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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 31 de octubre de 2005 Artículo Tercero .- AGRADECER a Supermercados Peruanos S.A. la colaboración prestada en la recolecciónde fondos realizada del 16 de junio al 15 de setiembre de2005 a través de sus locales de Plaza Vea ubicados en elCentro Comercial Jockey Plaza Shopping Center y JavierPrado Este 2060, San Borja, a favor de la Biblioteca Nacional del Perú; y a los clientes de dicha institución privada que efectuaron sus donativos menores (“vueltos”)en las cajas de esos establecimientos comerciales. Artículo Cuarto.- Remítase copia de la presente Resolución, a las entidades referidas en el numeral 23.2del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentrode los diez días hábiles siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SINECIO LÓPEZ JIMÉNEZ Director Nacional 18378 CONASEV /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65 /G61/G6E/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G62/G61/G6E/G6B/G2C/G20/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G73/G75 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G70/G72/G6F/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 112-2005-EF/94.11 Lima, 26 de octubre de 2005 VISTOS: El expediente Nº 2003018730 y el Memorándum Nº 03361-2005-EF/94.45 del 26 de octubre de 2005 de laGerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 068-2003-EF/ 94.11, del 26 de setiembre de 2003, se aprobó el trámiteanticipado, se inscribió el primer programa de bonosdenominado “Primer Programa de Bonos del BancoInternacional del Perú S.A.A. - Interbank” hasta por la suma de US$ 130 000 000,00 (ciento treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o suequivalente en Nuevos Soles y se dispuso el registro delprospecto marco correspondiente, en el Registro Públicodel Mercado de Valores; Que, de acuerdo con la delegación de facultades contenida en la Junta General de Obligatoria Anual de Accionistas del Banco Internacional del Perú S.A.A. -Interbank, celebrada el 31 de marzo del 2003, el GerenteGeneral de la sociedad prorrogó el plazo de vigencia delprograma de emisión de bonos; Que, mediante Oficio Nº 18667-2005-SBS del 23 de septiembre de 2005, la Superintendencia de Banca y Seguros comunicó a Banco Internacional del Perú S.A.A.- Interbank que en vista de que el “Primer Programa deBonos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank”incluye la emisión de diferentes tipos de instrumentos,dicha institución evaluará y emitirá opinión por la emisión de cada tipo de instrumento; Que, Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank ha solicitado a CONASEV la renovación del trámiteanticipado, la prórroga del “Primer Programa de Bonosdel Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank” y lainscripción del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank ha cumplido con presentar la información requerida porla Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios ynormas complementarias; Que, el artículo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las ResolucionesEmitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a aprobaciones de trámites anticipados relativos a lainscripción de valores mobiliarios o al registro deprospectos informativos correspondientes a programasde emisión en el Registro Público del Mercado de Valores,deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, elReglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios, así como al acuerdo adoptado en sesión del Directorio de CONASEV del 6 de abril de 1999, según el cual el Gerente General de CONASEV seencuentra facultado para aprobar el trámite anticipadode inscripción de valores y/o registro de prospectos,disponer el registro de los prospectos informativos, asícomo la inscripción de los programas de emisión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la renovación del trámite anticipado correspondiente al “Primer Programa de Bonosdel Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank” hasta por la suma de US$ 130 000 000,00 (ciento treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica) o su equivalente en Nuevos Soles; autorizar laprórroga de la inscripción de dicho programa; y disponerla inscripción del prospecto marco correspondiente, enel Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank mantenga su condición de EntidadCalificada y se trate de la emisión de valores típicos, lainscripción de los bonos y el registro de los prospectoscomplementarios a utilizar en la oferta pública a la quese refiere el artículo precedente se entenderán realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de lasobligaciones y el registro de los prospectoscorrespondientes se sujetarán a lo dispuesto en el artículo14º, literal b), numeral 2 del Reglamento de Oferta PúblicaPrimaria y de Venta. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a realizarse en el marco del “Primer Programa de Bonosdel Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank”deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por elartículo 25 y, de ser el caso, artículo 29º del Reglamentode Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que serefieren los artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. La colocación de los bonos deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados apartir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado.El plazo de colocación es prorrogable hasta por un períodoigual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitudde prórroga, en ningún caso podrá ser presentadadespués de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presenteresolución no implican que CONASEV recomiende lainversión en los valores u opine favorablemente sobre lasperspectivas del negocio. Los documentos e informaciónpara una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV enInternet. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank, en su calidad de emisor; a Banco de Crédito del Perú, en su calidad de