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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (22/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G37/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de setiembre de 2005 especial de carácter temporal para el evento "El Rastrillo" en las instalaciones del Puericultorio Pérez Aranibar, ubicado en la Av. del Ejército Nº 600, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, que funcionódel 8 al 11 de septiembre de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Bancay Microfinanzas 16140 RESOLUCIÓN SBS Nº 1396-2005 Lima, 14 de septiembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de una oficina especial de carácter temporal para la "XXVII Convención Minera", a realizarse en la urbanización Monterrey D-8,distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Comité Ejecutivo celebrada el día 1 de septiembre de 2005, aprobó la instalación de una oficina temporal. Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "A", mediante Informe Nº 146-DEB "A"-2005; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y de Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, en vías de regularización, la apertura de una oficina especial de carácter temporal para la "XXVII Convención Minera", a realizarse en la urbanización Monterrey D-8,distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, que funcionará del 9 al 16 de septiembre. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 16141 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G78/G63/G6C/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D /G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G78/G74/G61/G20/G45/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65 /G42/G61/G63/G6B/G75/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 048-2005-EF/94.45 Lima, 11 de agosto de 2005VISTOS: El Expediente Nº 2005021458 presentado por la Bolsa de Valores de Lima S.A., así como el Informe InternoNº 113-2005-EF/94.45.2 del 11 de agosto de 2005; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 061-2000-EF/94.11 del 8 de septiembre de 2000, sedispuso la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores del programa de emisión de bonos corporativos de Unión de Cervecerías Peruanas Backus y JohnstonS.A.A. denominado "Programa de Bonos Corporativos de Backus", por un monto máximo en circulación de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional; Que, dentro del marco del referido programa, el 17 de marzo de 2003 Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. presentó el complemento del prospecto marco y el contrato complementario correspondiente a lasexta emisión de bonos corporativos por un monto en moneda nacional equivalente a US$ 25 000 000,00 (veinticinco millones y 00/100 Dólares de los EstadosUnidos de América), la que fue colocada el 19 de marzo de 2003; Que, el 5 de agosto de 2005 Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado de los bonos correspondientes a la Sexta Emisión del Programa deBonos Corporativos de Backus; Que, el 8 de agosto de 2005 la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de deslistarlos bonos correspondientes a la Sexta Emisión del Programa de Bonos Corporativos de Backus y de elevar el expediente a CONASEV para los finescorrespondientes; Que, el artículo 37º inciso b) del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores establece como causalpara la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores su amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38º del referido Texto Único Ordenado, en concordancia con el artículo 34º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Comprade Valores por Exclusión, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública deCompra; Que, no obstante lo señalado en el considerando anterior, la exclusión de los bonos correspondientes a laSexta Emisión del Programa de Bonos Corporativos de Backus se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra,contemplada en el artículo 38º, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, aprobadas porResolución CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objetode oferta pública así como la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial ElPeruano y de la página de CONASEV en internet; Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valoresy el acuerdo de Directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000 que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valores del RegistroPúblico del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la Sexta Emisión delPrograma de Bonos Corporativos de Backus del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores correspondientes a la Sexta Emisión del Programa de Bonos Corporativos de Backus del Registro Público del Mercado de Valores.