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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (12/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 86

PÆg. 302070 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de octubre de 2005 Control, así como la evaluación correspondiente, se efectuarán respecto al Plan Anual de Control aprobado,o sobre la última modificación aprobada. F. ELABORACIÓN DEL PROYECTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL El Plan Anual de Control, es el instrumento orientador de la gestión del OCI en materia de control gubernamental, el cual contiene el total de Acciones de Control yActividades de Control programadas durante el año. Comodocumento de gestión, resulta del proceso de planeamientoy programación del control, conforme a los criterios ydisposiciones en la presente Directiva, los objetivos y lineamientos de política aprobados, así como por las disposiciones específicas impartidas por las unidadesorgánicas de línea a cuyo ámbito de control pertenecen. 1. Asignación de la Capacidad Operativa para la programación. Para la programación de Acciones y Actividades de Control deberá considerarse la capacidad operativa disponible del personal auditor del OCI, la cual comprendeal personal nombrado y contratado bajo cualquiermodalidad que forma parte del mismo. Se considera un estándar de 230 días útiles al año y 8 horas diarias por auditor, equivalentes a un total de 1,840 h/h anuales laborables por cada auditor incluyéndose al Jefe del OCI; salvo los casos en que elnúmero de días útiles al año o la jornada de trabajo difieradel estándar (si el caso lo amerita, podrá incluirsefracciones de hora), en cuyo caso se procederá a adecuarlos cálculos correspondientes. Debiéndose señalar las justificaciones necesarias en el Oficio de remisión del proyecto de Plan Anual de Control. Previamente a la formulación del proyecto de Plan Anual de Control, se descontará del total de 230 díasútiles del año, aquellos necesarios para la culminaciónde las Acciones de Control que al 31 de diciembre del año anterior se estime "En Proceso", dichas Acciones de Control mantendrán su código de inicio. 2. Distribución estándar de las h/h/ del Personal Auditor Disponible Luego de descontar los días necesarios para atender los pasivos de Acciones de Control, en base a los días restantes se efectuará la programación del PAC-2006, debiendo efectuarse la siguiente distribución: - 50% serán destinadas para efectuar Acciones de Control. - 30% serán destinadas a efectuar Actividades de Control. - 20% será reservado para efectuar Encargos de Acciones y Actividades de Control, que en su oportunidaddisponga la CGR. Los porcentajes de programación entre las Acciones de Control y las Actividades de Control pueden diferir en+/- 5% del estándar establecido; sin embargo el 20%destinado a Encargos deberá mantenerse invariable. 3. Criterios y disposiciones para la programación de las Acciones de Control Para la selección de las Acciones de Control a ser incorporadas en el proyecto de Plan Anual de Control se aplicarán los siguientes criterios y disposiciones: 3.1 Criterios a. Las Acciones de Control a incluirse en el proyecto del Plan Anual de Control, serán resultado de lapriorización que se efectúe tomando en cuenta losrecursos disponibles y considerando entre otros los siguientes criterios: • Áreas o procesos de riesgo, o de relevancia para la Entidad. • Denuncias sustentadas. • Materialidad. • Impacto social.• Carencia o insuficiencia de Controles internos.• Significativo número de recomendaciones Pendientes de implantar, producto de los Informes resultantes deAcciones de Control.• Pedidos del Congreso de la República. • Áreas o procesos de importancia que no han sido examinados los últimos años. b. El alcance de las Acciones de Control debe considerar en lo posible períodos de no más de dos añosanteriores a la ejecución de la Acción de Control, quepermitan la adopción de medidas correctivas inmediatas. 3.2 Disposiciones a. Al menos una de las Acciones de Control programadas, deberá estar destinada a las áreas oprocesos que constituyen la función principal, expresión de la misión institucional. b. Únicamente, cuando la entidad no cuente con los recursos para solicitar la designación de una Sociedadde Auditoría encargada de efectuar la Auditoría a laInformación Financiera y el Examen Especial a laInformación Presupuestaria conforme a la Directiva Nº 013-2001-CG/B340, el OCI incluirá en su programación las referidas acciones de control. c. El OCI deberá programar la Auditoría a los Estados Financieros de CAFAE en concordancia con lo dispuestoen la Directiva Nº 02-2003-CG/CE "Disposiciones para laAuditoría a la Información Financiera emitida por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE". d. El OCI de gobierno local deberá programar el Examen Especial correspondiente al Programa del Vaso de Leche,en armonía con lo dispuesto en la Directiva Nº 07-99-CG/SDE "Lineamientos para la Auditoría al Programa del Vaso de Leche por los órganos de auditoría del Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoría designadas en elámbito de los gobiernos locales". e. El OCI cuya entidad ha concertado operaciones de endeudamiento público el año anterior, deberá programar,un Examen Especial con el objeto de determinar la adecuada utilización de los recursos provenientes de dichas operaciones. Incluyendo en el caso de lasmunicipalidades, aquellas que se hayan efectuado sin avaldel Gobierno y con cargo al FONCOMUN. 4. Criterio y disposiciones para la programación de las Actividades de Control 4.1 Criterio Todo encargo dado por cualquier otra norma que no provenga del ente técnico rector, se considera Actividadde Control, salvo que el mismo señale en forma expresaque se trata de una Acción de Control en alguna de sus tres modalidades: Examen Especial, Auditoría Financiera, Auditoría de Gestión. 4.2 Disposiciones a. Evaluación de Control Interno - El OCI programará la revisión de la Estructura del Control Interno en las áreasestratégicas o de mayor riesgo para la entidad, elaborando un Informe conteniendo las recomendaciones orientadas a prevenir la ocurrencia de actos irregulares o alertar deriesgos potenciales a la administración. Dicho documento,será remitido al Titular de la entidad para la adopción delas medidas pertinentes, y simultáneamente a la CGRpara su conocimiento. b. Veeduría - El OCI participará como observador a través de un representante veedor de los actos públicosde Buena Pro en los proceso de Adquisiciones yContrataciones - Directiva Nº 06-2001-CG. c. Comisión Especial de Cautela - El OCI participará en la Comisión Especial de Cautela en concordancia con lo establecido en el Artículo 9º del Reglamento de la Designación de Sociedades de Auditoría - R.C. Nº 140-2003-CG. d. Evaluación de las Denuncias - El OCI efectuará la evaluación de denuncias con celeridad y oportunidad, aefecto de garantizar una actuación oportuna frente a hechosde gravedad que atenten contra el interés fiscal, o conlleven a riesgos de prescripción - Directiva Nº 008-2003-CG/DPC. e. Presupuestos Adicionales de Obra - El OCI evaluará selectivamente los Presupuestos Adicionales de Obra queno superen el monto requerido para solicitar la opiniónprevia de la CGR - Directiva Nº 012-2000-CG/OATJ-PRO. f. Informe de Evaluación de Cumplimiento de las Medidas de Austeridad.- El OCI presentará el