NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (22/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G37/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de setiembre de 2005 Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 14194 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G64/G6F/G2C/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E /G65/G6C/G20/G22/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G20/G2D /G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G65/G61/G73/G69/G6E/G67/G20/G53/G2E/G41/G2E/G22/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 057-2005-EF/94.45 Lima, 14 de septiembre de 2005VISTOS: El Expediente Nº 2005021923 de América Leasing S.A., y el Informe Interno Nº 132-2005-EF/94.45.2 del 14de septiembre de 2005; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 221º, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros las empresas del sistema financiero puedenemitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera,incluidos los de arrendamiento financiero, siempre que sean de su propia emisión; Que, mediante acuerdos de Junta General de Accionistas de América Leasing S.A., del 9 de junio de 2005, sedefinieron los términos y condiciones del “Tercer Programade Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero AméricaLeasing S.A.” hasta por US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, delegándoseen el Presidente del Directorio, en el Gerente General, yen el representante legal para que dos cualesquiera deellos en representación de la sociedad, suscriban laversión final del contrato marco de emisión, aprueben el prospecto marco, y para que en general aprueben y/o suscriban según sea el caso, todos los documentosnecesarios para tal fin; Que, mediante Resolución SBS Nº 1099-2005 del 25 de julio de 2005, la Superintendencia de Banca, Segurosy Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opinó favorablemente respecto de la emisión de bonos de arrendamiento financiero de América Leasing S.A.denominado “Tercer Programa de Emisión de Bonos deArrendamiento Financiero América Leasing”; Que, el 11 de agosto de 2005 América Leasing S.A., solicitó la aprobación del trámite anticipado, la inscripción del “Tercer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero – América Leasing S.A.” y elregistro del Prospecto Marco correspondiente,acompañando a su solicitud la documentaciónsustentatoria del caso; Que, América Leasing S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios asícomo las disposiciones aprobadas mediante ResoluciónGerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Que, el artículo 2º numerales 2) y 3) de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidasal registro de prospectos informativos correspondientesa programas de emisión y a aprobaciones de trámitesanticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores, deben serdifundidas a través del Boletín de Normas Legales delDiario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV enInternet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, el artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y deVenta de Valores Mobiliarios, así como lo establecidoen sesión del Directorio de CONASEV del 18 dediciembre de 2000, en la que se faculta al Gerente deMercados y Emisores para aprobar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o registro de prospectos de bonos de arrendamiento financiero, bonossubordinados y otros que se emitan por oferta públicay tengan opinión favorable de la Superintendencia deBanca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondosde Pensiones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el “Tercer Programa de Emisión de Bonos de ArrendamientoFinanciero – América Leasing S.A.”, hasta por la suma de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente enmoneda nacional y disponer el registro del ProspectoMarco correspondiente. Artículo 2º.- En tanto América Leasing S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los instrumentos representativos de deuda y el registro delos prospectos a utilizar en las ofertas públicascorrespondientes se entenderán efectuados en la fechade entrada en vigencia de la presente resolución. En sudefecto, la inscripción de los instrumentos representativos de deuda y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14º, inciso b), numeral 2, delReglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º delReglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios. La colocación de los bonos a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Públicodel Mercado de Valores, prorrogables hasta por un períodoigual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitudde prórroga, en ningún caso, podrá ser presentadadespués de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que serefieren los artículos 23º y 24º del Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refieren el artículo 1º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivasdel negocio. Los documentos e información para unaevaluación complementaria están a disposición de losinteresados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a América Leasing S.A., en su calidad de emisor; al BancoSudamericano, en su calidad de Representante de losObligacionistas; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 15961