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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G31/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de setiembre de 2005 Que, también la Gerencia de Administración precisa: "Las rendiciones de cuenta no deben exceder de quince (15) días después de haberse recepcionado la remesa correspondiente"; Que, la Gerencia de Planificación mediante Informe Nº 461-05-GP/MDA, como en las anteriores presiones de la Gerencia de Administración señala que el numeralf) del artículo 44º de la Directiva de Tesorería para Gobiernos Locales correspondiente al Año Fiscal 2005, aprobado con Resolución Directoral Nº 013-2005-EF/77.15 precisa: "El plazo para las rendiciones de cuenta no debe exceder los treinta (30) días calendario después de haberse recepcionado la remesa correspondiente". Porlo cual se establecerá de acuerdo a lo indicado por la Directiva de Tesorería para dicho caso; Que, asimismo la Gerencia de Planificación precisa que de las observaciones señaladas por la Gerencia de Administración no son procedentes a excepción de la tercera observación, la que se ha tomado en cuenta deacuerdo a lo indicado en la Directiva precitada; Que, mediante Informe Nº 1425-05-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que debeelaborarse el respectivo Decreto de Alcaldía que aprueba el presente proyecto como modificación de la Directiva Nº 002-2005-MDA "Normas y Procedimientos para elotorgamiento, utilización y rendición de fondos bajo la modalidad de Encargos Internos a Personal de la Institución Municipal", aprobado con Decreto de AlcaldíaNº 008-05 de fecha 7 de marzo del 2005; Que, la Gerencia de Planificación remite la Modificación de la Directiva Nº 002-2005/MDA "Normasy Procedimientos para el otorgamiento, utilización y rendición de fondos bajo la modalidad de Encargos Internos a Personal de la Institución Municipal"; Que, mediante Proveído Nº 2860-05-GGM/MDA el Gerente General Municipal señala que se proyecte el Decreto de Alcaldía respectivo; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- APROBAR, la Modificación de la Directiva Nº 002-2005-MDA "Normas y Procedimientos para elotorgamiento, utilización y rendición de fondos bajo la modalidad de Encargos Internos a Personal de la Institución Municipal", la misma que forma parte integrantedel presente Decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administración,Subgerencia de Tesorería y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 16540 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G54/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G4E/GBA/G20/G30/G34/G32/G2D/G4D/G44/G41/G20/G79/G20/G44/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G31 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 033 Ate, 26 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 2257-2005-ACR-SGCyT- GSPL/MDA, el Proveído Nº 2669-05-SGCyT-GSPL/ MDA de la Subgerencia de Comercialización y Transporte; los Informes Nºs. 2031-05 y 2152-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 2903-05-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 042-MDA publicado en el Diario Oficial "El Peruano", el 21 de noviembre de 2003,se establece el procedimiento para el otorgamiento de Autorizaciones Temporales de Funcionamiento, el cual tendrán una vigencia de (1) año, pudiendo prorrogarsecada seis (6) meses, hasta la aprobación de la actualización de la zonificación del distrito, fecha en la cual deberán de tramitar la Autorización Municipal deFuncionamiento que corresponda; Que, de acuerdo al Decreto de Alcaldía Nº 011 de fecha 12 de marzo de 2004 se establece la simplificaciónde los requisitos señalados en el anexo 2 de la Ordenanza Nº 042-MDA, incorporándose los requisitos señalados en el presente Decreto de Alcaldía, en el Texto Único deProcedimientos Administrativos (TUPA), Ordenanza Nº 051-MDA, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 26 de marzo de 2004; Que, a la fecha se ha cumplido el año de la vigencia de muchas Autorizaciones Temporales de Funcionamiento, por lo que se hace necesario que laAdministración Municipal adopte las decisiones pertinentes para disponer la prórroga de la vigencia de dichas autorizaciones; Que, de acuerdo a la Quinta Disposición Transitoria y Final, se faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca las NormasComplementarias que permitan su aplicación; Que, mediante Proveído Nº 2903-05-GGM/MDA el Gerente General Municipal indica que se proyecte elDecreto de Alcaldía pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por elinciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- ESTABLECER, la prórroga de la vigencia por seis (6) meses contados desde la fecha de su vencimiento de las Autorizaciones Temporales de Funcionamientos, otorgados en virtud de la OrdenanzaNº 042-MDA y el Decreto de Alcaldía Nº 011 de fecha 12 de marzo de 2004, por las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Servicios Públicos Locales, Gerencia de Rentas y Subgerencia deComercialización y Transporte. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 16542 /G52/G65/G64/G75/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G62/G72/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73 /G63/G6F/G6E/G73/G69/G67/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G6D/G69/G65/G6E/G74/G72/G61/G73/G20/G64/G75/G72/G65/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G72/G61/G73/G69/G74/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G56/G61/G63/G75/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G65/G73/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 034 Ate, 2 de setiembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 599-05-SGSA-GSPL/MDA de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental; el Informe Nº 176-05-SGPL/MDA de la Gerencia de Servicios Públicos Locales; el Informe Nº 2229-05-GAJ/MDA de la Gerenciade Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 2417-05-GSPL/MDA de la Gerencia de Servicios Públicos Locales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 599-05-SGSA-GSPL/MDA de la Subgerencia de Saneamiento Ambiental, hace