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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G34/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 31 de octubre de 2005 Visto, el Oficio Nº 530-2005/INC-GG-OA-UT emitido por el Jefe de la Unidad de Tesorería del Instituto Nacionalde Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Unidad de Tesorería del Instituto Nacional de Cultura comunica queWorld Monuments Fund ha efectuado una donación a favordel Instituto Nacional de Cultura por la suma deUS$ 15,000.00 (Quince Mil y 00/100 Dólares Americanos);en el marco del Convenio de Cooperación celebrado entre ambas instituciones para la ejecución del Proyecto de Conservación y Restauración de obras de arte del "Templode Huaro", ubicado en la provincia de Quispicanchis, Cusco; Que, el Artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que lasdonaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnicano reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titularde la Entidad, señalando que dicha Resolución será publicadaen el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de ladonación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; por lo que resulta necesario emitir la resolución de aceptación de la referida donación la misma que constituyeuna importante contribución al desarrollo de la cultura; Estando a lo visado por la Oficina de Planificación y Presupuesto, la Oficina de Administración, la Oficina deAsuntos Jurídicos y la Gerencia General; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por laLey Nº 26510, Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto y con las facultades que leconfiere el Reglamento de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la donación efectuada por World Monuments Fund a favor del Instituto Nacional de Culturaascendente a la suma de US$ 15,000.00 (Quince Mil y00/100 Dólares Americanos), depositada en la cuenta corrienteNº 000-1698916 del Instituto Nacional de Cultura en el Banco Wiese Sudameris, según recibo de ingreso Nº 2206. Artículo 2º.- La donación, a que se refiere el artículo precedente, será destinada a la ejecución del Proyecto deConservación y Restauración de obras de arte del "Templode Huaro", ubicado en la provincia de Quispicanchis,Cusco. Artículo 3º.- Agradecer a World Monuments Fund por la donación otorgada a favor del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Administración Documentaria la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18355 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G64/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73 /G65/G72/G69/G61/G7A/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G79/G20/G4C/G69/G6D/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 170-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 25 de octubre de 2005Visto el Expediente Nº 121-2005/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominioa favor del Estado del terreno eriazo de 11 270 428,51 m²,ubicado en el paraje denominado “Las Higueras”, distrito dePunta de Bombón, provincia de Islay y departamento deArequipa; y, CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcióny fiscalización; Que, en la base gráfica de propiedades de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificó unterreno de 11 567 788,73 m² ubicado en el paraje denominado “Las Higueras”, distrito de Punta de Bombón, provincia de Islay, departamento de Arequipa; Que, en la inspección técnica realizada el día 2 de junio de 2005 se constató que se trata de un terreno eriazo detopografía accidentada, suelo arenoso con afloramientorocoso, que se encuentra libre de edificación y ocupación; Que, mediante Oficio Nº 1272-2005/SBN-GO-JAR de fecha 11 de febrero de 2005, se solicitó al Registro dePredios de Arequipa que emita el Certificado de BúsquedaCatastral del referido predio, indicando expresamente sise encuentra inscrito a favor de terceras personas, con lafinalidad de realizar la primera inscripción de dominio del inmueble a favor del Estado; Que, el Registro de Predios de Arequipa mediante Certificado de Búsqueda Catastral Nº 5000-05 de fecha7 de junio de 2005 señaló que el terreno no apareceregistrado y/o actualizado en los Archivos de su Oficinade Catastro; asimismo, informó que el lindero sur del predio es ribereño al litoral y que para efectos de su inscripción debe excluirse una franja de 50 ml paralela ala línea de alta marea; Que, por los motivos expuestos se ha excluido la franja de 50 ml paralela a la línea de alta marea en el linderosur del inmueble determinándose que el área a inscribir es de 11 270 428,51 m²; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales, señala que losterrenos eriazos o ribereños se consideran bienes depropiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 11 270 428,51 m², de conformidad con elArtículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo33º del “Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN,que regulan el trámite de inscripción de la primera dedominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, queaprueba el “Reglamento de Organización y Funciones dela Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificarlos terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556,modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395,Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales” y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento General deProcedimientos Administrativos de los Bienes dePropiedad Estatal”, modificado por el Decreto SupremoNº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 252-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 4 de octubre de 2005;