NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 54
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G30/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de setiembre de 2005 23. Código de : Al texto conformado por números y Usuario letras, que permite identificar al usuario que ingresa a SUNATOperaciones en Línea, según elinciso d) del artículo 1º de laResolución de SuperintendenciaNº 109-2000/SUNAT. 24. Clave de : Al texto conformado por números y Acceso let ras, de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al Códigode Usuario otorga privacidad en elacceso a SUNAT Operaciones enLínea, según el inciso e) del artículo1º de la Resolución de Superin-tendencia Nº 109-2000/SUNAT. 25. Usuario : Al deudor tributario inscrito en el Registro Único de Contribuyentes(RUC) con acceso a todas lasoperaciones que pueden serrealizadas en SUNAT Operaciones enLínea, de acuerdo a lo señalado enel inciso c) del artículo 1º de laResolución de SuperintendenciaNº 1 09-2000/SUNAT. Artículo 2º.- MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6º Y 7º DEL RÉGIMEN EXCEPCIONAL DE APLAZA-MIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDATRIBUTARIA Sustitúyase los artículos 6º y primer párrafo del artículo 7º del Régimen Excepcional de Aplazamientoy/o Fraccionamiento de la deuda tributaria, aprobado porla Resolución de Superintendencia Nº 130-2005/SUNAT,por los textos siguientes: Artículo 6º.- PROCEDIMIENTO El solicitante que desee acceder al Régimen Excepcional, deberá tener en cuenta lo siguiente: 6.1 REPORTE DE PRECALIFICACIÓN Y ARCHIVO PERSONALIZADO 6.1.1 Reporte de precalificaciónPara efecto del acogimiento al Régimen Excepcional, el solicitante podrá obtener un reporte de precalificacióndel deudor tributario, en los lugares indicados en el artículo7º o a través de SUNAT Virtual, ingresando a SUNATOperaciones en Línea, para lo cual deberá contar con suCódigo de Usuario y Clave de Acceso. La obtención del reporte de precalificación es opcional, su carácter es meramente informativo y se genera demanera independiente según se trate de deuda tributariacorrespondiente a la Contribución al Fondo Nacional deVivienda (FONAVI), al Seguro Social de Salud (ESSALUD),a la Oficina de Normalización Provisional (ONP), alImpuesto a las Embarcaciones de Recreo e Impuesto alRodaje, y otros tributos administrados por la SUNAT. 6.1.2 Archivo personalizadoLa obtención del archivo personalizado es obligatoria para efectos del llenado del PDT REAF - Formulario VirtualNº 686. La forma de obtenerlo así como su generación se ceñirán a lo establecido en el numeral 6.1.1. A partir del día siguiente a la fecha en que el archivo personalizado es requerido por el solicitante, éste cuentacon un plazo de siete (7) días calendario para presentarsu solicitud, en caso de no hacerlo, deberá efectuarnuevamente el pedido del archivo personalizado. Si el plazo venciera en día inhábil para la Administración, la presentación de la solicitud en lasdependencias de la SUNAT indicadas en el artículo 7º,podrá efectuarse hasta el primer día hábil siguiente. 6.2 PEDIDO PARA ACCEDER AL RÉGIMEN EXCEPCIONAL El solicitante para acceder al Régimen Excepcional deberá presentar el PDT REAF - Formulario VirtualNº 686, teniendo en cuenta lo señalado a continuación:6.2.1 Forma y condiciones generales para la utilización del PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686 Para instalar el PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686 y registrar la información se deberá seguir lasinstrucciones establecidas en SUNAT Virtual o en lasayudas contenidas en el mencionado PDT. 6.2.2 Infor mación mínima que deberá registrar el solicitante El solicitante deberá registrar la siguiente información mínima: a) Número de Registro Único del Contribuyente (RUC). b) Nombres y apellidos, denominación o razón social del deudor tributario. c) Plazo por el que solicita el aplazamiento y/o fraccionamiento. d) Identificación de la deuda por la que se solicita aplazamiento y/o fraccionamiento, indicando al menos losiguiente: d.1) El período, la fecha en que se cometió o detectó la infracción; d.2) El número del(de los) valor(es) correspondiente(s); d.3) El código del tributo o multa, o concepto; d.4) El código del tributo asociado de corresponder; y, d.5) El monto del tributo o multa más los intereses moratorios generados hasta la fecha de presentación dela solicitud; e) La designación de la garantía ofrecida, de corresponder. 6.2.3Presentación del PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686 La presentación del PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686 se realizará: a) A través de SUNAT Virtual, ingresando a SUNAT Operaciones en Línea mediante el Código de Usuario yClave de Acceso, a partir del 12 de setiembre de 2005. b) En las dependencias de la SUNAT indicadas en el artículo 7º, a partir del 19 de setiembre de 2005. Aquellos que presenten la solicitud en los lugares a que se refiere el literal b), la grabarán en disquete(s) decapacidad de 1.44 MB de 3.5 pulgadas, para efecto desu presentación. Los demás, enviarán el(los) archivo(s)generado(s) a través de SUNAT Virtual. Cuando deba adjuntarse la documentación a que se refiere el numeral 6.3.1 o se ofrezcan garantías, la solicitudsólo podrá ser presentada en los lugares señalados en elliteral b). La presentación del PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686 se realizará en forma independiente por cada tipode deuda según se trate de la Contribución al FONAVI, alESSALUD, a la ONP, al Impuesto a las Embarcacionesde Recreo e Impuesto al Rodaje, y otros tributosadministrados por la SUNAT 6.2.4Rechazo del disquete, de la información contenida en éste o del archivo i) Cuando la presentación se realice en las dependencias de la SUNAT, el(los) disquete(s) o el(los)archivo(s) serán rechazados si, luego de verificado(s), sepresenta por lo menos alguna de las siguientes situaciones: a) Contiene virus informático. b) Presenta defectos de lectura.c) El solicitante no se encuentra inscrito en el RUC.d) Los archivos no fueron generados por el respectivo PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686. e) Presenta modificaciones de contenido, luego de que el PDT REAF - Formulario Virtual Nº 686 hubiera generadoel archivo que contiene la solicitud a ser presentada.