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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G30/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de setiembre de 2005 Virtual, ingresando a SUNAT Operaciones en Línea de conformidad con lo establecido por el artículo 3º de laResolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT ymodificatorias. La SUNAT a través de sus dependencias indicadas en el artículo 7º del Régimen Excepcional deAplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria,aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 130-2005/SUNAT, facilitará la obtención del PDT REAF -Formulario Virtual Nº 686, del archivo personalizado ydel reporte de precalificación a los solicitantes que notuvieran acceso a Internet, para lo cual éstos deberánproporcionar el(los) disquete(s) de capacidad 1.44 MBde 3.5 pulgadas que sea(n) necesario(s). Tercera.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 109-2000/SUNAT Incorpórase como numeral 5 del primer párrafo del artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y modificatorias, el siguiente texto: “Artículo 2º.- ALCANCE(...)5. Presentar solicitudes a través de los formularios virtuales generados por los Programas de DeclaraciónTelemática (PDT) u otros similares. (...)”Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente NacionalSuperintendencia Nacional deAdministración Tributaria 15585 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 034-05-GRA/CR Ayacucho, 18 de julio del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO:El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 30 de mayo del 2005, trató el tema relacionadoal Texto Único de Procedimientos Administrativos de laDirección Regional de Vivienda y Construcción; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión delGobierno Regional organizar y conducir la gestión públicaregional de acuerdo a sus competencias exclusivas,compartidas y delegadas, en el marco de las políticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollointegral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que esatribución del Consejo Regional aprobar, modificar oderogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional; Que, los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, establece la concordancia de políticas yfunciones del Gobierno Regional y políticas sectoriales,asimismo señala las funciones del Gobierno Regional seejercerá con sujeción al ordenamiento jurídico, establecidopor la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases deDescentralización y demás leyes de la República, que esfunción normativa y reguladora del Gobierno Regional laelaboración y aprobación de normas de alcance regionaly regulando los servicios de su competencia; Que, el inciso 38.1) del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala laaprobación y difusión del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos, por la norma de máximo nivel de lasautoridades regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ysu modificatoria Ley Nº 27902, y la Ley Nº 27444 Ley delProcedimiento Administrativo General; el ConsejoRegional con el voto unánime de sus miembros aprobóla siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regionalde Vivienda, Construcción y Saneamiento (ÓrganoDesconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regionalde Ayacucho), que consta de dieciocho (18)Procedimientos Administrativos, cuyo Anexo forma parteintegrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO todo documento que se oponga a la presente OrdenanzaRegional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento lapublicación de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.OMAR QUESADA MARTINEZ Presidente 15505 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G65/G78/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 ORDENANZA Nº 815 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización,la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Orgánicade Municipalidades y demás disposiciones legalesvigentes y con lo opinado por las ComisionesMetropolitanas de Asuntos Legales, Desarrollo Urbano,Vivienda y Nomenclatura y de Asuntos Económicos y deOrganización en sus Dictámenes Nºs. 110-2005-MML-CMAL, 060-2005-MML-CMDUVN y 167 2005-MML-CMAEDO;