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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G31/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de setiembre de 2005 agencias materia de la presente solicitud y el traslado de la tercera; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 9 de la Circular Nº B-2134-2004 entonces vigente, laResolución de autorización quedará sin efecto en caso no se materialice la apertura, traslado, cierre de la oficina o uso de locales compartidos dentro de los seis (6) mesessiguientes a fecha en que se otorgó la respectiva autorización; Que, de acuerdo a lo informado por el Banco mediante carta de fecha 9.9.2005, habiendo transcurrido más de seis (6) meses de la autorización expedida por este Organismo, la empresa solicitante no procedió a realizarla apertura y traslado pertinentes, quedando en consecuencia sin efecto la Resolución SBS Nª 317-2005 en la parte correspondiente a las agencias materia de lapresente Resolución; Que, el Banco remitió nuevamente la solicitud de apertura de las tres agencias materia de la presenteautorización; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación Bancaria "D", medianteInforme Nº 129-OT/2005-DEB "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B- 2147-2005; y, en uso de las facultades delegadasmediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank, la apertura de tres agencias ubicadassegún se indica: - Instalaciones del local de Supermercados Peruanos S.A., sito en Av. Benavides Nº 487, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. - Instalaciones del local de Supermercados Peruanos S.A., sito en Av. Dos de Mayo con Av. Los Nogales Nº 1410, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. - Instalaciones del local de Supermercados Peruanos S.A., sito en Av. Arequipa Nº 2230, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca yMicrofinanzas 16551 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G43/G4D/G52/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61 /G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1446-2005 Lima, 22 de setiembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Financiera CMR para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Oficina Especial de carácter temporal, ubicada en la avenidaLarco Nº 747, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la citada Oficina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria C, mediante el Informe Nº 119-2005- DEBC; y,De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº F-0487-2005; y, enuso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera CMR la apertura de una Oficina Especial de carácter temporal, ubicada en la avenida Larco Nº 747, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 16544 /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G63/G65/G72/G63/G61/G20/G64/G65/G6C /G22/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G20/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G43/G4D/G52/G22 RESOLUCIÓN SBS Nº 1448-2005 Lima, 22 de setiembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Financiera CMR para que se opine favorablemente sobre la emisión de Certificados de Depósito Negociables denominada "Tercer Programade Certificados de Depósito Negociables Financiera CMR", a inscribirse próximamente en el Registro Público del Mercado de Valores de la CONASEV, hasta el montomáximo en circulación de S/. 320 000 000,00 (Trescientos Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles); CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º numeral 14, faculta a lasempresas del sistema financiero a emitir y colocar, entre otros instrumentos de deuda, Certificados de Depósito Negociables; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que tratándose de la emisión de instrumentos financieros quetengan la condición de valores mobiliarios y que se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previaopinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores, DecretoLegislativo Nº 861; Que, mediante sesión de Directorio celebrada el 11 de marzo de 2005, se aprobó la realización del "Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables Financiera CMR", hasta por un monto máximo encirculación de S/. 320 000 000,00 (Trescientos Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles), así como las condiciones generales del Programa; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "C", el Departamento Legal, elDepartamento de Riesgos de Mercado y Liquidez, y la Gerencia de Estudios Económicos a través de los Informes Nº 115-2005-DEB "C", Nº 576-2005-LEG, Nº 061-2005-DERML y Nº 058-2005-ASF, respectivamente; y, con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Riesgos y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General;