Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2006 (09/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 38º.- De las obligaciones Frente al manejo de residuos solidos la responsabilidad individual o colectiva de los ciudadanos se expresa a traves de las siguientes obligaciones: 1. Pagar oportunamente por los servicios de residuos solidos, las multas y demas cargas impuestas conforme a Ley, las mismas que seran determinadas de forma racional y tomando en cuenta aspectos de solidaridad para definir tarifas cruzadas. 2. Cumplir con las disposiciones especificas, normas y recomendaciones tecnicas establecidas por las autoridades competentes. 3. Almacenar los residuos solidos con sujecion a las normas sanitarias y ambientales, para evitar danos a terceros y facilitar su recoleccion. 4. Poner en conocimiento de las autoridades competentes las infracciones cometidas por terceros contra la normatividad de residuos solidos. CAPITULO 2 DE LA PROMOCION DE LA PARTICIPACION CIUDADANA Articulo 39º.- De la promocion de la participacion ciudadana La Municipalidad Distrital de Ventanilla, a traves de sus instancias competentes promueven la participacion ciudadana, disenando e implementado politicas, planes, programas, proyectos y mecanismos apropiados. Entre las acciones promocionales se priorizaran: 1) Promover la participacion individual y colectiva de la sociedad civil, las instituciones publicas y privadas en el cumplimiento de acciones inherentes a la gestion de los residuos solidos en sus zonas de influencia. 2) Promover la creacion y funcionamiento de Comites Ambientales para promover acciones de gestion de residuos solidos. 3) Promover la creacion y el funcionamiento del Comite Distrital de Vigilancia Ambiental. 4) Promover la participacion de los Municipios Escolares en acciones de gestion de residuos solidos mediante convenios de gestion. 5) Promover la afirmacion de la cultura tributaria, para disminuir gradualmente los indices de morosidad y de evasion tributaria. 6) La organizacion y desarrollo de campanas periodicas con fines especificos, movilizando voluntades y capacidades existentes. 7) El reconocimiento a las mejores practicas y resultados en materia de gestion de residuos solidos. 8) El desarrollo de programas y acciones de informacion, comunicacion, educacion ambiental e investigacion. 9) La participacion en la vigilancia y control del servicio de limpieza publica. CAPITULO 3 DE LA INFORMACION, COORDINACION Y CONSULTA Articulo 40º.- Del derecho al acceso a la informacion Toda persona tiene derecho a acceder a la informacion publica sobre residuos solidos que posea o genere la Municipalidad y las demas autoridades vinculadas a la gestion de los residuos solidos, para lo cual el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad establece el procedimiento para el ejercicio de este derecho. La Municipalidad Distrital de Ventanilla, a traves del MORDAZA de Transparencia, informara sobre los planes, programas y proyectos, servicios que se prestan, adquisiciones de bienes y servicios, la estructura de costos, ingresos (incluyendo aportes de la cooperacion internacional) y metas cumplidas, informacion tecnica y otros aspectos de interes publico, la misma que sera actualizada cuando menos anualmente. Articulo 41º.- De los mecanismos de coordinacion y de consulta ciudadana Para los fines del caso, la Municipalidad Distrital de Ventanilla convocara a la ciudadania a participar en

espacios (audiencias, entrevistas) de coordinacion y de consulta sobre cuestiones especificas relacionadas con la gestion integral de residuos solidos. Las opiniones o propuestas de los ciudadanos en estos espacios de coordinacion y consulta, son meramente referenciales, es decir, no tienen caracter vinculante. Para fines de coordinacion y consulta se podra utilizar otros mecanismos de participacion, previa y oportuna informacion sobre la propuesta materia de la consulta y la posibilidad de que cualquier persona pueda manifestar libremente su parecer, inquietudes y aportes. Entre estos mecanismos se tienen los talleres, encuestas, buzones de recepcion de aportes, asi como cualquier otro mecanismo que asegure la participacion ciudadana efectiva. CAPITULO 4 DE LA ADOPCION DE DECISIONES, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASISTENCIA TECNICA Articulo 42º.- De la aprobacion de planes, programas y proyectos de gestion de residuos solidos De conformidad con los derechos de participacion, los ciudadanos directamente o a traves de sus organizaciones participan en la adopcion concertada de decisiones. Articulo 43º.- Del desarrollo de capacidades y asistencia tecnica Los ciudadanos participaran tambien en programas y acciones de desarrollo de capacidades y en asistencia tecnica orientados a incrementar sus capacidades, eficiencia y eficacia en sus intervenciones relacionadas con la gestion de los residuos solidos. El Plan de Desarrollo de Capacidades Anual de la Municipalidad priorizara las actividades con relacion a la gestion de residuos solidos, asi como presupuestara oportunamente dichas actividades. CAPITULO 5 DEL MONITOREO, EVALUACION, RENDICION DE CUENTAS Y VIGILANCIA CIUDADANA Articulo 44º.- Del monitoreo y evaluacion Los ciudadanos participaran tambien de manera permanente en programas o acciones de monitoreo y evaluacion de los servicios de residuos solidos establecidos por la Municipalidad, con la finalidad de introducir los ajustes que fuesen necesarios para optimizar los servicios. Para tal efecto, se estableceran los indicadores de desempeno y de impacto necesarios. Articulo 45º.- De la rendicion de cuentas Las autoridades y los funcionarios municipales responsables de los servicios de gestion de residuos solidos, cumpliendo el cronograma institucional o el requerimiento de los ciudadanos, rendiran cuenta de la evolucion de los servicios de residuos solidos prestados. Articulo 46º.- De la vigilancia ciudadana Los ciudadanos individualmente u organizados podran ejercer tambien su derecho de vigilancia de los servicios de residuos solidos, con el animo positivo de contribuir a la gestion eficiente, eficaz y transparente, a traves de mecanismos desarrollados entre los actores involucrados y la autoridad. TITULO VI INCENTIVOS, INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO 1 INCENTIVOS Articulo 47º.- Del canje de deudas vecinales por jornadas de trabajo La Municipalidad Distrital de Ventanilla implementara el canje de deudas vecinales por arbitrios de limpieza publica con jornadas de trabajo orientadas a la preservacion de la salud, al mejoramiento de la calidad ambiental y conservacion del patrimonio cultural del Distrito, conforme al Reglamento que se apruebe para tal efecto mediante Decreto de Alcaldia.

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