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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (08/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G33/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de abril de 2006 Que, en tal sentido resulta necesario designar una Comisión Multisectorial encargada de elaborar el citadoReglamento; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OBJETO Constituir una Comisión Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 28703, la cual estará integrada por: - Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien la presidirá. - Un representante de la Comisión Nacional de la Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. - Un representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. - Un representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales. - Un representante del Gobierno Regional del Callao. - Un representante de la Municipalidad Provincial del Callao - Un representante de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Artículo 2º.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES La Comisión Nacional de la Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos, la Superintendencia deBienes Nacionales, el Gobierno Regional del Callao, laMunicipalidad Provincial del Callao y la Municipalidad Distritalde Ventanilla, nombrarán a sus respectivos representantes, mediante Resolución de su titular, dentro de los tres (3) días útiles de publicada la presente Resolución. Artículo 3º.- INSTALACIÓNLa citada Comisión Multisectorial quedará instalada en el día hábil siguiente al vencimiento del plazoestablecido en el artículo precedente. Artículo 4º.- PLAZO La Comisión Multisectorial tendrá un plazo máximo de veinte (20) días calendario, contados a partir de suinstalación para elaborar el Reglamento de la LeyNº 28703. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 06347 /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72 /G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6C/G6F/G73/G76/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F /G4D/G49/G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2006-VIVIENDA Lima, 7 de abril de 2006 CONSIDERANDO:Que, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, modifica el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, autorizando los viajes al exterior delos altos funcionarios a que se refiere la Ley Nº 28212 ylos Titulares del Pliego, asimismo los viajes de losfuncionarios y servidores públicos, para el ejercicio 2006,los que deben ser aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, asimismo el artículo 16º del mencionado Decreto de Urgencia, establece que mediante Resolución delTitular del Sector se debe aprobar y publicar el PlanAnual de Viajes del Sector, el mismo que deberá considerar una reducción del veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005; Que, el Fondo MIVIVIENDA S.A. ha solicitado la modificación del Plan Anual de Viajes del Sector Vivienda,Construcción y Saneamiento para el ejercicio 2006,aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 027-2006- VIVIENDA, para la programación de viajes relacionadosa asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas delFondo MIVIVIENDA S.A.; Que, en consecuencia y a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del FondoMIVIVIENDA S.A. es necesario modificar el citado PlanAnual de Viajes, cuyos gastos serán cubiertos con cargoal Presupuesto del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Estando a lo antes expuesto y con la visación de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General dePlanificación y Presupuesto, del Viceministerio de Vivienday Urbanismo y del Viceministerio de Construcción ySaneamiento; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el DecretoSupremo Nº002-2002-VIVIENDA – Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento y el Decreto de UrgenciaNº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Único .- Incorporar al Plan Anual de Viajes del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, los viajesdel Fondo MIVIVIENDA S.A. según anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 06387 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G44/G65/G73/G65/G73/G74/G69/G6D/G61/G6E/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G76/G6F/G63/GF3/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G78/G61/G6D/G69/G6E/G61/G72/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G45/G52/G55/G50/G45/G54/G52/G4F/G20/G53/G2E/G41/G2E /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G79/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 101-2006-CG Lima, 6 de abril de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 021-2006-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre el Recurso de Reconsideración presentado por laSociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y AsociadosSociedad Civil contra la Resolución de ContraloríaNº 011-2006-CG, por la cual se revoca la designaciónde la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil, para realizar el examen a los estados financieros de PERUPETRO S.A. de los ejercicios 2005y 2006; así como los escritos de fechas 10.Feb.2006 y1.Mar.2006 presentados por la Sociedad de AuditoríaGutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 011-2006- CG de 17.Ene.2006 se revocó la designación efectuadacon Resolución de Contraloría Nº 434-2005-CG paraque la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y AsociadosSociedad Civil efectúe el examen a los estados financieros de PERUPETRO S.A. de los ejercicios 2005 y 2006; Que, la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil interpone Recurso deReconsideración contra la Resolución de ContraloríaNº 011-2006-CG, con el objeto de impugnar su contenido para que se deje sin efecto y se continúe con la suscripción del contrato derivado del Concurso