Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (31/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 31 de octubre de 2005hijos menores de 18 años de edad, cumplida esa edad subsiste sólo en los siguientes casos:a) Para los hijos que sigan estudios de nivel básico o superior, hasta que cumplan los 21 años. b) Para los hijos mayores de 18 años cuando adolecen deincapacidad absoluta para el trabajo desde su minoría de edad o cuando la incapacidad que se manifieste en la mayoría de edad tenga su origen en la etapa anterior aella. En este caso tendrán derecho además de la pensión de orfandad al pago de una bonificación mensual igual a una remuner ación mínima vital. Tratándose de hijos adoptivos el derecho se genera si la adopción ha tenido lugar antes de los 18 años y antes que el adoptante haya cumplido los 65 años de edad ysiempre que el fallecimiento ocurra después de 36 meses de producida la adopción. Este requisito no rige cuando el deceso ocurre por accidente.Se deberán presentar los siguientes documentos: En caso de ser hijo adoptiv o: - Resol. que declare haberse realizado la adopción por el causante: copia exped. por el funcionario competente - Partida de nacimien. con la anotación correspondiente que haya dispuesto la adopción por el causante; máximo tres meses de antigüedad. - Partida de Defunción de la esposa del causante. En caso de ser hijo incapacitado: - Para el caso que el solicitante sea cur ador, documento que lo acredite como tal. - Partida de Nacimiento del hijo incapacitado; máximo tres meses de antigüedad. - Resolución emitida por una Comisión Médica del Seguro Social de Salud - ESSALUD declarando la incapacidad absoluta para el trabajo. D) Reconocimiento de Pensión de Solicitud según formato/s autorizado/s adjuntando: Gratuito Negativo Mesa de partes de la Jefe Of. Administrat Reconsideración: Jefe Of. Sobrevivientes Ascendientes - Copia simple del doc. de id.vigente del solic.o rep.legal UNALM de Personal Adm. de Personal - Acta de Defunción del causante original, max. 3 Apelación: Rectorado D. Ley Nº 20530 Art 36º sustituido . meses de antigüedadpor Ley 28449 - Partida de nacimiento del causante. - Declarac.Jurada del recurrente indicando si ha dependido económic. del causante a su fallecimiento, si carece de renta afecta, si tiene ingresos superiores al monto de la pensión; además de declarar si conoce la existencia de titulares con derecho a pensión de viudez u orfandad. 18244 Nº DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUT ORIDAD AUTORIDAD DE PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO MONTO DEL DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE LA OR- (% UIT) PROCEDIMIENTO EL TRAMITE EL TRAMITE RECONSIDERACION DEN O APELACION