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PÆg. 315990 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral ymultilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, mediante la Decisión 39/03, del 15 de diciembre de 2003, el Consejo del Mercado Común del Mercosur estableció los mecanismos y modalidades de laparticipación del Perú como Estado Asociado a dicho bloque, en las reuniones de la estructura institucional del mismo, que comprende, entre otros foros negociadores,el "Foro de Consulta y Concertación Política" (FCCP); Que, el Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP) es el mecanismo institucional del Mercosur quepermite canalizar el diálogo político entre los países miembros, resultado de la profundización del proceso de integración, y de sistematizar la cooperación política,la cual abarca todos los campos que no forman parte de la agenda económica y comercial; Que, en este sentido, el Perú ha venido participando desde su incorporación como Estado Asociado al Mercosur, en las diferentes reuniones que se desarrollan tanto en el marco institucional de dicho bloque comotambién a nivel del "Foro de Consulta y Concertación Política" (FCCP), en el convencimiento de que su vinculación con dicho bloque obedece a una opciónestratégica que trasciende el ámbito de lo estrictamente comercial; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina, Presidencia Pro Tempore del Foro de Consulta y Concertación Política del Mercosur y Estados Asociados (FCCP), ha invitado al Perú a participar en laXLI Reunión Ordinaria del mencionado Foro, que se llevará a cabo los días 30 y 31 de marzo, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que la presente reunión reviste especial importancia, toda vez que en dicho marco se tiene previsto abordar, entre otros temas, la preparación de la próxima CumbrePresidencial del Mercosur y Estados Asociados; así como el análisis y debate respecto a la Declaración Política a ser suscrita en dicha ocasión; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 246-RE, de fecha 3 de marzo de 2006, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático, Pablo Hugo Portugal Rodríguez,Secretario de Política Exterior, como Coordinador Nacional Titular del Perú ante el "Foro de Consulta y Concertación Política" (FCCP); y al Ministro Consejeroen el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell, Director General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina de laSubsecretaría de Asuntos Económicos, como Coordinador Nacional Alterno; Que, en consecuencia, es necesario designar a la delegación peruana que participará en la referida re unión; Teniendo en cuenta lo dispuesto mediante la Hoja de Trámite (GPX) Nº 1043, del Gabinete de Coordinacióndel Secretario de Política Exterior, de 27 de marzo de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de laLey del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la XLI Reunión Ordinaria del Foro de Consulta y Concertación Política del Mercosur y EstadosAsociados (FCCP), a realizarse del 30 al 31 de marzo de 2006, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina:- Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Pablo Hugo Portugal Rodríguez, Secretario de Política Exterior y Coordinador Nacional del Perú ante el Foro de Consulta y Concertación Política del Mercosur y EstadosAsociados (FCCP); y, - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell, Director General de laComunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, y Coordinador Nacional Alterno del Perú ante el Foro deConsulta y Concertación Política del Mercosur y Estados Asociados (FCCP). Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación de los mencionados funcionarios diplomáticos a la referida reunión, serán cubiertos por elPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de laindicada reunión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Viáticos Número T otal T arifa US$ por día de días Viáticos Aeropuerto US$ US$ US$ Pablo Hugo 903.00 200.00 2+1 600.00 30.25 Portugal Rodríguez Carlos Manuel 903.00 200.00 2+1 600.00 30.25 Vallejo Martell Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, los citados funcionarios deberán presentar ante el señorMinistro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05878 SALUD Aprueban el Documento TØcnico "Centros de Desarrollo Juvenil, unModelo de Atención Integral de Saludpara Adolescentes" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2006/MINSA Lima, 28 de marzo de 2006 Visto el Expediente Nº R-061829-05, que contiene el MEMORANDO Nº 3542-2005-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2005- MINSA, se aprobó el documento técnico “Lineamientos de Política de Salud de los/las Adolescentes”, que contieneun conjunto de acciones para la promoción, prevención y cuidado de la salud de los/las adolescentes, tendientes a priorizar su desarrollo integral como condición básica parasu inserción en la actividad productiva del país; Que, dentro de este contexto, es necesario contar con servicios de atención integral para los/lasadolescentes, en los que se aborde su salud física, psicosocial, sexual y reproductiva de acuerdo al ámbito familiar y comunitario respectivos, así como tambiénfortalecer las competencias del personal de salud que atiende a este grupo poblacional; aspectos estos que se desarrollan en el Documento Técnico: “Centros deDesarrollo Juvenil, un Modelo de Atención Integral de Salud para Adolescentes”, por lo cual, procede su aprobación;