Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2006 (09/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2006

momento en que son dispuestos oportunamente en la via publica para su recoleccion. Los demas residuos son de propiedad de quien los genera. Articulo 23º.- De la responsabilidad sobre danos y perjuicios Toda EPS-RS y la Municipalidad Distrital de Ventanilla que prestan directamente los servicios de residuos solidos que MORDAZA uso o manejo indebido de los residuos, son responsables de los danos y perjuicios que ocasionen dichas acciones sobre la salud y el ambiente. Entre las responsabilidades especificamos las siguientes: a.- Responsabilidades generales de los generadores de residuos solidos Las personas naturales y juridicas de derecho publico o privado, son en general responsables de: 1. Reducir los residuos solidos generados en sus domicilios o en el lugar que se originan, empleando metodos que aminoren su volumen. 2. Almacenarlos en su domicilio de forma que no produzcan emanaciones, empleando recipientes adecuados. 3. Poner los recipientes para su recoleccion, dentro de las rutas establecidas por la Municipalidad o entregarlos para su recoleccion y transporte al paso del camion recolector o compactador. 4. Asegurar que la disposicion final se realice en lugares autorizados por el MINSA (via MORDAZA I Callao). Articulo 24. - RESPONSABILIDAD ESPECIFICA DE LOS GENERADORES DE RESIDUOS SOLIDOS. Los generadores de residuos solidos son responsables por el manejo de los residuos caracterizados en el Art. 22 del D. S. No. 057-04/PCM. Articulo 25º.- De la Planificacion del plan integral de gestion ambiental de residuos solidos ­ PIGARS El PIGARS del Distrito de Ventanilla es un instrumento de planificacion, que tiene por objetivo establecer las condiciones para una adecuada administracion de los residuos solidos, asegurando una eficiente y eficaz prestacion de los servicios y actividades de residuos en todo el ambito del Distrito, desde la generacion hasta su disposicion final. Articulo 26º.- De las relaciones del PIGARS con el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo El PIGARS se formula teniendo como MORDAZA de referencia el Plan de Desarrollo Concertado Distrital (PDC) y constituye uno de sus componentes fundamentales. En tal sentido, la implementacion del PIGARS debera ser apoyada financieramente por el Presupuesto Institucional y otras MORDAZA, asi como del Presupuesto Participativo. Articulo 27º.- De los informes periodicos del operador Las empresas prestadoras de servicios de residuos solidos y/o la Municipalidad Distrital de Ventanilla que prestan directamente los servicios de residuos solidos, remitiran a la Direccion General de Salud Ambiental, el Informe del Operador respecto de los residuos que manejaron durante el mes anterior, en base a los requerimientos previstos por la Ley General de Residuos Solidos, su Reglamento y normas complementarias. CAPITULO 2 DE LAS OPERACIONES DE MANEJO Articulo 28º.- De la Evitacion Toda persona natural o juridica en la medida de lo posible debera evitar la generacion de residuos solidos, investigando y promoviendo alternativas de eficiencia productiva y ambiental. Articulo 29º.- DE LA MINIMIZACION Toda persona esta obligada a minimizar o reducir los volumenes de residuos solidos que genera. Articulo 30º.- De la segregacion y aprovechamiento Toda persona esta obligada a segregar los residuos solidos de conformidad a los criterios que establezca la

Municipalidad Distrital de Ventanilla, y aprovecharlos dentro de la formalidad empresarial. Articulo 31º.- Del almacenamiento de residuos solidos Toda persona o establecimiento generador de residuos solidos esta obligado a acondicionarlos y almacenarlos en forma MORDAZA, sanitaria y ambientalmente adecuada, hasta su entrega al servicio publico de recoleccion, conforme a la periodicidad y los criterios establecidos. Articulo 32º.- De la recoleccion y transporte de residuos solidos La recoleccion de los residuos solidos se efectua en la periodicidad y horario que determine la Municipalidad Distrital de Ventanilla. De igual manera el transporte de los residuos solidos se efectua solo en vehiculos autorizados por la misma Municipalidad. Articulo 33º.- Del tratamiento, transferencia y disposicion final Las operaciones de tratamiento transferencia y disposicion final de residuos solidos deben realizarse en forma adecuada a fin de evitar impactos en el ambiente, los recursos naturales, la salud publica y los bienes de terceros. TITULO IV INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SOLIDOS CAPITULO 1 ASPECTOS GENERALES Articulo 34º.- De la seleccion de areas de infraestructuras La Municipalidad Distrital de Ventanilla es la encargada de definir y establecer los espacios geograficos en su jurisdiccion para instalar infraestructuras de transferencia, tratamiento y disposicion final de residuos, para lo cual debera aplicar los criterios establecidos por la Ley General de Residuos Solidos y normas complementarias. Articulo 35º.- De la exigencia de requisitos de proyectos de infraestructura La Municipalidad Distrital de Ventanilla exigira todos los requisitos establecidos en la Ley General de Residuos Solidos - Ley Nº 27314 y su respectivo Reglamento (D. S. 057-2004/PCM) y otras normas complementarias. Articulo 36º.- De la disposicion final La disposicion final de residuos del ambito de gestion municipal se realiza mediante el metodo de relleno sanitario. De acuerdo al MORDAZA de operacion los rellenos sanitarios, se pueden clasificar en: relleno sanitario manual, relleno sanitario semi mecanizado y relleno sanitario mecanizado, debidamente aprobados conforme al Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos. TITULO V DE LA PARTICIPACION CIUDADANA CAPITULO 1 DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CIUDADANOS Articulo 37º.- De los derechos Frente al manejo de residuos solidos son derechos de los ciudadanos: 1. Acceder a servicios de residuos solidos organizados conforme lo establece la Ley General de Residuos Solidos-Ley Nº 27314, su Reglamento y las disposiciones afines de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. 2. Acceder a la informacion de interes publico. 3. La proteccion de su salud, entorno ambiental y patrimonio cultural frente a los riesgos o danos que se puedan producir durante todas las operaciones de manejo de residuos solidos, incluyendo los del ambito de la gestion no municipal. 4. Participar en los procesos de aprobacion e implementacion de los planes, programas y proyectos de gestion de residuos solidos

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