Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2005 (10/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, el mismo que no ejerce funciones ni actos de gobierno y se rige por su Reglamento aprobado mediante Ordenanza Nº 195-MSS, publicada el 21 de MORDAZA del 2004, en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la citada ley, establece que el sistema de planificacion tiene como principios la participacion ciudadana a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia, con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion, y dispone en su articulo 9º incisos 14 y 34 que corresponde al Concejo Municipal aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal y aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal a propuesta del MORDAZA, y reglamentar su funcionamiento; Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, senala en su articulo 1º que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos mediante el acceso a la informacion publica, la rendicion cuentas y el fortalecimiento de capacidades, estando obligados a utilizar todos los medios a su alcance a fin de lograr la adecuada y oportuna informacion a los ciudadanos, sobre el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto y ejecucion del gasto publico; Que, el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1712003-EF, senala en el articulo 10º, que es obligatoria la rendicion de cuentas, correspondiendo a la Sociedad Civil la vigilancia a los Gobiernos Locales, respecto del cumplimiento de los acuerdos y resultados del MORDAZA par ticipativo. Para dichos efectos, los agentes participantes eligen y conforman el Comite de Vigilancia y Control del MORDAZA Participativo del Gobierno Local. Que, con el objeto de asegurar el debido, oportuno y eficiente cumplimiento de los acuerdos y resultados del MORDAZA del presupuesto participativo, es imprescindible regular el funcionamiento del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo ­ CVCPP, con el objeto de que este organo cumpla con la finalidad para la cual ha sido creado; Con el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal y de Asuntos Juridicos Nº 006-2005-CASYPV-CAJ/MSS de fecha 07SET2005 que por unanimidad recomienda al pleno del Concejo la aprobacion del proyecto de Ordenanza que aprueba el citado Reglamento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 197º de la Constitucion Politica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º inciso 14 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en concordancia con lo dispuesto en la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad Adopto la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL COMITE DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - CVCPP TITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETO Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por objeto precisar las funciones, competencias, obligaciones y atribuciones del CVCPP de confor midad con la normatividad vigente. BASE LEGAL Articulo 2º.- El presente Reglamento se sujeta a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA

del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. DEFINICION Articulo 3º.- El Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo ­ CVCPP, es un organo colegiado de la sociedad civil, encargado de vigilar la ejecucion del MORDAZA del Presupuesto Participativo a desarrollarse anualmente. TITULO II DEL COMITE COMPOSICION Y DURACION COMPOSICION Articulo 4º.- El Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo esta conformado por cuatro (4) miembros cuya funcion es ejercida ad honorem, elegidos democraticamente entre los representantes de la sociedad civil inscritos en el MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo, cuyos cargos seran: a) b) c) d) Presidente Secretario de Actas Primer vocal MORDAZA vocal

Articulo 5º.- Los miembros del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo luego de juramentar, en un plazo MORDAZA de 10 dias, nombraran a un presidente y demas cargos mencionados en el articulo 4º . El Presidente se encargara de comunicar oficialmente las designaciones al Consejo de Coordinacion Local Distrital - CCLD. Articulo 6º.- Los integrantes del CVCPP se reuniran cuando lo estimen necesario para el mejor desarrollo de sus funciones. DURACION Articulo 7º.- El cargo de miembro del CVCPP tendra una duracion MORDAZA de dos (2) anos, para controlar y vigilar el MORDAZA del Presupuesto Par ticipativo correspondiente al ejercicio para el cual fueron electos, hasta la culminacion de las obras, no pudiendo exceder este plazo del MORDAZA establecido. En tal sentido, en un mismo ano calendario coexisten dos (2) Comites de Vigilancia y Control, el primero que continua vigilando por MORDAZA ano el MORDAZA del Presupuesto Participativo del ano anterior y aquel que se elige para ejercer sus funciones en el ano en curso. TITULO III FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS DEL COMITE FUNCIONES Articulo 8º.- El Comite de Vigilancia y Control tiene las siguientes funciones: 8.1 Realizar las recomendaciones que estime pertinente al Consejo de Coordinacion Local Distrital respecto de las medidas correctivas y otras acciones complementarias que permitan a las instituciones y agentes participantes, cumplir con sus compromisos y acuerdos en el MORDAZA participativo. 8.2 Solicitar informacion de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, quedando exonerados del pago de los derechos correspondientes cuando dicho pedido tenga relacion a las funciones establecidas en la presente Ordenanza. 8.3 Mantener oportunamente informado al Consejo de Coordinacion Local Distrital de las actividades desarrolladas durante el MORDAZA Participativo. 8.4 Formular colegiadamente las apreciaciones, sugerencias y recomendaciones que su tarea de control

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