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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (31/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 31 de octubre de 2005 manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 154-FSD-SDC-DRC-C-INC- 2004 de fecha 12 de octubre de 2004, el Lic. FranciscoSolís Díaz, Arqueólogo de Catastro de la Dirección delInstituto Nacional de Cultura Cusco, remite el Expediente Técnico de Delimitación del Sitio Arqueológico de Chimaraqay, Cusco; Que, mediante Informe Nº 284-2005-INC-DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 8 de junio de 2005, el Bach. Ing.Luis Danilo Zapata Martínez, de la Subdirección deInvestigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que el expediente presenta observaciones técnicas; Que, con Oficio Nº 1059-INC-DREPH/DA-D de fecha 9 de junio de 2005, la Dirección de Arqueología, remite ala Dirección del Instituto Nacional de Cultura Cusco lasobservaciones técnicas al Expediente de Delimitación; Que, mediante el Oficio Nº 519-DRC-INC-C-2005 de fecha 20 de julio de 2005 la Directora (e) de la Direccióndel Instituto Nacional de Cultura Cusco, remite a laDirección de Arqueología la corrección de lasobservaciones indicadas en el oficio señalado en elconsiderando precedente; Que, en el Informe Nº 649-2005-INC-DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 10 de octubre de 2005, de laSubdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, se concluye que se ha cumplido consubsanar las observaciones planteadas al ExpedienteTécnico de Delimitación del Sitio Arqueológico Chimaraqay, ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco; Que, mediante Acuerdo Nº 599 de fecha 18 de octubre de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Chimaraqay, ubicado en el distrito de SanJerónimo, provincia y departamento de Cusco; - Aprobar el Expediente Técnico de Delimitación del Sitio Arqueológico de Chimaraqay, ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, de fecha julio de 2005, elaborado por el Lic. FranciscoSolís Díaz y el Ing. Juan Bravo Gudiel, de la Dirección deInvestigación y Catastro de la Dirección del InstitutoNacional de Cultura Cusco; - Las áreas con grados de intangibilidad planteados en el Expediente Técnico en mención, no tiene un sustento técnico-legal, por lo que toda el área del plano presentadotendrá el carácter de intangible; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto SupremoNº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Chimaraqay, ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco. Artículo 2º.- Aprobar el Expediente Técnico de Delimitación del Sitio Arqueológico de Chimaraqay,ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia ydepartamento de Cusco, de fecha julio de 2005, elaborado por el Lic. Francisco Solís Díaz y el Ing. Juan Bravo Gudiel, de la Dirección de Investigación y Catastro de la Direccióndel Instituto Nacional de Cultura Cusco.Artículo 3º.- La totalidad del área del plano presentado tendrá el carácter de intangible. Artículo 4º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico mencionado en el Artículo 1º y al Expediente Técnico de Delimitación señalado en el Artículo 2º de la presenteresolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberán contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18361 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1432/INC Lima, 20 de octubre de 2005 VISTO, el Oficio Nº 1462-2005-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 8 de setiembre de 2005 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura estáencargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1462-2005-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 8 de setiembre de 2005, el Ing. DomingoJaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural delMinisterio de Agricultura, remite el expediente técnico del sitio arqueológico Pacarán 01, ubicado en el distrito de Pacarán, provincia de Cañete, departamento de Lima,elaborado por la Lic. Nohemí Ortiz Castillo; Que, mediante Informe Nº 655-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 11 de octubre de 2005, la Bach.Connie Judith Castro Gutiérrez, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del PatrimonioHistórico, informa que el expediente técnico no presentaobservaciones; Que, mediante Acuerdo Nº 598 de fecha 18 de octubre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Pacarán 01, ubicado en el distrito dePacarán, provincia de Cañete, departamento de Lima; - Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pacarán 01 Nº 280-INC-PETT-2004 de fecha junio de2004, a escala 1/1000, ubicado en el distrito de Pacarán,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva;