Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (12/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de setiembre de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41 /G4E/GBA/G20/G32/G38/G36/G30/G34 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: /G52/G45/G53/G4F/G4C/G55/G43/G49/GD3/G4E/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G41/G20/G51/G55/G45/G20/G41/G55/G54/G4F/G52/G49/G5A/G41 /G41/G4C/G20/G53/G45/GD1/G4F/G52/G20/G50/G52/G45/G53/G49/G44/G45/G4E/G54/G45/G20/G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G52/G45/G50/GDA/G42/G4C/G49/G43/G41 /G41/G20/G53/G41/G4C/G49/G52/G20/G44/G45/G4C/G20/G54/G45/G52/G52/G49/G54/G4F/G52/G49/G4F/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G45/G4E/G54/G52/G45 /G4C/G4F/G53/G20/G44/GCD/G41/G53/G20/G31/G32/G20/G41/G4C/G20/G31/G39/G20/G44/G45/G20/G53/G45/G54/G49/G45/G4D/G42/G52/G45/G20/G44/G45/G20/G32/G30/G30/G35 El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102º inciso 9) y 113º inciso 4) de la Constitución Política, en el artículo 76º inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley Nº 28344, haresuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacionalentre los días 12 al 19 de setiembre del presente año, con el objeto de cumplir actividades de la agenda presidencial internacional en las ciudades de Nueva Yorky Washington, Estados Unidos de América. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los doce días del mes de setiembre de dos mil cinco. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente delCongreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 12 de setiembre de 2005Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 15686 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G73/G61/G2D /G6A/G65/G72/GED/G61/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G2C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN Nº 006-2005-2006-P/CR Lima, 9 de setiembre de 2005 Visto el Informe Nº 047-2005-DL-DGA/CR del Director de Logística (e) mediante el cual se señala la necesidad de contratar el servicio de mensajería local, nacional e internacional, a través de una exoneración por situaciónde desabastecimiento inminente; CONSIDERANDO: Que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del 2005, se encuentra programado un Concurso Público para contratar el servicio de mensajería local, nacional einternacional, por un valor referencial de S/. 471,262.00 nuevos soles, con cargo a los recursos ordinarios; Que mediante el Informe Nº 047-2005-DL-DGA/CR, la Dirección de Logística señala de manera cronológica,las acciones adoptadas para contratar el servicio de mensajería, conforme a lo programado en el Plan Anual: - Mediante el Acuerdo de Mesa Nº 510-2004-2005/ MESA-CR del 7 de marzo de 2005, se autorizó la convocatoria del Concurso Público Nº 001-2005-CR para lacontratación del servicio de mensajería local, nacional e internacional. - Con Resolución Nº 056-2004-2005-OM/CR del 21 de marzo de 2005, se designó a los miembros del Comité Especial. - Con Memorándum Nº 293-2005-OM/CR del 29 de marzo de 2005, el Oficial Mayor aprobó las Bases del referido Concurso Público. - Luego de realizarse el proceso de selección, el 18 de mayo de 2005 se otorgó la buena pro al postor Servicio Expreso S.A. por el monto de S/. 299,893.03 nuevos soles; lo cual fue objeto de dos Recursos de Apelacióninterpuestos por los postores PROYECTOS Y SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. (PROSEMSA) y SERVICIOS POSTALES DEL PERÚ S.A. (SERPOST). - Como consecuencia de dichas impugnaciones, luego de un análisis exhaustivo de las bases, la Dirección de Logística solicitó a la Dirección General de Administracióntramitar una declaración de nulidad de oficio a fin de retrotraer el proceso hasta la etapa de elaboración de bases. - Mediante Resolución Nº 097-2004-2005-P/CR del 14 de junio de 2005, el Presidente del Congreso declaró la nulidad de oficio del Concurso Público Nº 001-2005/CR, retrotrayéndolo hasta la etapa de elaboración de bases. - El 14 de junio de 2005, la empresa PROSEMSA presentó ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, un Recurso de Revisión contrala supuesta denegatoria ficta de su Recurso de Apelación. Dicho recurso fue admitido el 21 de junio de 2005, quedando en suspenso el proceso de selección. - Mediante la Resolución Nº 717-2005.TC-SU notificada el 1 de agosto de 2005, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONFIRMAla nulidad de oficio del Concurso Público, ratificando lo dispuesto en la Resolución Nº 097-2004-2005-P/CR expedida por la Presidencia del Congreso. - Tanto el Contrato Nº 088-2003-AJ/CR como su contratación complementaria formalizada mediante el Contrato Nº 071-2004-OAJP/CR, suscritos con SERPOSTS.A., se encuentran vencidos. Que la Dirección de Logística estima que el Concurso Público Nº 01-2005/CR, será adjudicado y se suscribirá contrato en un plazo aproximado de cuatro meses, lo cual afectaría considerablemente el desarrollo de lasactividades parlamentarias y administrativas, lo que justifica y sustenta que se apruebe una exoneración por situación de desabastecimiento inminente; Que el servicio de mensajería requerido por la Mesa Directiva, Comisiones Ordinarias, Grupos Parlamentarios, Congresistas, Comisiones Investigadoras y el ServicioParlamentario, a razón de 7,150 envíos mensuales por un valor aproximado de S/. 37,500.00 nuevos soles, constituyéndose en un servicio básico de apoyo a lafunción de tales dependencias; por lo que el monto referencial de la exoneración asciende a S/. 150,000.00 nuevos soles, por el plazo de cuatro meses en tanto dureel proceso de selección y la suscripción del contrato; Finalmente, el informe técnico de la Dirección de Logística estima que se han realizado las gestionesnecesarias y oportunas para contratar el servicio de mensajería; sin embargo, por cuestiones de procedimiento se ha retrotraído el Concurso Público hasta la etapa deelaboración de Bases administrativas, lo que configura una situación de desabastecimiento inminente que no implica responsabilidad porque no se debe a unanegligencia, inacción o demora de sus funcionarios o personal dependiente; Que mediante el Informe Nº 061 (05)-2005-OAJP- DGA/CR la Oficina de Asesoría Jurídica y Procuraduría, emite la opinión legal de acuerdo con las siguientes consideraciones: a) El artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,