Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (12/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de setiembre de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G69/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 024 -E-2005-CR-GRH Huánuco, 13 de julio de 2005 Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintiocho de junio del dos mil cinco el Dictamennúmero cero tres del dos mil cinco emitida por la Comisiónde Desarrollo Económico; el Informe número cerocuarenta y cinco del dos mil cinco emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, relacionado al Programa de Competitividad Regional, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo pormisión organizar y conducir la gestión pública regional deacuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas ydelegadas en el marco de las políticas nacionales ysectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo señalan los artículos dos, cuatro cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa. Que, son principios rectores de las políticas y la gestión regional la competitividad, teniendo como objetivo el Gobierno Regional la gestión estratégica de lacompetitividad regional. Para ello promueve un entorno deinnovación, impulsa alianzas y acuerdos entre lo sectorespúblico y privado, el fortalecimiento de las redes decolaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos y facilita el aprovechamiento de oportunidadespara la formación de ejes de desarrollo y corredoreseconómicos, la ampliación de mercados y la explotación,conforme se advierte de lo previsto en el numeral trece delartículo ocho de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete. Que, es atribución de la Presidencia Regional presentar al Consejo Regional el programa de CompetitividadRegional, conforme se advierte del numeral cuatro delliteral p) del artículo veintiuno de la Ley Orgánica delGobierno Regional veintisiete mil ochocientos sesenta y siete; siendo atribución del Consejo Regional aprobar el Plan de Competitividad Regional, conforme lo prevé el literalo) del artículo quince del acotado cuerpo legal. Que, dentro del proceso de Descentralización, los Gobiernos Regionales vienen promoviendo y desarrollandoactividades que conlleven al incremento de la productividad, teniendo en consideración como punto de partida esencial el reconocimiento y ubicación de los procesos deglobalización e internacionalización en el contexto mundial,a partir de nuestras perspectivas, nuestras potencialidades,ventajas y características propias de nuestro país, sobretodo, de nuestras regiones; el presente Programa de Competitividad es el instrumento para definir una política de desarrollo del Gobierno Regional marcado por larevolución de las tecnologías de la informática ycomunicaciones y por el predomino creciente de la nuevasociedad y economía del conocimiento y la diversidadintercultural de nuestros pueblos. Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treintay ocho de la Ley número veintisiete mil ochocientossesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales yestando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Competitividad Regional de Huánuco, cuyo texto en cientotreinta y ocho folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico conjuntamente con los sectores productivos correspondientes ejecuten el presente programa. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42)de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 15476 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4C/G65/G6E/G67/G75/G61/G6A/G65 /G49/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/G76/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 025 -E-2005-CR-GRH Huánuco, 13 de julio de 2005 Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintiocho de junio del dos mil cinco la moción presentada por el Consejero Regional Juan Carlos Schult Echevarría relacionado a la dación de la OrdenanzaRegional que apruebe el Lenguaje Inclusivo en lasDependencias del Gobierno Regional de Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, el inciso segundo del artículo dos de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona tienederecho a la igualdad ante la Ley, nadie debe serdiscriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma,opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendo pormisión organizar y conducir la gestión pública regional deacuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas ydelegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo señalan los artículos dos, cuatrocinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el artículo sesenta de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales números veintisiete mil ochocientossesenta y siete modificada por Ley número veintisiete milnovecientos dos, en el literal “f” establece que son funciones en materia de desarrollo social e igualdad deoportunidades “la de promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades, dentro de este contexto el Consejo Regional emitió la Ordenanza Regional númerocero once del dos mil cinco de fecha nueve de mayo deldos mil cinco el Gobierno Regional Huánuco, que apruebala creación del Consejo Regional de la Mujer, siendo unade sus funciones la de promover políticas, programas, proyectos y acciones destinadas a mejorar la calidad de vida de la mujer y su posicionamiento en la sociedad, asícomo fomentar el estricto cumplimiento de los derechos,convenios internaciones que favorecen a la mujer. Que, existen demandas de las Organizaciones y movimientos por los derechos de las mujeres desde una perspectiva de equidad de género, el uso del lenguaje, sensible al género o lenguaje inclusivo en la redacción detodo tipo de documentos, textos oficiales y dispositivoslegales de los diferentes niveles de gobierno. Se trata denombrar, de hacer visible y por ende reconocer ladiversidad de la composición de la población, evitando las generalizaciones bajo el sexo masculino cuando se refiere a un grupo humano integrado por hombres y mujeres. Que, el programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, ha adoptado como política el uso del lenguaje sensible degénero o Lenguaje Inclusivo, no sólo como categoríagramatical, sino también para referirse a grupos específicos de la población en condiciones de vulnerabilidad como las que viven con VIH. Fundamentando esta medida en que tanto ellenguaje como las imágenes inducen a la formación decontornos e influencian el comportamiento y las actitudes. Las