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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G34/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de abril de 2006 Artículo 48º.- Otros incentivos La Municipalidad Distrital de Ventanilla y las demás autoridades vinculadas a la gestión de los residuos sólidos podrán otorgar incentivos para promover el adecuado manejo de los mismos. Estos incentivos comprenderánbeneficios presupuestarios, tributarios y administrativos, así como otorgar reconocimientos públicos en mérito al civismo demostrado, conforme al Reglamento. Entre los incentivos presupuestarios a la persona natural y jurídica, se considerará la priorización en la asignación de recursos vía proceso de presupuestoparticipativo, a aquellos que acrediten una conducta ejemplar en el desempeño de sus obligaciones tributarias y otras respecto a la gestión de los residuos sólidos. CAPÍTULO 2 INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 49º.- De las sanciones Las sanciones sobre las infracciones de las personas naturales y jurídicas a la gestión de residuos sólidos se sujetan a la Ordenanza Nº 005-96/CDV del 28 de Junio de 1996 y la Ordenanza Nº 004-99/CDV del 17de Noviembre de 1999 de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, pudiendo incorporarse en el Reglamento de la presente Ordenanza nuevas sanciones para tal efecto. Las sanciones a los trabajadores municipales por infringir la presente Ordenanza y normas relacionadas se sujetan a la normatividad específica. Los recursos que provengan de las sanciones económicas constituirán parte de los fondos de financiamiento del PIGARS. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En el plazo de 180 días calendario posterior a la promulgación de la presente Ordenanza Municipal se aprobará el Reglamento de la misma. Segunda.- Las tarifas por los servicios de limpieza pública se sujetarán a la ordenanza específica que se apruebe para tal efecto en el marco del DecretoLegislativo Nº 776 Ley de Tributación Municipal. Tercera.- La participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión de residuos sólidos se regirán bajo losmecanismos de participación normados para su efecto. Cuarta.- Derógase todas las Ordenanzas y/o disposiciones que se contrapongan a la presenteOrdenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 06444 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G6F /G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 273-06-A/MPCH Chincha Alta, 29 de marzo de 2006Visto el Informe Nº 018-2006-GM/MPCH, de fecha 29 de marzo de 2006, presentado por doña Genoveva Romucho Flores, Gerente Municipal, sobre la prórroga orenovación de contrato del profesional abogado don AntonioGalluccio Guisa, como procurador Público Municipal. CONSIDERANDO: Que, es necesario renovar el contrato del mencionado profesional, para no dejar desprotegida la defensa judicialde la Municipalidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 17, del artículo 20º, de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Contratar los servicios del profesional de confianza, Dr. Antonio Galluccio Guisa, como Procurador Público Municipal, del 1 de abril del 2006 al 30 de abril de 2006 y/o hasta se designe alProcurador por concurso público. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente al Consejo Judicial de Defensa del Estado, laCorte Superior de Justicia de Ica, Presidente de la Sala Mixta Descentralizada de la provincia de Chincha, Contraloría General de la República y a las oficinascorrespondientes para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese y archívese. FÉLIX AMORETTI MENDOZA Alcalde 06436 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 037/2006-MDA Aucallama, 5 de abril del 2006. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal teniendo en consideración la necesidad de cubrir el cargo de Ejecutor Coactivo,plaza vacante considerada en el Presupuesto 2006,acordó autorizar al Señor Alcalde para que proceda de acuerdo a la metodología utilizada y a las normas legales vigentes, a convocar el respectivo concurso público,nombrándose para el efecto a la respectiva ComisiónEvaluadora. Que, se ha procedido a elaborar las bases y procedimientos para el concurso público de mérito, para la designación del Ejecutor Coactivo. En virtud de lo cual se publicó en el Diario Oficial EL Peruano, en dos (2)convocatorias, la primera el día 5 de marzo del 2006 y lasegunda el 19 de marzo del 2006, conforme a lo dispuestoen las Resoluciones de Alcaldía Nº 024/2006-MDA yResolución Nº 035/2006-MDA. Que, de acuerdo al cronograma establecido, se procedió al concurso de mérito. Se presentaron 3postulantes, resultando ganador el abogado Angel HugoMaita Pecho, al haber obtenido la mejor calificación yreunir los requisitos para el cargo; y, Estando al respectivo Cuadro de Mérito alcanzado por la Comisión Evaluadora, la misma que ha sido debidamente publicada, procede la designación delabogado Angel Hugo Maita Pecho como Ejecutor Coactivode la Municipalidad Distrital de Aucallama. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 10 de abril del 2006 al abogado Angel Hugo Maita Pecho como EjecutorCoactivo de la Municipalidad Distrital de Aucallama,fijándosele una remuneración básica mensual deS/. 1,000.00 (UN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y otros beneficios que por Ley le pudiera corresponder. Artículo 2º.- La Gerencia Administrativa queda encargada de publicar la presente Resolución en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO F. SALGUERO DULANTO Alcalde 06439