Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G39/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 un margen ( mark-up) que permita recuperar los costos fijos. La magnitud del margen depende de la elasticidad de la demanda, a mayor elasticidad, menor margen. 4. Tarificación de los componentes eficientes (ECPR) Bajo esta regla el cargo de acceso debe cubrir el costo directo de proveer infraestructura más el costo de oportunidad por dejar de vender una unidad del serviciofinal. De esta manera, sólo entrarán en el mercado los competidores con niveles de eficiencia similar o mayor que los registrados por la Entidad Prestadora que proveelos servicios que utilizan facilidades esenciales. 5. Cargo TopeBajo esta metodología, los cargos de acceso son regulados mediante un tope promedio ponderado. LaEntidad Prestadora tiene flexibilidad para adaptarse a la competencia, adecuando sus políticas de precios a sus requerimientos de ingreso. 6. Empresa modelo eficiente Consiste en determinar el cargo de acceso a partir de los costos indispensables para proveer la Facilidad Esencial en forma eficiente, de acuerdo a la tecnologíadisponible y niveles de calidad establecidos. La empresa eficiente es aquella que opera al mínimo costo con la mejor tecnología disponible en ese momento y losestándares de calidad exigidos, adaptándose a las condiciones geográficas y demanda que enfrenta. 7. Por comparación (benchmarking) Consiste en determinar los cargos de acceso en función de comparaciones relevantes de cargos de acceso de otras infraestructuras de transporte con características similares. Es útil particularmente en el caso de serviciospara los que no se cuenta con información confiable de los costos. El presente Reglamento estable los alcances de esta metodología en el artículo 28º.” Artículo 4º.- Agréguese como Disposiciones Transitorias Cuarta, Quinta, Sexta y Sétima del ReglamentoMarco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público de OSITRAN, aprobado por Resolución Nº 014- 2003-CD-OSITRAN, los siguientes textos: “CUARTA.- REGULARIZACIÓN DE LAS RELACIONES DE ACCESO En el caso que Usuarios Intermedios que utilizan Facilidades Esenciales se encuentren operando sin haber suscrito el correspondiente contrato de acceso o nocumplan con los requisitos y condiciones requeridos para el acceso según el presente reglamento, las Entidades Prestadoras deberán otorgar un plazo no menor desesenta (60) días ni mayor de ciento veinte (120) días, contados desde la fecha de aprobación de las modificaciones del Reglamento de Acceso de la EntidadPrestadora por parte de OSITRAN, con el fin de que se formalice la relación de acceso. Al término del plazo señalado, la Entidad Prestadora deberá suspender, limitaro prohibir el acceso, a aquellos Usuarios Intermedios que no hayan cumplido con dicha regularización. El incumplimiento de esta obligación por parte de la Entidad Prestadora se considerará una infracción, y por tanto, estará sujeto a la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones.” “QUINTA.- ADECUACIÓN DEL REGLAMENTO DE ACCESO DE LAS ENTIDADES PRESTADORAS Las Entidades Prestadoras deberán adecuar sus Reglamentos de Acceso a las modificaciones del presente Reglamento, en un plazo máximo de cuarenta y cinco(45) días de la entrada en vigencia de la referida norma modificatoria. La aprobación por parte de OSITRAN de los Reglamentos de Acceso de las Entidades Prestadoras, se realizará en un plazo que no excederá de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de la fecha devencimiento para la presentación de comentarios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 47º del presente Reglamento.”“SEXTA.- ADECUACIÓN DE CONTRATOS DE ACCESO SUSCRITOS CON ANTERIORIDAD. Las partes que hayan suscrito Contratos de Acceso con anterioridad a la aprobación de la presenteResolución, deberán adecuar dichos contratos, en un plazo no mayor de sesenta (60) días, para los casos en que un Mandato de Acceso que emita OSITRANestablezca Cargos de Acceso y/o condiciones económicas más favorables, de conformidad con lo establecido en el artículo 33º del Reglamento. “SÉTIMA.- SOLICITUDES DE ACCESO EN PROCESO. Las solicitudes de Acceso que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia del presente Reglamento, se regirán por los procedimientos establecidos en elReglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público aprobado por Resolución Nº 014-2003-CD-OSITRAN.” Artículo 5º.- Establecer que las modificaciones del Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura deTransporte de Uso Público de OSITRAN, a que se refieren los artículos precedentes, entrarán en vigencia a partir del 01 de octubre de 2005. Artículo 6º.- Derogar la Resolución Nº 015-2003-CD- OSITRAN que aprobó la Directiva Reajuste anual del pago por concepto de uso de instalaciones de carga en elAeropuerto Internacional Jorge Chávez. Artículo 7º.- Autorizar la publicación de la presente Resolución, así como la Exposición de Motivoscorrespondiente, en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web de OSITRAN ( www.ositran.gob.pe). Artículo 8º.- Autorizar la publicación de la matriz de comentarios, sugerencias y observaciones a la propuesta de modificaciones del Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público de OSITRAN,en la página Web de OSITRAN ( www.ositran.gob.pe). Regístrese, publíquese y publíquese.ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO MARCO DE ACCESO A LA INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Antecedentes y JustificaciónEl 1º de enero de 2002, entró en vigencia el Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura deTransporte de Uso Público (REMA), aprobado por Resolución Nº 034-2001-CD-OSITRAN y modificado en noviembre de 2003 mediante la Resolución Nº 014-2003-CD-OSITRAN. Mediante estas normas se establecieron las reglas y los procedimientos aplicables al derecho de acceso a las facilidades esenciales. La finalidad del REMA es la promoción de la eficiencia a través del incremento de la competencia en los servicios esenciales o la utilización de mecanismos de mercadomediante los cuales se obtenga resultados cercanos a una situación competitiva. Los Servicios Esenciales son aquellos que son necesarios para completar la cadena logística del transporte de carga y de pasajeros (en una relación origen-destino) y que requieren utilizar infraestructura quecontrola la Entidad Prestadora y que califica como Facilidad Esencial 1. 1El REMA define como Facilidad Esencial a aquella instalación o infraestructura de transporte de uso público o parte de ella, que cumple con las siguientescondiciones: a) Es exclusiva o predominantemente provista por un único o un limitado número de proveedores, y su utilización es indispensable para la prestación de losservicios esenciales. b) No es factible de ser sustituida técnica o económicamente para proveer un servicio esencial.