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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (12/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 88

PÆg. 302072 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de octubre de 2005 de OCI. Asimismo, la supervisión y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Control correspondeefectuarla a las respectivas unidades orgánicas de líneade la CGR. b. Previo al inicio de la ejecución de una Acción de Control, el OCI requerirá a la unidad orgánica de línea bajo cuyo ámbito se encuentra, las denuncias evaluadas que se relacionan con el objetivo de la Acción de Controla iniciarse. La unidad orgánica de línea proporcionará alOCI las denuncias que ameritan verificarse, cautelandola identidad del denunciante. La unidad orgánica de línea atenderá el requerimiento dentro de los cinco (5) días útiles de recepcionado, transcurrido el plazo y de no recibir respuesta, el OCIdará inicio a la Acción de Control. c. El inicio de toda Acción de Control no programada, deberá ser informada oportunamente a la unidad orgánicade línea de la CGR a cuyo ámbito pertenece, para lo cual enviará vía Web la información del Formato A-1 "Programación de Acciones de Control", y luego laimprimirá y procederá a remitirla en forma impresa. d. La ejecución de las Acciones de Control, se registrará en el SAGU según el Formato B-1 "Estado deEjecución de las Acciones de Control" según el instructivo que forman parte de la presente Directiva. De igual manera, la ejecución de las Actividades de Control seregistrará de acuerdo al Formato B-2 "Estado de Ejecución de las Actividades de Control" según el instructivo queforman parte de la presente Directiva, los cuales debenser remitidos vía Web. e. Para cada una de las Acciones o Actividades de Control, se consignará en los formatos B-1 y B-2, el gradode ejecución acumulado en el período, considerándoseque: - Se encuentran "En Proceso" o "Suspendidas" si presentan un avance mayor a 0% y menor a 100%. - Se encuentran "Concluidas" si presenta un valor de 100%. - Se encuentras "Pendientes" si presenta un valor de 0%. f. El grado de ejecución para el caso de la Acción de Control en su conjunto se registra en el Formato B-1, yse informará según los siguientes parámetros: Etapa Grado de Ejecución Planificación Específica Mayor a 0% hasta 20% Ejecución Mayor a 20% hasta 80% Elaboración y Aprobación del Informe Mayor a 80% hasta 100% g. Las Acciones de Control y Actividades de Control que se encuentren en situación de "Pendientes" al 31 dediciembre de cada año de ejecución, deberán ser"Canceladas" y registradas como tal en el SAGU.Asimismo, las Acciones de Control "Suspendidas" queno serán reiniciadas deberán ser canceladas, precisándose las justificaciones del caso. 2. Modificación del Plan Anual de Controla. Los OCI podrán requerir hasta el mes de setiembre del año de ejecución, la modificación de su Plan Anual de Control aprobado, sólo cuando existan razones justificadas de interés institucional o que afectensustancialmente el accionar del OCI, como sonreorganización institucional; fusión de entidades;absorción; reducción significativa de la capacidadoperativa del OCI; entre otras. b. Previamente al registro en el SAGU de una propuesta de modificación del PAC, el OCI deberá contarcon la conformidad de la unidad orgánica de líneacompetente. Luego de lo cual, el OCI procederá a registrarsu propuesta, la cual seguirá el procedimiento vigentepara su aprobación. 3. Modificación de la programación de Acciones de Control del Plan Anual de Control El OCI podrá solicitar la modificación de los cronogramas de programación de las Acciones de Controlcontenidas en su Plan Anual de Control, cuando existan causas justificadas y siempre que no se altere el númerototal de Acciones de Control inicialmente programadas. La unidad orgánica de línea evaluará y de ser el caso aprobará dicha solicitud, comunicando al OCI por escritosu conformidad. El OCI procederá a registrar a continuación en el SAGU su propuesta de modificación para su remisión a la CGR. Luego de evaluar laconsistencias de la información recibida, la unidadorgánica de línea solicitará a la Gerencia de Planeamientoy Control, la generación del código correspondiente. 4. Informe de cumplimiento del Plan Anual de Control a. El Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, es un documento de gestión elaborado por elOCI por medio del cual se informa a la unidad orgánica de línea correspondiente, el grado de ejecución de las Acciones y Actividades de Control contenidas en el PlanAnual de Control, la realización de Acciones y Actividadesde Control no programadas, así como los argumentosque explican los retrasos o incumplimientos de las metasdel período. En el Anexo Nº4 adjunto, se encuentra la estructura y contenido del Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control. b. El Informe de Cumplimiento trimestral del Plan Anual de Control se presentará en las fechas siguientes: Fecha de Fecha de avance Período de Presentación a ser consignada Ev aluación 10 de abril de 2006 31.MAR.2006 Enero-Marzo 10 de julio de 2006 30.JUN.2006 Enero-Junio 10 de octubre de 2006 30.SET.2006 Enero-Setiembre 10 de enero de 2007 31.DIC.2006 Enero-Diciembre Para el registro del Informe de Cumplimiento en el SAGU, se considerará como Fecha de Avance el último día del período de evaluación, debiendo alcanzarse elmismo dentro de los 10 días calendario de vencido el período de evaluación. (En caso la fecha de presentación coincida con un día no laborable, se extenderá la fecha de presentación hasta el siguiente día útil). c. El OCI elaborará y remitirá a la CGR en forma impresa, el Informe de Cumplimiento del Plan Anual deControl, en base a la estructura y contenido del Anexo Nº 4. Asimismo, previamente deberá remitir vía Web, la información correspondiente a los Formatos B-1" Estado de Ejecución de las Acciones de Control", B-2 "Estado de Ejecución de las Actividades de Control", y el Formatodenominado "Información Básica de Entidades Sujetasal Sistema Nacional de Control". d. Los OCI de órganos desconcentrados de los Sectores (excepto del Sector Defensa) así como de los OCI de órganos desconcentrados de los Gobiernos Regionales, además de remitir a la CGR su Informe deCumplimiento del Plan Anual de Control, alcanzarán alOCI del Sector o Gobierno Regional según corresponda,una copia del mismo, para su conocimiento enconcordancia con su competencia funcional. e. En caso de no presentarse el Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, las unidadesorgánicas de línea competentes notificarán a los omisos,dentro de los cinco (05) días útiles posteriores alvencimiento, sin perjuicio de la adopción de las accionesque correspondan. I. EVALUACIÓN DE LOS INFORMES DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL 1. La evaluación de los Informes de Cumplimiento del Plan Anual de Control es el análisis periódico efectuado por las unidades orgánicas de línea a los OCI bajo su ámbito de control, que les permite determinar el gradode cumplimiento de las metas programadas por los OCIbajo su ámbito de control, la misma que servirá para laadopción de las acciones correspondientes. 2. En caso de ser observado el contenido del Informe de Cumplimiento o el contenido de los archivos remitidos del SAGU, éste será comunicado para la subsanacióncorrespondiente, procediéndose de la siguiente manera: