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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (09/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G34/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de abril de 2006 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G62/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G6C/G63/G6F/G68/GF3/G6C/G69/G2D /G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G61/G6E/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G72/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G72/G6F /G53/G61/G6E/G20/G43/G72/G69/G73/G74/GF3/G62/G61/G6C/G2C/G20/G63/G75/G61/G74/G72/G6F/G20/G64/GED/G61/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G75/G2D/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G6D/G61/G6E/G61/G20/G53/G61/G6E/G74/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2006-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTO; el Oficio N° 050-2006-VII-DIRTEPOL-L/ DIVPOLMET-E2-CPL-SEC. de fecha 22.03.06; el Memorando N° 223-2006-GM-MDR de fecha 28.03.06;y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 27680 – Ley deReforma Constitucional, en concordancia con lodispuesto en los artículos I y II del Título Preliminar de laLey Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972,reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,los gobiernos locales representan al vecindario, teniendoentre otras funciones la de promover el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; en ese sentido, encontrándose próxima la celebración religiosade Semana Santa que motiva a la reflexión en lacomunidad cristiana, resulta necesario prohibir la ventade bebidas alcohólicas en la explanada de la Cruz delCerro San Cristóbal; Que, mediante Oficio N° 050-2006-VII-DIRTEPOL- L/DIVPOLMET-E2-CPL-SEC. de fecha 22.03.06, elComisario de Piedra Liza, manifiesta que ante laproximidad de realizarse las actividades litúrgicas, conmotivo de la Celebración de Semana Santa en laexplanada de la Cruz del Cerro San Cristóbal, solicita se declare cuatro (4) días antes la denominada Ley Seca, con la finalidad de que prohíba la venta debebidas alcohólicas y de ese modo no se fomentendiferentes incidencias delictivas (robos, pandillajes,alteración del orden público y otros), el mismo que escorroborado por el Gerente Municipal mediante Memorándum N° 223-2006-GM-MDR de fecha 28.03.06; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 20° inciso 6) de la Ley Orgánicade Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- PROHIBIR la venta de bebidas alcohólicas en la explanada de la Cruz del Cerro San Cristóbal, cuatro días antes y durante la celebración deSemana Santa. Artículo Segundo.- SANCIONAR el incumplimiento de la presente norma de conformidad a lo previsto en laOrdenanza N° 106-2005-MDR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30.03.05. Artículo Tercero.- ENCARGAR en cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, ala Dirección de Seguridad Ciudadana y a la Unidad deImagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.BENJAMIN INFANTES ESPINOZA Alcalde (e) 06434 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G65/G6C /G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G22/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20 /G64/G65/G4A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G22 ORDENANZA Nº 151-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de abril del año 2006, el Dictamen Nº023-2006-CAJ/MSI, de la Comisión de Asuntos Jurídicos, recomendando la aprobación del Proyecto de Ordenanza que exonera elpago de derechos en el procedimiento "Certificado deJurisdicción" que se tramiten respecto a inmueblesubicados en el distrito de San Isidro, el mismo que tendráuna vigencia de 45 días calendario; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 195º, numeral 4, de la Constitución Política, modificada por Ley Nº 27680 de ReformaConstitucional, los Gobiernos Locales son competentes paracrear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos municipales, conforme a ley;ANEXO - ORDENANZA Nº 255-MDMM UNIDAD ORGÁNICA: GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS Calificación Dependencia Autoridad Autoridad Denominación Derecho Auto- Evaluación donde se que que resuelve Nº del Procedimiento Requisitos de Pago mático Silencio Silencio inicia el aprueba el Recurso % U.I.T (+) (-) trámite Impugnativo 8.13 Permiso de funcionamiento 1. Solicitud simple 15 Departa- Gerente Reconsideración de kioscos 2. Copia de Documento de Identidad Nacional días mento de Gerente Base Legal 3. Dos fotografías tamaño carné de Trámite Desarrollo - Presentar Ordenanza N° 255-MDMM 4. Croquis de ubicación exacta de kiosco Documen- Urbano y 15 días 5. Recibo de pago de derecho de trámite 1.47 tario Obras - Resolver 6. Carta de compromiso reubicación por razones y Archivo 30 dias de interés público,remodelación de vías, queja vecina Central - Doc. fundada y de otras circunstancias determinantes. sustentatorio Apelación: Gerente Municipal - Presentar 15 dias - Resolver 30 dias 06420