NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 23
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, HELIPUERTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTOS: AMAZONAS, CAJAMARCA Y LAMBAYEQUE - Ciro Alegría, Chachapoyas, Galilea, Rodríguez de Mendoza, Nuevo El Valor, Cajamarca, Cajabamba / Pampa Grande, Jaén, Santa Cruz, Chiclayo. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Culebras, Helipuerto de Yanacancha, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTOS: APURÍMAC, CUSCO Y MADRE DE DIOS - Andahuaylas, Cuzco, Helipuerto de Superficie El Rocotal, Kiteni, Kirigueti, Las Malvinas, Miaria, Pacria /Nueva Luz, Patria, Quincemil, Taini, Tangoshiari, Teresita / San Francisco, Timpia, Yauri, Huaypetúe, Iberia, Iñapari, Manu, Mazuko, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay, Helipuerto de Sayla, Orcopampa. DEPARTAMENTOS: AYACUCHO, ICA Y HUANCA- VELICA - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán, Helipuerto de Superficie “Maria Reiche”, Las Dunas, Las Palmeras, Nasca / Maria Reiche Neuman, Pisco, Santa Margarita, Churro Pampa. DEPARTAMENTOS: HUÁNUCO, JUNÍN Y PASCO - Codo del Pozuzo, Huánuco, Llulla Pichis, Pueblo Libre de Codo, Santa Marta, Tingo María, Tournavista, Alto Pichanaqui, Cutivireni, Chichireni, Helipuerto Vado Oroya, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / Manuel Prado,Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Uchubamba, Ciudad Constitución, Delfín de Pozuzo, Esperanza / Amuesha, Iscozasín, Vicco, Villa América. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Cartavio, Casa Grande, Chagual / Don Lucho, Chao, Gochapita, Huamachuco, Pacasmayo, Pías, Trujillo, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: LIMA - Internacional “Jorge Chávez”, Collique, Helipuerto de San Isidro, Helipuerto Elevado del Hotel Oro Verde, Helipuerto Elevado del Hotel Los Delfines, HelipuertoElevado de Interbank, Lib Mandi Metropolitano, Paramonga. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Gueppi, Intuto, Iquitos, Orellana, PampaHermosa, Paranapura, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. DEPARTAMENTOS: MOQUEGUA, TACNA Y PUNO - Campamento Ilo, Cuajone / Botiflaca, Ilo, Moquegua, Tacna, Toquepala, Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTOS: PIURA Y TUMBES - Bayobar, Huancabamba, Talara, Piura, Tumbes. DEPARTAMENTO: SAN MARTÍN - Helipuerto de Superficie Helinka, Juanjuí, Moyobamba, Palmas del Espino, Puerto Yarina, Rioja, SanJuan de Biavo, Saposoa, Tananta, Tarapoto, Tocache, Uchiza, Yumbatos. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Balta, Breu, Bufeo Pozo, Culina, Chicosa, Paititi, Pucallpa, Puerto Esperanza, San Marcos, Sepahua, Unine, Yarinacocha. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”. SUBBASES DE OPERACIONES:- Aeropuerto de Iquitos. - Aeropuerto de Arequipa.- Aeropuerto de Cuzco. - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Pucallpa. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigentes, expedidos - de ser el caso - por elRegistro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos einformes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin demantener permanente información del tráfico aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- La empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud expedidos o convalidados por laDirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- La empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones dehelipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autorización de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de la empresa COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C. podrán operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas y longitudes de pista estén comprendidas dentro de sustablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacidadeslegal, técnica o económico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivoCertificado de Explotador y Especificaciones Técnicas de Operación. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil,procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obligación por parte de COLUMBIA HELICOPTERS PERU S.A.C., de otorgar la garantía global que señala elArtículo 93º de la Ley Nº 27261, en los términos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que señala la Quinta Disposición Transitoria y Finalde dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligación