Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2005 (10/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2005

a traves de las facilidades que otorga la interoperabilidad, resulta necesario precisar en el PTFN que el acceso a los servicios especiales con interoperabilidad puede ser realizado desde cualquier red; Que, en la misma linea se establece el procedimiento de marcacion para el acceso a servicios especiales con interoperabilidad; Que, con la finalidad de facilitar a los usuarios el acceso a los servicios de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago y a las facilidades de red inteligente y cumplir con los requerimientos estimados de numeracion a largo plazo, se requiere dotar de un MORDAZA normativo flexible que permita la actualizacion de los rangos numericos para los citados servicios mediante resolucion ministerial y ampliar el rango de numeracion para las comunicaciones de larga distancia; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC y 027-2004-MTC; y, Con la confor midad Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el antepenultimo parrafo del numeral 3.4.2 y el numeral 3.5.3 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion, aprobado por Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC, los cuales tendran los siguientes textos: "3.4.2. (...) Se excluye de la configuracion indicada, el rango de numeracion 0800-800XX y 0800-801XX, atribuido para las comunicaciones de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago, prestados por los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones. "X puede variar de 0 a 9". "3.5.3. Estructura de numeracion para Servicios Especiales con Interoperabilidad Para acceder a los ser vicios especiales con interoperabilidad se define la siguiente estructura: 15XX Donde: X varia de 0 a 9 Se precisa que la empresa que brinda el servicio especial con interoperabilidad podra hacer extensivo el uso del codigo 15XX a los usuarios de su propia red". Articulo 2º.- Incorporese un ultimo parrafo al numeral 3.4.2 y el numeral 4.11 al Plan Tecnico Fundamental de Numeracion, aprobado por Resolucion Suprema Nº 0222002-MTC, el cual tendra el siguiente texto: "3.4.2. (...) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolucion Ministerial, podra modificar, precisar y/o ampliar los rangos numericos para las comunicaciones de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago prestados por concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones y para las facilidades de red inteligente". "4.11. Acceso a Ser vicios Especiales con Interoperabilidad Para el acceso a ser vicios especiales con interoperabilidad se marcara:
15XX + SERVICIO(S) ESPECIAL(ES) CON INTEROPERABILIDAD

Donde: Servicio(s) Especial(es) con Interoperabilidad, son los servicios establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolucion Ministerial". Registrese, comuniquese y publiquese.

Exposicion de motivos
El numeral 2.10.3 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion - PTFN, aprobado por Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC, establece que los ser vicios especiales con interoperabilidad son ser vicios especiales brindados por los concesionarios de los ser vicios publicos locales, que deben ser necesariamente reconocidos por todas las redes de los demas concesionarios de los servicios publicos locales y que son servicios establecidos por el Ministerio mediante Resolucion Ministerial. Asimismo, el numeral 3.5.3 del citado Plan establece la estructura de numeracion para servicios especiales con interoperabilidad. La interoperabilidad de los servicios, es un mecanismo que promueve la competencia en el MORDAZA, de forma tal que permite: i) a las empresas operadoras ampliar sus mercados y obtener beneficios; ii) al usuario final ejercer libremente su derecho a elegir al proveedor de sus servicios que considere conveniente; y iii) brindar al usuario final una gama mas amplia de opciones de servicios de telecomunicaciones. En esta linea a fin de contar con un MORDAZA normativo MORDAZA que permita promover la competencia a traves de las facilidades que otorga la interoperabilidad, es necesario precisar en el Plan Tecnico Fundamental de Numeracion, el acceso a los servicios especiales con interoperabilidad puede ser realizado desde cualquier red, ello implica que el acceso a los citados servicios puede ser realizado desde la red del operador que brinde los servicios especiales con interoperabilidad y/o desde la red del operador que reconozca y habilite el servicio especial con interoperabilidad. Adicionalmente la MORDAZA establece el procedimiento de marcacion para el acceso a servicios especiales con interoperabilidad. De otro lado, entre los objetivos del PTFN se encuentran el de: i) Facilitar el ingreso de nuevas empresas prestadoras de ser vicios de telecomunicaciones, la incorporacion de los nuevos servicios y la ampliacion de los existentes, ii) Facilitar al abonado, en lo posible, el reconocimiento de los diferentes servicios y sus proveedores y iii) Cumplir con los requerimientos estimados de numeracion a largo plazo. En tal medida, con la finalidad de facilitar a los usuarios el acceso a los servicios de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago y a las facilidades de red inteligente y cumplir con los requerimientos estimados de numeracion a largo plazo, se requiere dotar de un MORDAZA normativo flexible que permita la actualizacion de los rangos numericos para los citados servicios mediante resolucion ministerial y ampliar el rango de numeracion para las comunicaciones de larga distancia. La presente MORDAZA otorgara beneficios, tales como: i) promover la competencia a traves de las facilidades que otorga la interoperabilidad, ii) facilitar a los usuarios el acceso a los servicios de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago y a las facilidades de red inteligente y iii) cumplir con los requerimientos estimados de numeracion a largo plazo. 15558

del

Viceministro

de

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