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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G34/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de abril de 2006 Artículo 38º.- De las obligaciones Frente al manejo de residuos sólidos la responsabilidad individual o colectiva de los ciudadanos se expresa a través de las siguientes obligaciones: 1. Pagar oportunamente por los servicios de residuos sólidos, las multas y demás cargas impuestas conforme a Ley, las mismas que serán determinadas de formaracional y tomando en cuenta aspectos de solidaridad para definir tarifas cruzadas. 2. Cumplir con las disposiciones específicas, normas y recomendaciones técnicas establecidas por las autoridades competentes. 3. Almacenar los residuos sólidos con sujeción a las normas sanitarias y ambientales, para evitar daños a terceros y facilitar su recolección. 4. Poner en conocimiento de las autoridades competentes las infracciones cometidas por terceros contra la normatividad de residuos sólidos. CAPÍTULO 2 DE LA PROMOCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Artículo 39º.- De la promoción de la participación ciudadana La Municipalidad Distrital de Ventanilla, a través de sus instancias competentes promueven la participación ciudadana, diseñando e implementado políticas, planes,programas, proyectos y mecanismos apropiados. Entre las acciones promocionales se priorizarán: 1) Promover la participación individual y colectiva de la sociedad civil, las instituciones públicas y privadas en el cumplimiento de acciones inherentes a la gestión delos residuos sólidos en sus zonas de influencia. 2) Promover la creación y funcionamiento de Comités Ambientales para promover acciones de gestión deresiduos sólidos. 3) Promover la creación y el funcionamiento del Comité Distrital de Vigilancia Ambiental. 4) Promover la participación de los Municipios Escolares en acciones de gestión de residuos sólidos mediante convenios de gestión. 5) Promover la afirmación de la cultura tributaria, para disminuir gradualmente los índices de morosidad y de evasión tributaria. 6) La organización y desarrollo de campañas periódicas con fines específicos, movilizando voluntades y capacidades existentes. 7) El reconocimiento a las mejores prácticas y resultados en materia de gestión de residuos sólidos. 8) El desarrollo de programas y acciones de información, comunicación, educación ambiental e investigación. 9) La participación en la vigilancia y control del servicio de limpieza pública. CAPÍTULO 3 DE LA INFORMACIÓN, COORDINACIÓN Y CONSULTA Artículo 40º.- Del derecho al acceso a la información Toda persona tiene derecho a acceder a la información pública sobre residuos sólidos que posea o genere la Municipalidad y las demás autoridades vinculadas a la gestión de los residuos sólidos, para locual el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad establece el procedimiento para el ejercicio de este derecho. La Municipalidad Distrital de Ventanilla, a través del Portal de Transparencia, informará sobre los planes, programas y proyectos, servicios que se prestan, adquisiciones de bienesy servicios, la estructura de costos, ingresos (incluyendo aportes de la cooperación internacional) y metas cumplidas, información técnica y otros aspectos de interés público, lamisma que será actualizada cuando menos anualmente. Artículo 41º.- De los mecanismos de coordinación y de consulta ciudadana Para los fines del caso, la Municipalidad Distrital de Ventanilla convocará a la ciudadanía a participar enespacios (audiencias, entrevistas) de coordinación y de consulta sobre cuestiones específicas relacionadas conla gestión integral de residuos sólidos. Las opiniones o propuestas de los ciudadanos en estos espacios de coordinación y consulta, son meramente referenciales,es decir, no tienen carácter vinculante. Para fines de coordinación y consulta se podrá utilizar otros mecanismos de participación, previa y oportunainformación sobre la propuesta materia de la consulta y la posibilidad de que cualquier persona pueda manifestar libremente su parecer, inquietudes y aportes. Entre estosmecanismos se tienen los talleres, encuestas, buzones de recepción de aportes, así como cualquier otro mecanismo que asegure la participación ciudadanaefectiva. CAPÍTULO 4 DE LA ADOPCIÓN DE DECISIONES, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASISTENCIA TÉCNICA Artículo 42º.- De la aprobación de planes, programas y proyectos de gestión de residuos sólidos De conformidad con los derechos de participación, los ciudadanos directamente o a través de sus organizaciones participan en la adopción concertada dedecisiones. Artículo 43º.- Del desarrollo de capacidades y asistencia técnica Los ciudadanos participarán también en programas y acciones de desarrollo de capacidades y en asistenciatécnica orientados a incrementar sus capacidades, eficiencia y eficacia en sus intervenciones relacionadas con la gestión de los residuos sólidos. El Plan deDesarrollo de Capacidades Anual de la Municipalidad priorizará las actividades con relación a la gestión de residuos sólidos, así como presupuestará oportunamentedichas actividades. CAPÍTULO 5 DEL MONITOREO, EVALUACIÓN, RENDICIÓN DE CUENTAS Y VIGILANCIA CIUDADANA Artículo 44º.- Del monitoreo y evaluación Los ciudadanos participarán también de manera permanente en programas o acciones de monitoreo yevaluación de los servicios de residuos sólidos establecidos por la Municipalidad, con la finalidad de introducir los ajustes que fuesen necesarios paraoptimizar los servicios. Para tal efecto, se establecerán los indicadores de desempeño y de impacto necesarios. Artículo 45º.- De la rendición de cuentas Las autoridades y los funcionarios municipales responsables de los servicios de gestión de residuossólidos, cumpliendo el cronograma institucional o el requerimiento de los ciudadanos, rendirán cuenta de la evolución de los servicios de residuos sólidos prestados. Artículo 46º.- De la vigilancia ciudadana Los ciudadanos individualmente u organizados podrán ejercer también su derecho de vigilancia de los servicios de residuos sólidos, con el ánimo positivo de contribuir a la gestión eficiente, eficaz y transparente, a través demecanismos desarrollados entre los actores involucrados y la autoridad. TÍTULO VI INCENTIVOS, INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO 1 INCENTIVOS Artículo 47º.- Del canje de deudas vecinales por jornadas de trabajo La Municipalidad Distrital de Ventanilla implementará el canje de deudas vecinales por arbitrios de limpieza pública con jornadas de trabajo orientadas a la preservación de la salud, al mejoramiento de la calidadambiental y conservación del patrimonio cultural del Distrito, conforme al Reglamento que se apruebe para tal efecto mediante Decreto de Alcaldía.