los procesos dedescentralización e inversión pública; así como, en laevaluación del cumplimiento de los compromisos suscritos por las Entidades Públicas en el marco de los Convenios de Administración por Resultados, en términos de objetivos ymetas. 7. Se dará especial énfasis a la programación de acciones rápidas, operativos de control e inspecciones, orientados ala atención oportuna de denuncias ciudadanas, pedidos del Congreso de la República y verificación de actos de corrupción con evidencia fehaciente. 8. La supervisión y control del Programa del Vaso de Leche comprende las acciones de seguimiento y evaluacióndel gasto efectuado por las municipalidades en términosfinancieros y de productos, y la realización de exámenes especiales orientados a verificar el cumplimiento normativo y la calidad de los servicios brindados. 9. Control previo de los procesos encargados a la Contraloría General por Ley expresa, tales como el pagode presupuestos adicionales de obra pública, lasadquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras con carácter de secreto militar u orden interno exonerados de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa; la opinión sobre las fianzas ygarantías otorgadas por el Estado sobre las operacionesde endeudamiento y otros. 10. En apoyo al proceso de descentralización vía los Gobiernos Regionales, la Contraloría General supervisará la adecuada transferencia de los proyectos especialesde interés regional y de sus presupuestos, recursoshumanos, patrimonio y otros activos; adicionalmente,evaluará el cumplimiento del Plan Nacional deDescentralización 2004 - 2006 y de los planes de transferencia sectoriales, coordinando para el efecto con el Consejo Nacional de Descentralización. 11. La evaluación de Programas Gubernamentales se realizará dentro de un enfoque de gestión proactivoorientado a recomendar acciones de mejora, mediante eluso de instrumentos como el seguimiento, la evaluación y el control de gestión, incidiendo en los programas de lucha contra la pobreza, promoción del empleo, programasbásicos y de emergencia en educación y salud, programasde vivienda y saneamiento rural, asistencia alimentaria,programas de modernización administrativa y reforma delos servicios. El objetivo principal de la evaluación es determinar la efectividad con que se cumplen los objetivos y metas de los programas y sus impactos sobre lapoblación beneficiaria, medir el avance físico financieroe identificar las causas que originan las desviaciones enla ejecución, planteando las acciones correctivas y desuperación a los problemas de gestión detectados. El planeamiento de esta acción requiere un trabajo coordinado con los OCI, quienes proveerán informaciónútil para los fines de evaluación y, eventualmente, seunificarán criterios respecto al objetivo y alcance de algúnencargo de control que posibilite contar con una muestra representativa para las evaluaciones macro. 2.3 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL A NIVELSECTORIAL Son lineamientos complementarios a los descritos en el ítem 2.1, que expresan las políticas y prioridades enmateria del control de gestión, aplicables a los sectoresdel Gobierno Nacional y sus instituciones adscritas. C. Lineamientos para el Control del Gobierno Central 1. Los Planes de Control de los sectores Educación, Salud y Vivienda, Construcción y Saneamiento, comprenderán en su programa la realización de accionesde control orientadas a evaluar la provisión y gestión delos servicios básicos y de los programas mástrascendentes, incidiendo en las metas y coberturaslogradas, y en el acceso de la población de menores recursos ubicada en zonas rurales y urbano marginales. Son áreas de interés para el control, los programas de salud, educación y saneamiento básico rural; losprogramas de vivienda Techo Propio y Mi Vivienda de laszonas urbanas y rurales, los proyectos con financiamientoexterno y los créditos otorgados a través del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda y el Banco de Materiales, para la construcción de viviendas populares. 2. Los Planes de Control para los sectores Agricultura, Energía y Minas, y Producción (Pesquería-Industria),considerarán en su programación la realización deacciones de control orientadas a evaluar proyectos de desarrollo y/o programas de interés nacional y regional; la eficacia de las obras y acciones de promoción deactividades extractivas, productivas y de transformación,así como sus impactos sobre la producción, protecciónde recursos naturales y el medio ambiente, empleo eingresos de la pequeña y mediana agricultura, pequeña y mediana minería, pequeña y mediana empresa. Son áreas de interés para el control, las acciones destinadas a promover la competitividad y valor agregado,la dotación de infraestructura de apoyo a la producción,las actividades de investigación y transferencia detecnología, y los mecanismos financieros como el manejo de fondos rotatorios en el sector Agricultura y las líneas de crédito de COFIDE. En Pesquería, se dará énfasis alcontrol de los establecimientos industriales pesqueros yconvenios suscritos. 3. Los Planes de Control del sector Comercio Exterior y Turismo abordarán acciones de control orientadas a examinar la generación de condiciones de acceso y competencia en los mercados internacionales, la promocióndel desarrollo y exportaciones en Zonas Especiales, el usoracional y sostenible de los recursos turísticos y la promocióndel turismo basado en la iniciativa privada. Son áreas de interés para el control, los resultados de la promoción de exportaciones en las Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial (CETICOS) y ZonasEspeciales de Desarrollo; y los resultados de la expansióny diversificación turística sustentada en la organización delinventario nacional de recursos turísticos y planes dedesarrollo. 4. Los Planes de Control de los sectores Transporte y Energía deben considerar acciones de control orientadasa examinar los proyectos de generación energética y deintegración vial nacional, departamental y rural; elmantenimiento del sistema de transportes, y sus impactoseconómicos y en el empleo, resultantes del incremento de la capacidad energética y de la articulación de los centros poblados y centros de producción y consumo. Se darápreferente atención a los proyectos respaldados porfinanciamiento externo. El alcance del control podrá comprender la inversión y metas logradas, los procesos de licitación pública internacional y nacional, y la gerencia técnica y control de los proyectos, según las condiciones de riesgo en lascuales se desarrollan las actividades. 5. En los sectores Defensa e Interior, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 052-2001-PCM, sepriorizará el control de las adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios y obras con carácter de secreto militar